Litigio y medios de solución Flashcards
Francesco Carnelutti lo define como el conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y la resistencia del otro.
Litigio
Sólo se convierte en litigio cuando una persona formula contra otra una pretensión, y frente a esa pretensión la otra parte expresa su resistencia. Además, debe ser jurídicamente calificado, es decir, trascendente para el derecho.
El conflicto de intereses
Son los elementos del concepto carneluttiano del litigio
La existencia de dos sujetos (el que pretende y el que resiste) y de un bien jurídico (material o inmaterial).
Es el nombre que se le da a cada uno de los dos sujetos que forman parte de un litigio, y con ello se indica más bien su posición que su individualidad.
Parte
Tipo de pretensión cuando, frente a la pretensión de una de las partes, la otra discute la pretensión, oponiéndole resistencia.
Pretensión discutida
Tipo de pretensión cuando, frente a la pretensión de una de las partes, la otra no discute la pretensión, pero no cumple con la obligación que se le reclama.
Pretensión insatisfecha
Se refiere a cuando hay un litigio pendiente de resolución por un juzgador, el cual no puede ser conocido por otro órgano jurisdiccional
Litispendencia
Se refiere a cuando hay un litigio conexo a otro en virtud de la causa de pedir (causa petendi), lo que trae como consecuencia la acumulación de los expedientes de los dos procesos, a través de los cuales se tramitan los litigios conexos.
Conexidad de la causa
Se refiere a cuando el objeto del proceso (el litigio) resuelto mediante sentencia firme o inimpugnable, deviene inmutable jurídicamente, por lo que no podrá ser discutido en un proceso posterior ni en cualquier otra oportunidad procesal.
Cosa juzgada
Son los conflictos de los cuales se dice que no es aplicable el concepto de litigio de Carnelutti
Penales y administrativos
Niceto Alcalá-Zamora y Castillo propone un concepto más amplio de litigio del cual se desprenden estos tres grandes grupos para clasificar los medios de solución de los conflictos jurídicamente trascendentes.
La autotutela, la autocomposición y la heterocomposición.
Consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno. Se caracteriza por la ausencia de un tercero ajeno a las partes y la imposición de la decisión por una de las partes a la otra.
Autotutela o autodefensa
Por regla general, la autotutela ha quedado prohibida. Este artículo constitucional establece que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma o ejercer la violencia para reclamar su derecho.
Artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tipo de autotutela permitida por la ley donde la autotutela puede funcionar como una réplica o respuesta a un
ataque precedente.
Legítima defensa
Ejemplos de autotutela permitida por la ley que se manifiesta en el ejercicio personal o directo de un derecho subjetivo.
Estado de necesidad, ejercicio de un derecho, derecho de retención, persecución de abejas, corte de ramas de árboles, la caza de animales ajenos, robo de famélico, pacto comisorio.