Legítima; libre disposición Flashcards
¿Que es la legítima?
es la parte de la herencia que la ley reserva para determinadas personas, denominados legitimarios
Es decir, es la porción de bienes que el testador no puede disponer por haber sido reservada por la ley a determinados herederos (herederos forzosos= legitimarios)
¿Quienes son legitimarios?
Son legitimarios en el orden y la medida que establece este Código:
- los descendientes
- el cónyuge superstite; y
- a falta de estos, los ascendientes
¿El causante que tiene legitimarios puede disponer libremente sus bienes?
Si tiene legitimarios puede disponer libremente (a quien desee) de la MITAD de sus bienes
Si no tiene legitimarios, puede disponer libremente de TODOS sus bienes
¿Como concurren los legitimarios a la porcion legitima?
Concurren utilizando las reglas de concurrencia y orden de exclusión establecidas para la sucesión intestada.
¿Tiene el conyuge superstite derecho a la vivienda familiar?
Este puede solicitar la atribución preferente de la vivienda familiar.
Cuando sus cuotas hereditarias y gananciales no alcanzan el valor necesario para tal atribución, este puede solicitar el derecho de habitación en forma vitalicia y gratuita en proporción a la diferencia existente entre el valor del bien y la suma de sus derechos
La diferencia del valor grava la cuota de libre disposición del causante
El causante solo puede imponer gravamenes a sus legitimarios cuando los llama a la:
porción de la libre disposición.
Los gravamenes sobre la legítima se tienen por no puestos.
¿Que se entiende por gravamen?
toda carga, condición, término, modo, usufructo, obligación, prohibición o limitación que el testador imponga al titulo sucesorio.
¿Se puede pactar la renuncia a la legítima?
la renuncia y el convenio sobre la legítima futura son ineficaces.
Un legitimario puede reclamar su legítima, aunque haya obtenido algun beneficio por renunciar o por convenir la legitima futura. Al beneficio recibido se le aplican las normas de la donación.
¿Que es la preterición?
Es cuando el testador omite instituir a uno, a varios o a todos sus legitimarios.
La calificación de la preterición se atiende:
en el momento de apertura de la sucesión
Los legitimarios de un descendiente no preterido lo representan en la herencia del causante
OJO: aunque el testador mencione a un legitimario en el testamento, si nada se le deja, hay preterición
¿Que puede hacer el legitimario a quien el testador le ha dejado, por cualquier título, menos de la legítima que le corresponde?
Pedir el complemento
OJO: preterición es cuando no le dejan nada en el testamento. Cuando le dejan menos de lo que se supone sería el derecho a solicitar el complemento.
¿Que es la desheredacion?
es la disposicion testamentaria que priva a un legitimario de su derecho a la herencia por alguna de las causas que señala el Código.
OJO: El desheredado será representado por sus descendientes en la legítima del que lo desheredó. Lo representan aun cuando esté vivo el desheredado.
¿Como debe constar la desheredación?
la desheredación y su causa deben constar expresa y claramente en el testamento
¿Quien tiene el peso de la prueba en una controversia sobre desheredación?
Si el legitimario impugna la desheredación por inexistencia de causa, le corresponde al heredero probarla.
Si alega reconciliación o perdón, le corresponde al desheredado probarla.
¿Cuando caduca la acción de impugnación de la desheredación?
por el transcurso de 2 años desde que se conoce la desheredación
¿Que ocurre cuando no procede la causa de desheredación? (desheredación injusta)
La desheredación produce los efectos de la preterición cuando se hace:
a) sin expresión de causa
b) por una causa impugnada cuya certeza no puede probarse; o
c) por una causa que no sea una de las señaladas en este Código.
¿Cuales son las justas causas para desheredar a un descendiente? (4)
- la indignidad
- haber negado alimentos al testador sin motivo legítimo
- haber maltratado, injuriado gravemente o atentado contra la vida del testador
- haber sido negligente en tomar en su cuidado al testador cuando se encontraba enfermo o sin poder valerse por si mismo
*OJO: si te desheredan cuando no existe causal según el Código, pues habría preterición
¿Que efectos tiene la preterición?
La preterición de un legitimario no anula la institución de heredero. Ademas, conlleva la división de la legitima entre el total de los legitimarios.
¿Cuales son las justas causas para desheredar a los ascendiente? (6)
- indignidad
- haber sido privado de la patria potestad sobre el testador
- haber negado alimento al testador sin motivo legitimo
- haber maltratado, injuriado gravemente o atentado contra la vida del testador
- haber sido negligente en tomar en su cuidado al testador cuando este se encontraba enfermo o sin poder valerse por si mismo
- haber atentado uno de los progenitores contra la vida del otro, si no hubo entre ellos reconciliación
¿Cuales son las justas causas para desheredar al cónyuge? (5)
- indignidad
- haber sido privado de la patria potestad sobre los hijos comunes
- haber negado alimento al testador o a sus hijos sin motivo legítimo
- haber maltrato, injuriado gravemente o atentado contra la vida del testador; y
- haber sido negligente en tomar a su cuidado al testador cuando este se encontraba enfermo y sin poder valerse por si mismo
¿Cuales son los efectos de la reconciliación en la desheredación?
La reconciliación posterior entre el ofensor y el ofendido:
- priva al ofendido del derecho a desheredar por los hechos que dan lugar a la desheredación;
- deja sin efecto la desheredación ya hecha; y
- Produce, a su vez, los efectos de la preterición (división de la legitima entre el total de los legitimarios)
Diferencia entre indignidad v. desheredación
- indignidad= puede plantearse en juicio por los herederos luego de muerto el causante
- Mientras que en la desheredación el único que la puede hacer es el testador en vida.