Lección VII - Sobre la adquisición de la cosa por la posesión Flashcards
¿Cuáles son los modos de adquirir la propiedad por el derecho civil?
-Posesión: prescripción adquisitiva o usucapión
-Accesión
-Convención
-Ocupación o adquisición por frutos
-Sucesión y testamento
-Donación
Clasificación de los modos de adquirir la propiedad por modos originarios y derivativos
Los originarios son aquellos que crean un derecho de propiedad.
Los derivativos son aquellos que transmiten la titularidad de un derecho de propiedad: compraventa, donación…
Clasificación de los modos de adquirir la propiedad por modos voluntarios y no voluntarios
Los voluntarios son los que se transmiten por un acuerdo.
Los no voluntarios son los que prescinden la voluntad, como la sucesión o la posesión.
Clasificación de los modos de adquirir la propiedad por modos de adquisición entre vivos y por modos de adquisición por causa de muerte
Los primeros se dan por cualquier mecanismo que surja durante la vida de las personas
Los segundos se dan por la transmisión de la propiedad por el fallecimiento
Clasificación de los modos de adquirir la propiedad por modos de adquisición a título universal y a título singular
Los de título universal permiten capturar una cuota de un patrimonio universal.
Los de título singular son cualquier otro en el que haya una mera transmisión de derechos.
¿Qué es la prescripción adquisitiva o usucapión?
Un modo de adquirir la propiedad de una cosa por una posesión continua y no interrumpida, pacífica, pública, inequívoca y a
título de propietario.
¿Puede el detentador prescribir?
No.
¿Cuál es el plazo de la prescripción adquisitiva?
-Poseedor de mala fe de un mueble o inmueble: 20 años
-Poseedor de buena fe de un inmueble: 5 años si el verdadero propietario vive en el distrito judicial; 10 años si vive en otro
-Poseedor de buena fe de un mueble: instantáneo, porque la posesión vale título
Cuando el verdadero propietario ha tenido su domicilio dentro y fuera del distrito en épocas diferentes, ¿qué se hace?
Se necesita, para completar la prescripción, agregar a lo faltante de los cinco años de presencia un número de años doble del que es preciso para completar los cinco primeros.
Por ejemplo: Mengano posee el inmueble de Fulano. Fulano lleva 4 años viviendo fuera. Luego se muda al distrito judicial del inmueble. Para que termine de poseerlo, requerirá de 4 + (1x 2) = 7 años más.
Describe el cálculo del plazo de la prescripción adquisitiva (arts. 2260 y 2261)
Se hace por días. No se cuenta el primer día y se adquiere tras el término del último día.
Si es por años, se hace por la cantidad de estos, sin tomar en cuenta los días de cada mes.
Se presume que la posesión es ininterrumpida. ¿Qué ventaja le brinda el legislador francés a quien prueba que ha poseído desde el inicio? (art. 2234)
¿En qué consiste la unión de posesiones del 2235 del Código Civil?
Una forma de completar la prescripción adquisitiva mediante la unión a la posesión propia de la posesión del causante.
Requisitos de la usucapión abreviada
-Debe tratarse de un inmueble
-Buena fe. El poseedor debe creer que consiguió el bien del verdadero propietario
-Justo título
- ¿Está obligado el poseedor de buena fe a saber los vicios del título?
- ¿Y si luego se da cuenta de los vicios?
No. El poseedor no necesita ignorar los vicios del título sino creer que proviene del propietario auténtico.
No importa: “basta que la buena fe haya existido en el momento de la adquisición” (art. 2269)
¿Qué es el justo título?
Es un acto jurídico cuya finalidad es transmitir un derecho de propiedad, pero no lo logra porque es ineficaz.
¿Por qué el justo título es imperfecto?
Porque lo adquiere de un propietario aparente, de alguien que no es su propietario, o adolece de alguna nulidad.
¿La prescripción cambia si el justo título lo es por la falta de calidad del causante o por alguna nulidad?
La falta de calidad es lo que hace al justo título lo que es, por lo que corre la usucapión abreviada. La nulidad, sí: la usucapión es de 20 años, salvo que sea relativa (sería abreviada)
¿El título putativo es eficaz? ¿Quién debe demostrar la existencia de un justo título?
No. “Mientras que el justo título se exige como requisito distinto de la buena fe en la usucapión decenal, el título putativo es suficiente para adquirir frutos”.
El poseedor.
- Efectos de la usucapión
- ¿Debe el poseedor invocar la usucapión?
- Se reputa propietario desde su origen, por lo que todos actos celebrados durante el transcurso de la posesión son convalidados, y dispensan al nuevo propietario de la restitución de los frutos; los derechos del propietario se invalidan
- Sí. “No pueden los jueces suplir de oficio la excepción
que resulta de la prescripción” (art. 2223)
Si la cosa mueble ha sido despojada del detentador, ¿la posesión automáticamente vale título? ¿Y si hubiera sido del propietario?
Para el detentador, sí. Para el propietario, hay un plazo para recuperar lo robado.
¿Cuál es el origen del 2279 del Código Civil francés?
La jurisprudencia del Chatelet de París, el antiguo tribunal criminal, que la utilizaba desde el siglo XVII.
¿La regla “en materia de muebles, la posesión vale título” aplica cuando el propietario es aparente o es el auténtico?
Cuando es aparente. Si la convención ha sido celebrada entre el propietario y el adquiriente, el acuerdo es válido.
¿Qué ocurre cuando el acto traslativo de la propiedad tiene algún vicio de forma en la regla del 2279?
Que el justo título sea nulo o putativo no importa, porque el poseedor debió creer que adquirió del verdadero propietario. El justo título está disuelto en la buena fe.
Requisitos para la adquisición de los muebles
- Debe ser un mueble que no haya sido perdido ni robado
- La posesión debe carecer de vicios. Si el causante es el verdadero propietario, no cunde este proceso (similar con el justo título)
- La posesión debe ser de buena fe. Es la misma regla que la usucapión abreviada: no debe tener conocimiento de la regularidad del justo título, sino creer que el viejo propietario era el legítimo