La Prescripción y la Caducidad Flashcards
¿Qué es la prescripción?
Es una DEFENSA que se opone a quien no ejercita un derecho o acción dentro del plazo de tiempo que la ley fija para invocarlo.
¿Cuándo comienzan a transcurrir los plazos de prescripción?
Cuando el legitimado activo conoce o debe conocer la existencia del derecho a reclamar y la identidad de la persona contra quien puede actuar.
El desconocimiento del nombre de la persona responsable no impide el ejercicio de la acción.
El tiempo de la prescripción en las acciones para exigir el cumplimiento de una OBLIGACIÓN de CAPITAL con INTERÉS o RENTA comienza a contarse desde _______________.
el último pago del interés o la renta.
El tiempo de la prescripción en las acciones para exigir el cumplimiento de una obligación DECLARADA POR SENTENCIA comienza a contarse desde _______________.
que la sentencia adviene firme.
El tiempo de la prescripción en las acciones para exigir RENDICIÓN DE CUENTAS comienza a contarse desde _______________.
el día cuando cesan en sus cargos los que deben rendirlas.
El tiempo de la prescripción en las acciones para IMPUGNAR EL RESULTADO DE LAS CUENTAS comienza a contarse desde _______________.
el día en que se tuvo conocimiento del resultado.
El tiempo de la prescripción en las acciones para exigir el cumplimiento de OBLIGACIONES DE TRACTO SUCESIVO comienza a contarse desde _______________.
desde la fecha en que debieron llevarse a cabo cada uno de los actos en ella comprendidos.
El tiempo de la prescripción en las acciones que tienen su origen en ACTOS u OMISIONES ILÍCITOS REPETIDOS comienza a contarse desde _______________.
que ocurre el daño causado en cada ocasión.
El tiempo de la prescripción en las acciones para exigir el pago de SALARIOS y HONORARIOS PROFESIONALES comienza a contarse desde _______________.
la terminación de los servicios.
El tiempo de la prescripción en las acciones disciplinarias contra los profesionales por la INFRACCIÓN a los CÁNONES DE ÉTICA que rige su profesión comienza a contarse desde _______________.
el momento en que la persona que inicia el procedimiento tiene conocimiento, o debe tener conocimiento ejerciendo la debida diligencia, de las circunstancias que constituyen causa para disciplinar.
¿Los plazos de prescripción pueden ampliarse por convenio de las partes?
NO
¿Cómo se INTERRUMPE la prescripción?
(a) mediante la presentación de la demanda judicial o de la reclamación administrativa o arbitral por el acreedor contra el deudor, en resguardo del derecho que le pertenece; y en el caso de acciones disciplinarias, por la presentación de la queja;
(b) por una reclamación extrajudicial hecha por el acreedor, dirigida al deudor; o
(c) por el reconocimiento de la obligación por el deudor.
Producida la interrupción, comienza nuevamente a transcurrir el cómputo del plazo prescriptivo.
¿Bajo cuáles circunstancias se SUSPENDE (se paraliza) la prescripción?
(a) cuando los incapaces no están bajo la guarda de sus representantes legales;
(b) entre los cónyuges, durante la vigencia del matrimonio;
(c) entre los menores y sus progenitores o tutores durante la patria potestad o la tutela;
(d) en las acciones disciplinarias por infracción a los cánones de ética profesional:
1. durante el periodo en que la conducta imputada
no puede ser descubierta debido a actos u
omisiones intencionales del profesional
concernido;
2. durante el periodo en que el profesional en
cuestión se encuentra fuera de Puerto Rico con la
intención de evitar un procedimiento disciplinario;
(e) entre los incapaces y sus tutores, durante el ejercicio de la tutela; y
(f) mientras sea imposible reclamar el derecho ante un tribunal.
¿Qué tipo de RENUNCIA es ineficaz?
TODA RENUNCIA a invocar la defensa de PRESCRIPCIÓN EN EL FUTURO, es INEFICAZ.
Sin embargo, SÍ ES VÁLIDA LA RENUNCIA DE LA PRESCRIPCIÓN GANADA hecha de manera expresa o tácita por las personas con capacidad para enajenar.
¿Cuál es el término de prescripción para las ACCIONES PERSONALES?
4 AÑOS