LA ADMINISTRACIÓN LOCAL Flashcards
¿Reconoce la Constitución la existencia de Entidades locales inferiores a la CC.AA?
Articulo 137:
El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las CC.AA. que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus intereses.
¿Qué es la Administración Local?
La Administración Local está integrada principalmente por entes territoriales cuyo ámbito de actuación se limita a una parte del territorio nacional.
Estos entes territoriales con personalidad jurídica propia, gozan de autonomía para la gestión de sus propios intereses y capacidad para el cumplimiento de sus fines.
¿Qué ley regula la Administración Local?
Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora del Régimen de la Administración Local.
¿Cuáles son los Entes territoriales existentes?
- El Municipio.
- La Provincia.
- La Isla (Baleares y Canarias)
¿Qué es el Municipio?
Es la entidad básica de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía sus intereses propios.
Su gobierno y administración corresponde a los Ayuntamientos, integrados por los Concejales (elegidos por sufragio universal, igual libre, directo y secreto) y el Alcalde (elegido por los Concejales o por el pueblo)
¿Qué es la Provincia?
Es una entidad local constituida por una agrupación de municipios con capacidad para la gestión de sus propios intereses y el cumplimento de las actividades del Estado.
Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales.
El gobierno y la administración autónoma estará encomendada a las Diputaciones u otras corporaciones con carácter representativo.
¿Qué es la Isla?
En los archipiélagos Balear y Canario, la isla se configura como Entidad Local Territorial.
- Baleares: No existe la Provincia ni la CC.AA., sino la isla y el Consejo Insular.
- Canarias: Existen dos provincias (Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas), cada una con su mancomunidad provincia interinsular, pero estas provincias no tienen Diputación, sino Cabildo.
¿Pueden existir otras entidades locales de manera opcional?
- Las Comarcas.
- Las Áreas metropolitanas.
- Las Mancomunidades de Municipios.
¿Qué es la Comarca?
Es una agrupación de varios municipios con características e intereses comunes que desean una gestión propia o demandan la prestación de determinados servicios.
La iniciativa para su constitución podrá partir de los Municipios interesados, pero deberá ser aprobado por la Asamblea Legislativa de la CC.AA.
¿Qué son las Áreas Metropolitanas?
Son Entidades Locales integradas por municipios de grandes aglomeraciones urbanas que tienen vinculaciones económicas y sociales y necesitan una planificación y gestión conjunta y una coordinación de sus servicios u obras.
¿Qué es la Mancomunidad de Municipios?
Es una agrupación de Municipios que se crea para la ejecución común de obras y servicios.
¿Establece la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de de Régimen Local organizaciones inferiores al Municipio?
Sí, en su última actualización considera otras organizaciones inferiores al Municipio, pero no con Entidades Locales, sino como órganos descentralizados de los Municipios, sin personalidad jurídica propia.
Pedanías, Parroquias, Aldeas, Barrios,… pueden constituirse por demanda de la población o del Ayuntamiento, pero sólo podrán constituirse atendiendo a criterios de eficiencia.