juicio oral Flashcards
principios del JO
- Inmediación
- Continuidad y concentración
- Contradictorio
- Publicidad
- Libre valoración de la prueba
- Identidad física del juzgador
- Fundamentación de la decisión
- Oralidad
trámites previos al JO
− Juez de garantía debe hacer llegar el auto de apertura del juicio oral al tribunal competente, dentro de las 48 horas siguientes. Dicha resolución pone a disposición del TJOP las personas sometidas a prisión preventiva u otras medidas cautelares personales.
− Distribuida la causa, el presidente de la sala procede de inmediato a decretar fecha para la audiencia de juicio (no antes de 15 ni después de 60 días desde la notificación del auto de apertura). Se convocarán más de 3 jueces cuando quiera asegurarse que se cumpla con el requisito de la presencia interrumpida.
o Acusado debe ser citado con al menos 7 días de anticipación.
presencia de intervinientes
− Acusado: Debe encontrarse presente durante toda la audiencia. Puede disponerse su salida de la sala cuando su comportamiento perturbe el orden. Luego de cualquier ausencia, deberá informársele de lo ocurrido.
− Defensor: Su presencia, durante toda la audiencia, será un requisito de validez del juicio. Su ausencia constituye abandono de la defensa, obligando a designar un defensor penal público.
− Ausencia injustificada de defensor o fiscal se sanciona con suspensión del ejercicio de la profesión hasta por 2 meses.
− Querellante o su apoderado: Se declara el abandono de la querella.
facultades del presidente de la sala
− Dirigir el debate.
− Ordenar la rendición de pruebas.
− Exigir el cumplimiento de las solemnidades que correspondan.
− Moderar la discusión: Impedir que se desvíen a aspectos no pertinentes y limitar el uso de la palabra.
− Facultades disciplinarias: Público debe guardar respeto y silencio.
qué significa que rija la libertad de prueba? cuáles son sus limitaciones?
− Rige la libertad de prueba, los hechos podrán ser probados por cualquier medio idóneo, apto para producir fe. La libertad de prueba tiene algunas limitaciones:
o Obtención con infracción de derechos y garantías constitucionales.
o Proveniente de diligencias declaradas nulas.
qué hechos deben probarse?
− Deben probarse todos los hechos que sean importantes para la decisión judicial. Tanto los hechos directamente importantes, los indicios y los hechos auxiliares.
a qué normas se sujetan las acciones civiles en materia de prueba?
− Acciones civiles se sujetan a las normas civiles respecto a la carga de la prueba, y a las normas penales respecto a la procedencia, oportunidad, forma de rendir y apreciación de la prueba.
art. 297 CPP, valoración de la prueba
Los tribunales apreciarán la prueba con libertad, pero no podrán contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados.
El tribunal deberá hacerse cargo en su fundamentación de toda la prueba producida, incluso de aquella que hubiere desestimado, indicando en tal caso las razones que hubiere tenido en cuenta para hacerlo.
La valoración de la prueba en la sentencia requerirá el señalamiento del o de los medios de prueba mediante los cuales se dieren por acreditados cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados. Esta fundamentación deberá permitir la reproducción del razonamiento utilizado para alcanzar las conclusiones a que llegare la sentencia”.
El juez podrá valorar libremente la declaración del imputado, con el límite de no poder condenar con el sólo mérito de ésta.
finalidad de la prueba
Se busca formar convicción acerca de la efectividad del relato de hechos contenidos en la acusación o defensa.
medios de prueba
− No regulados expresamente: Se practican por analogía con los medios de prueba más semejantes que tengan reglamentación expresa.
− Reglamentados en forma expresa
1. declaraciones del imputado
2. testigos
3. peritos
4. Inspección personal del tribunal
5. Documentos, objetos y otros
declaraciones del imputado
Más que un medio de prueba, es un medio de defensa. Se reconoce su derecho a guardar silencio, pero se consagra la posibilidad de hacer declaraciones como medio de defensa, en cualquier estado del procedimiento. No podrá leer sus declaraciones, salvo como apoyo memoria.
• Puede ser interrogado por el fiscal, querellante y defensor.
• En cualquier momento podrá solicitar ser oído para complementar o aclarar sus dichos.
• Se prohíben las preguntas capciosas, sugestivas, inductivas o engañosas.
• Siempre tendrá la última palabra.
prueba de testigos
Deponen sobre su conocimiento de los hechos. Deben ser citados, pudiendo apercibírselos.
• Tienen 2 deberes:
➢ Comparecencia: Altas autoridades (Presidente, Congresistas, Comandantes de las FF.AA, miembros de Corte Suprema, entre otros). Pueden declarar en el lugar que ejercen sus funciones o su domicilio.
➢ Declaración: Están excluidos de la obligación de declarar, pero no de comparecer.
cuándo pueden abstenerse de declarar los testigos?
- Por motivos personales: Parentesco (ascendientes y descendientes, y colaterales hasta el segundo grado), cónyuge, convivencia, razones de inmadurez o insuficiencia o alteración de facultades mentales. La sola circunstancia de que el testigo sea menor de edad no constituye dicha situación necesariamente.
- Por razones de secreto: Personas que tengan el deber de guardar silencio, por su profesión o función legal.
- Las personas que gocen de inmunidad diplomática pueden declarar por informe sólo cuando consientan a ello voluntariamente. No estarán obligados entonces ni a comparecer ni a declarar.
principio de autoincriminación
Testigos tendrán derecho a negarse a responder aquellas preguntas cuya respuesta pueda acarrearles peligro de persecución penal por un delito. Se extiende a la incriminación de parientes señalados respecto de la exclusión de declarar.
otros deberes y derechos de los testigos
• Deben prestar juramento o promesa de decir la verdad. Ello no aplica a menores de 18 años, o personas que se sospeche que tomaron parte en los hechos.
➢ Testigo menor de edad será interrogado por el Presidente.
• Deben responder las preguntas relativas a su individualización, salvo que de ello se siga peligro para él u otras personas.
➢ Protección a los testigos: Puede adoptarlas el MP y el tribunal.
• No hay testigos inhábiles.
• Testigos tienen derecho a que se le indemnice la pérdida que le ocasiona la comparecencia, dentro del plazo de 20 días siguientes a la declaración.