Inspección y reconocimiento judicial: Flashcards
prueba de reconocimiento o inspección judicial:
Actividad probatoria que lleva a cabo el juez, cuando para el esclarecimiento y apreciación de los hechos lo estime necesario o conveniente, y que consiste en el examen por sí mismo de algún lugar, objeto o persona.
inspección judicial:
puede practicarse a petición de parte o de oficio, con citación previa para las partes, cuando ésta pueda servir para aclarar o fijar hechos relativos a la contienda y que no requieran de conocimientos técnicos especializados.
pasos necesarios:
- Que se ofrezca en los escritos que traban la litis, colmando las exigencias previstas
- Que el oferente precise los puntos sobre los cuáles versará ésta, mismos que deberán ser materia de tal inspección
- Este medio de prueba siempre será presidido por el juez,
- Una vez admitida, ésta tendrá que desahogarse en la fecha y hora señalada, precisamente en el lugar determinado y sobre la cosa y objetos señalados, en presencia de las partes, sus representantes o abogados, versando sobre los puntos precisados por el oferente y, en su caso, con la asistencia de peritos.
- En el momento del desahogo, se levantará el acta respectiva, haciéndose constar todo aquello que fue apreciado por el juzgador, así como las observaciones de las partes y, en su caso, las declaraciones de los peritos.
que sucede cuando alguna de las partes se oponga
éste debe tener por ciertas las afirmaciones de la contraparte, salvo prueba en contrario.
importancia
- permite al juez obtener una comprensión directa y precisa de los elementos físicos relevantes
- ayuda a corroborar o refutar las afirmaciones de las partes
- promueve la transparencia y la credibilidad del proceso judicial