Decreto 440/2010 de 14 de diciembre por el que se regula la elaboración del Informe Periódico Flashcards
1
Q
La competencia del informe periódico sobre la efectividad del conjunto de las actuaciones relativas al principio de igualdad entre mujeres y hombres adoptadas por la Administración de la Junta de Andalucía es de
A
la Consejería competente en materia de igualdad, a través del IAM
2
Q
El informe periódico es aprobado por
A
el Consejo de Gobierno que lo remitirá al Parlamento de Andalucía
3
Q
El informe periódico se elaborará y aprobará con una periodicidad
A
bienal
4
Q
Procedimiento de elaboración y aprobación
A
- La información debidamente actualizada será cursada por las distintas Consejerías al Instituto Andaluz de la Mujer por los medios telemáticos que se establezcan, a través de sus Unidades de Igualdad de Género. Esta información será remitida, en todo caso, antes de finalizar el mes de
marzo del año siguiente a aquél al que se refiere la información. - La Consejería competente en materia de igualdad, a través del Instituto Andaluz de la Mujer, realizará una propuesta provisional de Informe periódico que se remitirá a la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres la cual lo analizará, debatirá y propondrá un documento definitivo antes del 30 de junio del año siguiente al período al que se refiere la información.
- La Consejería competente en materia de igualdad elevará propuesta definitiva del informe periódico al Consejo de Gobierno para su aprobación y posterior remisión al Parlamento de Andalucía.