Decreto 437/2008 por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres Flashcards

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Q

Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres

A

Órgano colegiado adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de Igualdad
y funcionalmente a la Comisión Delegada para la Igualdad, el Bienestar y la Inmigración, en
el que estarán representadas todas las Consejerías de la Junta de Andalucía, con la
composición, competencias y régimen de funcionamiento que se establecen en el presente
Decreto. Será presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de Igualdad.

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Q

Finalidad

A

El seguimiento de las acciones y actuaciones adoptadas por la Administración de la
Junta de Andalucía en materia de igualdad de género

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Q

Competencias

A
  • Promover la aplicación del principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y
    hombres en la Administración de la Junta de Andalucía.
  • Hacer un seguimiento del cumplimiento, desarrollo y aplicación de la Ley 12/2007, de 26
    de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
  • Analizar y debatir el Plan estratégico para la igualdad de mujeres y hombres que el
    Consejo de Gobierno aprobará cada cuatro años
  • Analizar y debatir el informe periódico, previsto en el artículo 64 de la Ley 12/2007, de 26
    de noviembre, sobre el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en relación con la efectividad
    del principio de igualdad entre mujeres y hombres
  • Hacer el seguimiento de las actuaciones de las Unidades de Igualdad de Género constituidas en cada Consejería
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Q

Composición

A
  • Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad.
  • Vicepresidencia: La persona titular del Instituto Andaluz de la Mujer.
  • Vocalías: Una persona con rango al menos de Director o Directora General, que será
    designada por las personas titulares de las restantes Consejerías que constituyen la
    Administración de la Junta de Andalucía.
  • Secretaría: Realizará las funciones de Secretaría un funcionario o funcionaria del
    Instituto Andaluz de la Mujer que desempeñe una Jefatura de Servicio, cuyo nombramiento
    se realizará por la Presidencia de la Comisión, que actuará con voz pero sin voto.
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