Competencias exclusivas UE/Compartidas UE-Miembros/Acciones puntuales UE (T.10) Flashcards
La unión aduanera
Competencias exclusivas de la UE (art. 3 TFUE)
El establecimiento de las normas sobre competencia necesarias para el funcionamiento del mercado
interior
Competencias exclusivas de la UE (art. 3 TFUE)
La política monetaria de los Estados miembros cuya moneda es el euro
Competencias exclusivas de la UE (art. 3 TFUE)
La conservación de los recursos biológicos marinos dentro de la política pesquera común
Competencias exclusivas de la UE (art. 3 TFUE)
La política comercial común
Competencias exclusivas de la UE (art. 3 TFUE)
La Unión dispondrá también de competencia exclusiva para la celebración de un acuerdo internacional
cuando:
o Dicha celebración esté prevista en un acto legislativo de la Unión.
o Cuando sea necesaria para permitirle ejercer su competencia interna.
o En la medida en que pueda afectar a normas comunes o alterar el alcance de las mismas
Competencias exclusivas de la UE (art. 3 TFUE)
La protección y mejora de la salud humana
Acciones puntuales (art. 6 TFUE)
La industria
Acciones puntuales (art. 6 TFUE)
La cultura
Acciones puntuales (art. 6 TFUE)
El turismo
Acciones puntuales (art. 6 TFUE)
La educación, la formación profesional, la
juventud y el deporte
Acciones puntuales (art. 6 TFUE)
La protección civil
Acciones puntuales (art. 6 TFUE)
La cooperación administrativa
Acciones puntuales (art. 6 TFUE)
El mercado interior
Compartidas UE-Estados miembros (art. 4 TFUE)
La política social, en los aspectos definidos en el TFUE
Compartidas UE-Estados miembros (art. 4 TFUE)