Capítulo XVIII Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal Flashcards
Definición de CMRP
Son aquellos hechos, situaciones o datos, ajenos a la estructuración del tipo, a los cuales la ley confiere la virtud de servir como instrumento de medición de la intensidad que ha de revestir la pena en cada caso concreto.
Componente fáctico de las CMRP
Es decir, aquello vinculado a los hechos. No siempre está relacionado con la conducta delictiva, ni consiste en un acto voluntario de las personas que toman parte en su ejecución, sino que en muchos casos está constituido por una situación o relación preexistente al delito o incluso, posterior a el. Y en general, por cualquier antecedente que tenga la virtud de traducir los propósitos de concresión de la responsabilidad penal.
Ámbito de proyección de las CMRP
Se proyectan sobre las consecuencias que tiene una infracción delictiva.
Las CMRP sólo tienen influencia respecto de la pena.
El rol que cumplen las CMRP no tiene nada que ver con la configuración del hecho punible (para ver si se configura el delito o no hay que atender a los elementos del delito ya estudiados)
Las CMRP corresponden a un isntrumento gradualizador de los efectos jurídicos del delito
Características de las CMRP
Son definidas por 3 rasgos fundamentales:
1. Son Ocasionales
2. Son Accidentales
3. Son Accesorias o Secundarias
Rago Ocasional de las CMRP
Significa que las CMRP pueden o no ocurrir en cada caso concreto. Por lo que si tal hecho no concurre, la responsabilidad que deriva de la comisión del delito no se ve afectada o alterada en cuanto a su intensidad.
Rasgo Accidental de las CMRP
(pendiente no entendí)
Rasgo Accesorio o Secundario de las CMRP
Significa que las CMRP presuponen la existencia de un tipo penal que les sirva de base y la configuración de este tipo penal no depende de si concurre o no un a CMRP
Clasificación de las CMRP
- Atendiendo a los EFECTOS
- Atenuantes
- Agravantes
- Mixtas - Desde el punto de vista de su APLICACIÓN
- Genéricas
- Específicas - De acuerdo a la INTENSIDAD DE SUS EFECTOS
- Comunes
- Especiales - Para determinar su COMUNICABILIDAD O INCOMUNICABILIDAD
- Personales
- Materiales
Que es la incomunicabilidad de las circunstancias personales
La incomunicabilidad de las circunstancias personales corresponde a una regla del art 64 Inc 1 CP, que establece que todas aquellas circunstancias que sean de índole personal, se aplican solamente a los autores o partícipes en quienes se dieren los hechos constitutivos de las mismas.