2. Persona i família Flashcards
Sujetos de derecho
Aquel hombre o persona que puede ser titular de derechos y obligaciones. En Roma, no todas las personas eran sujeto de derecho.
Hombres pueden ser…
Persona = sujeto de derecho
No persona (res) = objeto de derecho.
Tipos de persona (sujeto de derecho)
Persona física
Persona jurídica
No son sujetos de derecho…
los esclavos (servi) ni los extranjeros (peregrini). Si que lo son los latinos (latini) y los que dependen de la potestad familiar de otro (alieni iuris).
Sui iuris
Independientes. Son libres y NO sujetos a la autoridad de un pater familias.
Persona física
Ser humano.
Requisitos que establecieron los romanos para que un ser humano sea persona:
- Nacimiento efectivo (total desprendimiento del claustro materno (cordón umbilical cortado))
- Nacimiento con vida y viablilidad (capacidad para seguir con vida)
- Que tuviera forma humana
- Prueba de nacimiento
Nasciturus
Concebido no nacido. Se le daría por nacido para todo aquello que fuera favorable
Persona jurídica
Sujeto de derecho. Sujeta a derechos y obligaciones.
Curator ventris
gestiona los bienes del nasciturus una vez nacido.
Capacidad
La capacidad es total cuando se tienen las dos capacidades (jurídica y de obrar)
Capacidad jurídica
posibilidad de ser titular de derechos y obligaciones = condición de persona. Se alcanzaba con 3 estatus.
Estatus necesarios para alcanzar la plena capacidad jurídica
- estatus libertatis: se ha de ser libre.
- estatus civitatis: la ciudadanía (romano, latinos y peregrinos). El máximo, el ciudadano romano.
- estatus familiae: Se distinguía entre sui iuris (no tener ninguna autoridad familiar) o alieni iuris.
Capitis diminutio
Pérdida de uno de los 3 estatus
Tipos de capitis diminutio
Máxima: se pierde el estatus libertatis. Es máxima porque se pierde libertad y ciudadanía.
Media: se pierde el estatus civitatis. Se pierde ciudadanía (ius civile), pero se conserva la libertad.
Mínima: se conserva libertad y ciudadanía, pero cambia la situación del hombre. Se pasa de sui iuris a alieni iuris.
Capacidad de obrar
la posibilidad de realizar actos jurídicos por si mismo. Se adquiere con la pubertad, (la edad para poder procrear). La alcanzaban los varones a los 14 años y las mujeres a los 12.