UT1. LA relevancia de la información contable en España: Aspectos mercantiles de las Cuentas Anuales Flashcards
El código de comercio (CCo) (Real Decreto de 22 de agosto de 1885) Título III (contabilidad de los empresarios), sección 1ª (los libros de los empresarios), art. 25 establece que es obligatorio:
El libro de inventarios y cuentas anuales, el libro “Diario” y en el caso de las sociedades de capital (S.A. y S.L.) el libro de Actas
¿Qué establece el Art. 27 del CCo?
Que los empresarios deben depositar los libros de contabilidad en el registro Mercantil del lugar donde tuvieren su domicilio para su sellado.
Según el Art. 27 del CCo, ¿cuándo puede hacerse la legalización de los libros?
- “A priori”, antes de iniciar la transcripción o anotaciones
- “A posteriori”, unificando hojas sueltas que en su conjunto forman una unidad, conformando un “Libro o Registro único y homogéneo”
Sobre el Libro de Inventarios y las Cuentas Anuales, dos características más importantes:
- Se estrena con el balance inicial detallado de la empresa ( o el de la constitución)
- Al menos trimestralmente, se ha de incluir el balance de comprobación de sumas y saldos.
Sobre el libro diario, dos características:
- Se registrarán todas las operaciones relacionadas con la actividad empresarial, día a día, respetado el orden cronológico
- Se permite la anotación contable agregada o conjunta de los totales de las operaciones por periodos no superiores a un mes; no obstante se exige su detalle en otros “libros o registros”
El Art. 30 del CCo establece que:
Los empresarios deben conservar los “Libros de contabilidad”, la correspondencia, justificantes, contratos y otros documentos probatorios, debidamente ordenados durante 6 años a partir del último asiento contable realizado en los “libros”
El Art. 32 del CCo establece que:
La contabilidad de los empresarios es secreta
¿Cuáles son las excepciones del Art. 32 del CCo que revelan la contabilidad de los empresarios? (7 cosas)
- Concurso de acreedores por suspensión de pagos y quiebras
- Sucesión universal
- Liquidación de sociedades
- Expedientes de regulación de empleo
- Por el derecho de los accionistas o socios a su examen directo
- Por el derecho de los representantes de los trabajadores a su examen directo
- En el ámbito de un proceso de auditoría
¿Qué establece el Art. 34 del CCo?
Las normas de elaboración de las cuentas anuales (NECAs)
Sobre la NECA 1ª:
Deben se redactados de conformidad con lo previsto en el CCo, en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y el PGC
Sobre la NECA 2ª.1:
Se elaborarán con una periodicidad de doce meses, salvo en los casos de constitución, modificación de la fecha de cierre del ejercicio social o disolución
Sobre la NECA 2ª.2:
Deberán ser formuladas por el empresario o los administradores, quienes responderán de su VERACIDAD, en el plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio.
¿Quién debe firmar las Cuentas Anuales?
El empresario, todos los socios y todos los administradores de la sociedad
¿Qué pasa si en las Cuentas Anuales falta la firma de alguna de las partes obligadas?
Se hará expresa una indicación de la causa en cada uno de los documentos que falten firmas. (Art 37.2 del CCo)
Hablando de las Cuentas Anuales, ¿qué cualidad es obligatoria?
La Veracidad,
-Ha de ser fiable
-Clara y comprensible
-Relevante