Unidad 7 Flashcards
Nombre
Es el medio de identificacion de las personas en la sociedad. Esta compuesto por el prenombre o nombre de pila y el apellido.
Prenombre
Es la forma de designacion de un individuo y se adquiere por su inscripcion en el registro civil.
Apellido
Es una designacion comun a todas las personas pertenecientes a una familia.
Nombre Comercial
Es el signo que sirve para identificar una persona fisica o juridica en el desempeño de una actividad empresarial. Puede utilizar un nombre de fantasia pero solo a los fines de desempañar las actividades comerciales. Es el nombre con el que actua un comerciante y puede coincidir con su propio nombre civill o con el apellido. No es un atributo sino un elemento constitutivo. Es un bien inmaterial por el cual el comerciante ejerce el derecho de propiedad y forma parte de su patrimonio.
Es frecuente que las empresas elijan una denominacion y la protejan como marca, nombre comercial, denominacion social y nombre de dominio para concentrar todos sus esfuerzos y sus inversiones publicitarias. Tambien pueden coexistir registralmente marcas y nombres comerciales identicos o similares pertenecientes a titulares diferentes pero destinados a ambitos distintos para evitar error o confusion.
Nombre Civil
Es un atributo y esta fuera del comercio.
Pseudonimo
Significa nombre falso. Es la designacion que una persona se da voluntariamente a si misma, sea con el objeto de ocultar su verdadera identidad o de darle realce en el ejercicio de una acticidad y que puede formarse con un nombre y apellido, con un prenombre o con una designacion de fantasia.
Estado
Alude a la situacion en que esta una persona o una cosa. Variando solamente el punto respecto del cual esa persona o cosa esta situada o posicionada.
Domicilio
Es el lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona para la produccion de determinados efectos juridicos.
Habitacion
Es el lugar donde el individuo se encuentra accidentalmente o momentaneamente.
Domicilio Legal
En determinadas circunstancias precisadas por la ley como el ejercicio de una funcion publica o la incapacidad, el legislador atribuye un domicilio con total precedencia de la residencia habitual. La ley presume, sin admitir prueba en contra, que la persona reside alli de manera permanente para el ejercicio de su derecho y el cumplimiento de sus obligaciones.
Domicilio y Sede social
El domicilio de la persona juridica es el fijado en sus estatutos o en la autorizacion que se le dio para funcionar. La persona juridica que posee muchos establecimientos o sucursales tiene su domicilio especial en el lugar de dichos establecimientos solo para la ejecucion de las obligaciones alli contraidas. El cambio de domicilio requiere modificacion del estatuto. El cambio de sede, sino forma parte del estatuto, puede ser resuelto por el organo de administracion.
Domicilio Especial
Es el que produce efectos limitados a una o varias relaciones juridicas determinadas. El domicilio especial tiene un ambito circunscripto y proyecta su eficacia solo respecto de los supuestos para los cuales ha instituido. Produce efectos limitados a una o a varias relaciones juridicas determinadas.