Tipos de empresas Flashcards
Empresario individual
Capital social mínimo: no hay mínimo legal
Personalidad: la de la persona física
Responsabilidad: ilimitada
Registro mercantil: inscripción voluntaria
Regimen fiscal: IRPF
Administración: la persona que ejerce la actividad
sociedad colectiva
Capital social mínimo: no hay mínimo legal
Nº de socios: 2 mínimo
Personalidad: jurídica
Responsabilidad: Ilimitada
Registro mercantil: inscripción obligatoria
Regimen fiscal: IS
Administración: todos los socios, excepto si se nombra uno o varios
sociedad comandtaria simple
Capital social mínimo: no hay mínimo legal
Nº de socios: 2 mínimo
Personalidad: jurídica
Responsabilidad: Ilimitada a los socios colectivos, limitada a los comandatarios
Registro mercantil: Inscripción Obligatoria
Regimen fiscal: IS
Administración: socios (colectivos)
sociedad comanditaria por acciones
Capital social mínimo: 60.000€, 25% desembolso
Nº de socios: 2 mínimo
Personalidad: jurídica
Responsabilidad: Ilimitada a los socios colectivos, limitada a los comandatarios
Registro mercantil: Inscripción Obligatoria + Publicación en el BORME
Regimen fiscal: IS
Administración: socios (admins) + Junta General
sociedad limitada
Capital social mínimo: 1€
Nº de socios: 1 mínimo
Personalidad: jurídica
Responsabilidad: limitada al capital aportado
Registro mercantil: inscripción obligatoria + publicación en el BORME
Regimen fiscal: IS
Administración: Junta General de socios y admins o Consejo de Administración
sociedad anónima
Capital social mínimo: 60.000€, 25% desembolso
Nº de socios: 1 mínimo
Personalidad: jurídica
Responsabilidad: limitada al capital aportado
Registro mercantil: inscripción obligatoria + publicación en el BORME
Regimen fiscal: IS
Administración: Junta General de accionistas, Consejo de Administración o Administradores
sociedad limitada laboral
Capital social mínimo: 3.000€ 100% desembolso
Nº de socios: 2 mínimo
Personalidad: jurídica
Responsabilidad: limitada al capital aportado
Registro mercantil: Inscripción obligatoria, aportación de calificación como laboral por el Ministerio de Trabajo o por CCAA. Inscripción en Registro Administrativo de Sociedades Laborales
Regimen fiscal: IS
Administración: Junta General, Consejo de Administración o administrador/es
sociedad anónima laboral
Capital social mínimo: 60.000€ 25% desembolso mínimo
Nº de socios: 2 mínimo
Personalidad: jurídica
Responsabilidad: limitada al capital aportado
Registro mercantil: Inscripción obligatoria, aportación de calificación como laboral por el Ministerio de Trabajo o por CCAA. Inscripción en Registro Administrativo de Sociedades Laborales
Regimen fiscal: IS
Administración: Junta General, Consejo de Administración o administrador/es
sociedad cooperativa
Capital social mínimo: fijado en los estatus
Nº de socios: Cooperativas de primer orden: Mín. 3 socios. Cooperativas de segundo orden: Mín. 2 cooperativas
Personalidad: jurídica
Responsabilidad: limitada al capital aportado
Registro mercantil: Inscripción en el registro de Cooperativas
Regimen fiscal: IS
Administración: Asamblea General, Consejo Rector e Intervención
SCP
Una SCP es una Sociedad Civil Privada, es decir, una unión entre dos o más personas que ponen en común bienes, dinero o trabajo para realizar una actividad económica cuyos beneficios se repartirán. Acuerdo verbal entre partes.
sociedad garantía recíproca
- 1,8 millones € capital inicial
- mayoritariamente formado por pimes
sociedad de capital riesgo
- pertenecen o son entidades financieras
- 1,2-1,5 millones € capital inicial
- razón de ser: buscar pequeñas y jóvenes empresas con conocimientos pero sin financiación. participan de la empresa, aportando dinero y conocimientos, y luego se van.
sociedad civil
- podrá tener o no personalidad jurídica propia en función de que sus pactos sean públicos o secretos
- mínimo 2 socios
- responsabilidad ilimitada
- no hay capital mínimo legal
comunidad de bienes
- no tiene personalidad jurídica propia
- mínimo 2 socios
- responsabilidad ilimitada
- no hay capital mínimo legal
sociedad de responsabilidad limitada nueva empresa
- tiene personalidad propia
- máximo 5 socios
- se limita la responsabilidad al capital aportado
- capital mínimo de 3.000€ y máximo de 120.000€