TERMINACIÓN DE LOS CARGOS DE ALBACEA E INTERVENTOR Flashcards
1
Q
Art. 1642.- Los cargos de albacea e interventor, acaban (mencionar 5 por lo menos):
A
I.- Por término natural del encargo;
II.- Por muerte;
III.- Por incapacidad legal, declarada en forma;
IV.- Por excusa que el juez califique de legítima, con audiencia de los interesados y del Ministerio Público, cuando se interesen menores o el fisco del Estado;
V.- Por terminar el plazo señalado por la ley las prórrogas concedidas para desempeñar el cargo;
VI.- Por revocación de sus nombramientos, hecha por los herederos;
VII.- Por remoción.