TEMA 2 Flashcards
- ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO.
1.1 Estructura General del Presupuesto de Ingresos.
Clasificación Presupuesto de Ingresos:
1. Clasificación orgánica (¿Quién ingresa?)
2. Clasificación económica
1.1 Estructura General del Presupuesto de Ingresos. Clasificación orgánica:
Distingue ingresos correspondientes a:
- Estado
- Seg. Social
- Organismos autónomos
- Otras entidades del Séctor Público Administrativo Estatal
1.1 Estructura General del Presupuesto de Ingresos. Clasificación económica:
- OPERACIONES CORRIENTES:
- Capítulo 1. “Impuestos directos y cotizaciones Sociales”: IRPF
- Capítulo 2. “Impuestos indirectos”: IVA
- Capítulo 3. “Tasas, precios públicos y otros ingresos”: Tasas de examen
- Capítulo 4. “Transferencias corrientes”: transferencias de dinero al Estado.
- Capítulo 5. “Ingresos patrimoniales”: alquiler de patrimonio en propiedad - OPERACIONES DE CAPITAL:
- Capítulo 6. “Enajenación de Inversiones Reales”: venta de bienes en propiedad
- Capítulo 7. “Transferencias de capital”: Recursos condicionados. - OPERACIONES FINANCIERAS:
- Capítulo 8. “Activos financieros”: reíntegro de préstamos concedidos.
- Capítulo 9. “Pasivos financieros”: emisión de deuda (bonos y letras).
- ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO.
1.2 Estructura general del presupuesto de Gastos.
Según Art 40. de la LGP, se clasifican en:
1. Clasificación Orgánica
2. Clasificación por programas (LGP)/ Funcional
3. Clasificación económica.
1.2 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Orgánica:
- Responde a la pregunta ¿Quién gasta?.
- Se clasifica en:
1. Secciones: Altos Orgános del Estado y Departamentos ministeriales
2. Servicios: Secretarias del Estado, Direcciones Generales…
Las secciones y servicios se expresan en cifras y a las SECCIONES se le asignan siempre 2 dígitos.
1. Ejemplo:
- 12-> Sección (Ministerio)
- 1201-> Servicio (Departamento específico del Ministerio).
2. Ejemplo:
- Sección 02. Cortes generales:
* 02(sección).02(servicio)-> Congreso
* 02(sección).03(servicio)-> Senado
Además de los Ministerios, hay otras secciones como:
1. Casa del Rey
2. Cortes Generales
3. Consejo de Estado
4. Tribunal de Cuentas
ORGANISMOS AUTONÓMOS:
- Tienen reglas distintas
- Se clasifican en 3 dígitos.
Ejemplo de crédito: 23.07.313B.457
- 26-> Sección
- 07-> Servicio
- 313B->Programa
- 457->concepto
En el examen habría que identificar cual es la sección/servicio/programa/concepto en el crédito anterior.
1.2 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Orgánica: Aplicaciones presupuestarias.
- Crédito: 16.01.142B.220.00
- Sección: 16
- Servicio: 01 - Credito: 22.101.921O.120.01
- Sección: 22
- Servicio: 101 (organismo autónomo)
1.2 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación por Programas:
- Clasificación programas:
1. Carácter finalista (letras A-L): marcan objetivos
2. Carácter instrumental o de apoyo y los de gestión (letras M-Z): medios para conseguir el fin. - La clasificacion por programas consta de:
1. Área de gasto: 1
2. Política de gasto: 13
3. Grupo de programa: 131
4. Programa: 131A (los programas se componen de 3 números y una letra).- Arrastran los números anteriores.
- Las áreas de gasto empiezan siempre por 1,2,3,4,9:
1. Area de gasto 1: Servicios públicos básicos
2. Area de gasto 2: actuaciones de protección y promoción social.
3. Area de gasto 3: producción de bienes públicos de carácter preferente.
4. Area de gasto 4: actuaciones de carácter económico.
5. Area de gasto 9: actuaciones de caracter general. - Ejemplos:
1. 222B:- Area de gasto: 2
- Política de gasto: 22
- Grupo de programa: 222
- Programa: 222B
2.145D: - Area de gasto: 1
- Política de gasto: 14
- Grupo de programa: 145
- Programa: 145D
3.Crédito: 14.07.222B.120.01 - Sección: 14
- Servicio: 07
- Programa: 222B
- 120.01: concepto
1.2 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación por Programas: Aplicaciones presupuestarias.
- Crédito: 16.01.142B.222.00
- Area de gasto: 1
- Política de gasto:14
- Grupo de programa: 142
- Programa: 142B (finalista) - Crédito: 22.101.921O.120.01
- Area de gasto: 9
- Política de gasto:92
- Grupo de programa: 921
- Programa: 921O (instrumental)
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica:
La clasificación económica del presupuestos de gastos, al igual que ocurre con la de ingresos, se compone de 9 capítulos y, la denominación de las operaciones coincide.
Capítulos:
1. Operaciones corrientes:
- Capítulo 1: Gastos de personal.
- Capítulo 2: Gastos corrientes en bienes y servicios.
- Capítulo 3: Gastos financieros.
- Capítulo 4: Transferencias corrientes.
Capítulo 5: Fondos de contingencia y otros imprevistos.
2. Operaciones de capital:
- Capítulo 6: Inversiones reales.
- Capítulo 7: Transferencias de capital.
3. Operaciones financieras:
- Capítulo 8: Activos financieros.
- Capítulo 9: Pasivos financieros.
Las operaciones NO financieras comprenden los capítulos del 1 al 7.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 1: Gastos de personal:
- Nóminas y cotizaciones a la Seg. Social.
- No se incluyen indemnizaciones por razón del servicio.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios”:
- Características:
1. Bienes fungibles
2. Duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario.
3. No susceptibles de inclusión en inventario.
4. Reiterativos. - Se imputan las indemnizaciones por razón del servicio (o “Gastos indirectos de personal”).
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 3 “Gastos financieros”:
Cargas financieras por intereses.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 4 “Transferencias corrientes”:
Pagos condicionados o no destinados a financiar operaciones corrientes.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 5 “Fondos de contingencia y otros imprevistos”.
- Destinados a hacer frente durante el ejercicio presupuestario a necesidades INAPLAZABLES, de carácter NO DISCRECIONAL, para las que no se hiciese en todo o parte la adecuada dotación de crédito.
- Su importe es del 2% del total de gastos para operaciones no financieras, excluidos los destinados a financiar las CCAA y Entidades Locales.
- El Fondo solo financiará las siguientes modificaciones de crédito:
1. Ampliaciones de crédito reguladas
2. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
3. Incorporaciones de crédito. - El Fondo no financiará:
1. Transferencias de crédito.
2. Generaciones de crédito.
Las aplicaciones del Fondo se aprobará, a propuesta del Ministerio de Hacienda, mediante acuerdo del Consejo de Ministros. El Gobierno remitirá a las Cortes Generales un informe trimestral acerca del uso del Fondo.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 6 “Inversiones Reales”:
Gastos destinados a la creación/adquisición de bienes o servicios de capital o a la adquisición de bienes inventariables.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 7 “Transferencias de capital”:
Pagos condicionados o no destinados a financiar operaciones de capital.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 8 “Activos financieros”:
Solicitud de crédito que posteriormente hay que devolver.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Capítulo 9 “Pasivos financieros”:
Amortización de deudas emitidas.
1.3 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Económica. Aplicaciones presupuestarias:
- 120.00-> Tipo de gasto:
- 1-> Capítulo (Gastos de personal)
- 12-> Artículo (Tipo de personal-Funcionarios)
- 120-> Concepto (Tipo de retribución)
- 120.00-> subconcepto (Grupo profesional) - 220.02
- 2-> Capítulo
- 22-> Artículo
- 220-> Concepto
- 220.02-> Subconcepto - 220.00
- 2-> Capítulo
- 22-> Artículo
- 220-> Concepto
- 220.00-> Subconcepto
El subconcepto no es obligatorio.
1.4 Estructura general del presupuesto de Gastos. Clasificación Territorial:
Los proyectos de inversión se detallarán en un Anexo al presupuesto, con su clasificación territorial por CCAA, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Provincias y, con la indicación del año en que se inicia el proyecto.
2. LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS: CARACTERÍSTICAS.
2.1 Definición de los créditos y programas presupuestarios.
Asignaciones individualizadas de gasto que figuran en los presupuestos.
2. LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS: CARACTERÍSTICAS.
2.2 Características de los créditos.
2.2.1 Especialidad
Los créditos se destinarán exclusivamente al fin especifíco para el que hayan sido autorizados por la Ley de Presupuestos o a la que resulte de las modificaciones aprobadas conforme a esta Ley.
2. LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS: CARACTERÍSTICAS.
2.2 Características de los Créditos
2.2.2 Carácter limitativo
No podrán adquirirse compormisos de gasto ni obligaciones por cuantía superior al importe de los créditos autorizados, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos que incumplan esta limitación.
2. LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS: CARACTERÍSTICAS.
2.2 Características de los créditos
2.2.3 Carácter temporal
- El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán:
1. Derechos económicos liquidados
2. Las obligaciones económicas reconocidas. - Existen 3 excepciones a lo anterior:
1. Liquidación de atrasos a favor del personal.
2. Las que tengan origen en resoluciones judiciales.
3. Podrán aplicarse a créditos del ejercicio corriente, las obligaciones contraídas en ejercicios anteriores, de conformidad con el ordenamiento jurídico.
2. LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS: CARACTERÍSTICAS.
2.2 Características de los créditos
2.2.4 Especificación de los créditos
- Finalidad para la que se gasta.
- Determinada por:
1. Clasificación orgánica
2. Por programas
3. Económica (la más importante). - Reglas distintas para el Estado y Organismos autonómos.
- Regla general que coincide para el Estado y Organismos autónomos: los créditos se especifican a nivel de CONCEPTO.
Ejemplo: crédito 430: - 4-> Capítulo
- 43-> Artículo
- 430-> Concepto: la regla general dice que el Estado y Organismos autónomos están obligados a respetar el concepto-> gastar los créditos en los conceptos para los que se hayan obligado. En cambio, SÍ se puede gastar el crédito para un subconcepto distinto (no hay obligación).