TEMA 1 EL DERECHO Flashcards
Tipos de emancipación
+16 AÑOS:
1-Mayoría de edad
2-Concesión de los que ejercen la patria potestad
3-Concesión judicial
4-Vida independiente (la única que puede ser revocada por los progenitores)
Tiempo para inscribir el nacimiento en el Registro Civil
-72 horas en centro hospitalario
-10 días si se produce fuera del hospital
-30 días por causa justificada
Diferencia entre DECRETO-LEY y DECRETO LEGISLATIVO
-DECRETO LEY: caso extraordinario y de urgente necesidad y será sometido a votación por el Congreso a los 30 días siguientes a su promulgación
-DECRETO LEGISLATIVO: potestad que le otorga las Cortes al gobierno para dictar normas o bien por:
+ Ley de bases (textos articulados)
+ Ley ordinaria (textos refundidos)
¿Quién otorga la nacionalidad por residencia o carta de naturaleza?
y ¿puede ser denegada?
-El gobierno junto con el Ministro de Justicia
-Puede ser denegada por razones de ORDEN PÚBLICO o INTERES NACIONAL
Plazos para adquirir la nacionalidad por residencia
-10 años plazo general
-5 años refugiados
-2 años países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Sefardíes
¿Cuándo caduca la concesión en los casos de Carta de naturaleza y residencia?
A los 180 días
¿Quién declara la nulidad de la adquisición de la nacionalidad por falsedad documental, fraude u ocultación?
El Ministerio Fiscal de oficio en el plazo de 15 años
¿Quién puede formular la petición para adquirir la nacionalidad en los casos de Carta de naturaleza, residencia y opción?
1- Emancipado o + 18 años
2- +14 años asistido por el representante o el representante del +14
3- Interesado con discapacidad
Tipos de vecindad civil que existen
1-Por filiación/adopción
2- Por nacimiento
3- Por opción
4- Por matrimonio (NO altera vecindades civiles)
5- Por residencia (2 años con voluntad, 10 años sin declarar voluntad)
6- Por adquisición de la nacionalidad española:
(-Lugar de nacimiento o residencia,
-Última vecindad de los progenitores o adoptantes,
-La vecindad del cónyuge)
¿Cúando se declara a alguien ausente?
-1 año si NO deja APODERADO
-3 años si SI deja APODERADO
Plazos de la declaración de fallecimiento en los siniestros y demás casos
- INMEDIATO: siniestro con evidencias claras de que no hay supervivientes
- 8 DÍAS: siniestro verificado
- 1 MES: presunto siniestro
- 3 MESES: siniestro que no sea ni marítimo ni aéreo
-1 AÑO: riesgo inminente de muerte - 2 AÑOS: guerra, desde fecha del tratado de paz
- 5 AÑOS: ausente +75 años
- 10 AÑOS: ausente