T4. DRETS REALS Flashcards
Derechos reales
- Relación que hay entre un sujeto y una cosa. El sujeto activo es el titular del derecho real.
- Es la abstención de la sociedad de tener una conducta negativa (no hacer algo).
- Recaen sobre algo y perduran en el tiempo.
- Son eficaces ante toda la comunidad y se extinguen por extinción.
Derechos personales
- Relación entre dos personas en concreto. El sujeto activo es el acreedor y el pasivo, el deudor.
- Consiste en un hacer (conducta positiva), el acreedor puede exigirle una conducta al deudor.
- Recaen sobre una conducta.
- Tienden a extinguirse rápido, ya que la forma natural y deseable sería el cumplimiento (ej: pagar una deuda)
- Eficaz contra una persona determinada (deudor)
Tipos de derechos patrimoniales
Personales
Reales
Res mancipi
Cosas importantes, tasadas y numeradas.
Fundos itálicos, animales de tiro y carga, esclavos, servidumbres y instrumentos de labranza
Res nec mancipi
Cosas no importantes
Res extrapatrimonial
Cosas no susceptibles a relaciones jurídicas, no pueden estar en el patrimonio
Res intrapatrimonial
Cosas susceptibles a relaciones jurídicas, sí pueden estar en el patrimonio
Res publicae
Cosas del Estado, fuera del comercio ya que no se pueden comprar ni vender
Res Comunes
Cosas de todos los hombres, como el mar
Clasificación de las cosas
- Res extra/intrapatrimonial - publicae - comunes
- Res mancipi/Res nec mancipi
- Muebles/Inmuebles
- Fungibles/Infungibles
- Conumibles/No consumibles
- Divisibles/Indivisibles
- Por los frutos
Bien mueble
Aquel que se puede transportar
Bien inmueble
Aquel que NO se puede transportar
Cosa fungible
Cosa sustituible teniendo en cuenta género, nº, etc.
Cosa infungible
Cosa única con características determinadas, individuales y concretas
Frutos
Cosas producibles por otras si se explotan debidamente.
Tipos de frutos
Naturales: productos orgánicos producidas periódicamente
Civiles: rendimientos que una cosa produce en virtud de una relación jurídica
Posesión
Situación de hecho donde se tiene una posible tendencia o disponibilidad sobre una cosa. El poseedor no tiene ningún título jurídico de posesión.
Tipos de posesión
Natural: solo se tiene el objeto -> corpus
Interdictal: se tiene el corpus y la intención de tratar la cosa como propia (animus). Este tipo de posesión está protegida por los interdictios.
Civil: Se tiene el corpus, animus y la iusta causa (justo título de donación, compraventa, etc). Este es el único tipo de posesión que mediante usucapión podría acabar transformándose en propiedad.
Formas de proteger la posesión
Interdictos - Órdenes del Magistrado dirigidas a una persona con la intención siempre de proteger o recuperar la posesión.
Tipos de interdictos
Interdicto de retención: protegen al poseedor actual, lo mantienen en su posición y lo defienden ante cualquier perturbación.
Interdicto de recuperación: cuando se le quita el objeto de manera violenta.
Propiedad
Títol jurídic protegit per l’ordenament jurídic, dereho más importante que se puede tener sobre una cosa. Situació de dret.
Tipos de propiedad
Dominium ex iure quiritium o Civil
In bonis habere o Pretoria
Provincial
Peregrina
Dominium ex iure quitiruim
Propiedad regulada por ius civile por lo que era únicamente accesible para los romanos. Podían ser objeto de esta propiedad bienes muebles o fundos itálicos.
Se protegía mediante la actio reivindicatio que defendía al propietario frente al poseedor.