Sucesiones Flashcards
Defensas Afirmativas R. 6.3 Proc. Civil
- transaccion
- aceptacion como finiquito
- laudo y adjudicación
- Asuncion de riesgo
- negligencia
- exoneration por quiebra
- coaccion
- impedimento
- falta de causa
- fraude
- ilegalidad
- falta de diligencia
- autorizacion
- Pago
- exoneracion
- cosa juzgada
- prescripcion adquisitiva o extintiva
- renuncia y cualquier otra materia constitutiva de excusa o de defensa afirmativa
La falta de jurisdicción sobre la materia
NO SE RENUNCIA.
Art. 10 C.Civ. Leyes que rigen- Bienes muebles e inmuebles.
Los BIENES MUEBLES están sujetos a la LEY DE LA NACION del PROPIETARIO.
Los BIENES INMUEBLES están sujetos a las LEYES DEL PAIS que están SITOS.
—-En cristiano…—-(Preg. Revalida Sept. 2016)
- Si una persona posee bienes INMUEBLES fuera de P.R., los tribunales del lugar donde se encuentren ubicados los INMUEBLES tendrán JURISDICCION SOBRE ELLOS.
* **Esta norma aplicara unicamente en los casos en que el ULTIMO DOMICILIO del causante sea P.R. - Cuando el causante estuvo DOMICILIADO en otra JURISDICCION AL MORIR, los BIENES MUEBLES también se adjudicaran conforme a la ley de esa jurisdicción.
Exequatur
R. 55.1 Proc. Civil
Procedimiento de convalidacion y reconocimiento judicial de una sentencia de otra jurisdiccion por los tribunales del foro donde se pretende hacer efectiva.
Proposito:
Garantiza el debido proceso de ley a las partes afectadas por la ejecutoria extranjera y concederles una oportunidad razonable para presentar sus defensas y ser escuchadas.
Testador puede disponer de sus bienes a titulo de:
Herencia o legado.
Heredero
Sucede a titulo universal.
OJO: Aunque en el testamento el testador use la palabra “LEGO” puede estar instituyendo heredero si se trata de un llamamiento a la universalidad del caudal hereditario.
CLAVE: “LLAMAMIENTO A LA UNIVERSALIDAD”
Legatario
Sucede a titulo particular.
Legado de parte alicuota o legado parciario:
Se hace a favor de una o varias personas de una porción ideal, de una fracción de la totalidad del caudal.
Testigos Instrumentales
NO es necesario que Notario conozca a testigos instrumentales y así lo consigne en testamento.
Inscripción de Derecho Hereditario (Documentos Requeridos)
- copia certificada de testamento
- certificado de defuncion del Testador
- certificacion del Registro de Testamentos de que no ha sido revocado.
- Certificacion de Dept. Hacienda sobre cancelacion de gravamen sobre contribucion de herencia.
Notificación de otras faltas por Registrador, tras escrito de recalificacion.
Es permisible aunque no sea la mejor practica.
El que fuere CONDENADO en juicio por haber ATENTADO contra la VIDA del TESTADOR o su CONYUGE, DESCENDIENTES O ASCENDIENTES.
Es incapaz de heredar por CAUSA de INDIGNIDAD
La sentencia debe ser FINAL Y FIRME.
Termino de acción para declarar INDIGNO:
5 a~os desde que el incapaz tomo posesión de los bienes.
Testador puede dejar sin efecto causa de indignidad si:
a. las conocia al momento de hacer testamento, o
b. si habiendolas conocido después, las remitiere (perdonare) en DOCUMENTO PUBLICO. Art. 686 C. Civ.
testamento olografo
Testamento privado que NO requiere la presencia de testigos o notario.
Aunque es privado sin testigos, no es un testamento secreto.
T. Supremo “nada impide que el testador divulgue el contenido de su testamento olografo…, por que el caracter secreto del acto de otorgar el testamento olografo NO ES REQUISITO INDISPLENSABLE DE VALIDEZ… la publicidad por el testador no invalidaria el documento.”