Subrogación Flashcards
¿Qué evita la subrogación?
Evita que un patrimonio se enriquezca a costa del otro.
Evita fraude a terceros y mantiene el equilibrio entre matrimonios.
Frente a que tipo de bienes se presenta la subrogación
- inmuebles y de valores (CDT)
NO OPERA DE INMUEBLE VALOR
¿Qué es la subrogación?
la sustitución de un bien propio por otro, de manera que un bien pasa a reemplazar a otro y queda bajo el mismo régimen jurídico del bien anterior (propio).
Requisitos para que haya subrogación
1.De inmueble a inmueble. 1789 y 1790
2. De valores por inmueble. 1783.
3. Que el bien vendido o permutado sea propio del que hace la subrogación
4. Que se exprese el ánimo de subrogar tanto en la escritura de venta como la de compra
Explique la proporcionalidad en la subrogación
si la diferencia es mayor a la mitad del precio de compra, no hay subrogación. Si la diferencia es menor o igual a la mitad del PC, sí hay.
Qué pasa con la recompensa cuando NO aplica la subrogación
La recompensa que se le debe al cónyuge cuando no aplica la subrogación, es el precio de venta.
Qué pasa con la recompensa cuando SI aplica la subrogación
La recompensa que le va a deber el cónyuge a la sociedad cuando opera la subrogación es la diferencia entre el precio de venta y de compra.
Qué pasa si NO opera la subrogación
- El inmueble adquirido entra a formar parte el haber social ABSOLUTO
- La sociedad queda obligada con el cónyuge por el precio del inmueble enajenado o por el valor de los bienes invertidos
- El cónyuge conserva el derecho de llevar a cabo la subrogación comprando otro inmueble. (sí manifestó su ánimo de subrogar en la escritura de venta)
Consecuencias cuando SI opera la subrogación
- Se mantiene la calidad de bien propio, el nuevo inmueble es bien propio
- se genera una recompensa del c a la sc por el valor de la diferencia
Requisitos para que opere la subrogación
- Que sean bienes propios
- Que se exprese el animo de subrogar (En escritura de venta como en la de compra)
- Que exista proporcionalidad
Si la diferencia es MAYOR a la mitad del precio de compra
NO HAY SUBROGACIÓN
Si la diferencia es menor o igual a la mitad del precio de compra
SI HAY SUBROGACIÓN