Sociedad conyugal Flashcards
QUÉ ES LA SOCIEDAD CONYUGAL?
Es una sociedad de bienes que se forma entre los
cónyuges por el hecho del matrimonio, todos los bienes que los cónyuges aportan al matrimonio y los que adquieren durante él constituyen una masa común que pertenece a ambos, y que se divide una vez disuelta la comunidad.
CUÁLES SON LOS HABERES DE LA
SOCIEDAD CONYUGAL?
Para determinar los bienes que componen el activo de la sociedad conyugal, hay que distinguir:
Haber Absoluto
Haber Relativo
Haber Propio
QUÉ ES EL HABER ABSOLUTO?
Lo forman todos aquellos bienes que ingresan a la sociedad conyugal en forma definitiva, sin derecho a recompensa.
CUÁLES SON LOS BIENES QUE
COMPONEN EL HABER ABSOLUTO?
-Salarios y emolumentos de todo género de empleos y oficios, devengados durante el matrimonio
-Todos los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucros de cualquier naturaleza, que provengan, sea de los bienes sociales, sea de los bienes propios de cada uno de los cónyuges, y que se devenguen durante el matrimonio
-Todos los bienes muebles e inmuebles que cualquiera de los cónyuges adquiera durante el matrimonio a título oneroso
-Las minas denunciadas por uno o ambos cónyuges durante la vigencia de la sociedad conyugal
-La parte del tesoro que corresponde al dueño del sitio en que se encuentra,
cuando el tesoro es hallado en un terreno social
QUÉ ES EL HABER RELATIVO?
Lo forman aquellos bienes que ingresan a la sociedad conyugal otorgando al cónyuge aportante o adquirente un derecho de recompensa que éste hará valer al momento de la liquidación.
QUÉ BIENES COMPONEN EL
HABER PROPIO?
-Bienes inmuebles que un cónyuge tiene al momento del matrimonio
-Inmueble adquirido a título gratuito por uno de los cónyuges durante la
vigencia de la sociedad conyugal (arts. 1726 y 1732 cc)
-Aumentos que experimenten los bienes propios de los cónyuges (art. 1727
n° 3 cc).
-Créditos o recompensas que los cónyuges adquieren contra la sociedad y que pueden hacer valer al momento de la disolución
-Inmuebles subrogados a un inmueble propio de uno de los cónyuges o a
valores (art. 1727 n° 1 y 2 cc).
EN QUÉ CONSISTE EL PASIVO DE LA
SOCIEDAD CONYUGAL?
El pasivo de la sociedad conyugal son aquellas deudas u obligaciones que contrae uno de los cónyuges, para los acreedores que son terceros no hay pasivo social, entonces no existe la sociedad conyugal, y van a perseguir el cumplimiento sobre los bienes del marido o la mujer.
Es una vez pagada la deuda que se determina a que
patrimonio se debe imputar, es cuando se distingue entre pasivo absoluto y pasivo relativo.
CUÁL ES EL PASIVO ABSOLUTO?
Lo forman aquellas deudas que la sociedad conyugal debe pagar sin derecho a recompensa. La deuda es social tanto desde el punto de vista de la obligación como de la contribución a la deuda.
CUAL ES EL PASIVO RELATIVO?
Lo forman aquellas deudas que la sociedad conyugal debe pagar, pero no soportar, adquiriendo una recompensa en contra del cónyuge deudor.
La deuda es:
social desde el punto de vista de la obligación a la
deuda, pero es personal del cónyuge desde el punto de vista de la contribución a la deuda.
QUÉ SON LAS RECOMPENSAS?
Son el conjunto de créditos o indemnizaciones en dinero que se hacen valer al momento de liquidar la sociedad conyugal, a fin de que cada cónyuge aproveche el aumento y soporte en definitiva las cargas que legalmente le corresponde. Se dice también que son las indemnizaciones
pecuniarias a que los patrimonios del marido, de la mujer y de la sociedad están obligados entre sí.
A QUIÉN CORRESPONDE LA
ADMINISTRACIÓN ORDINARIA DE LA
SOCIEDAD CONYUGAL?
Según el Art. 1749 CC., corresponde al marido la
administración de los bienes sociales y los de la mujer, esta es la administración denominada ordinaria. La administración ordinaria de la sociedad conyugal la ejerce de pleno derecho el marido por la sola celebración del matrimonio, sin necesidad de estipulación alguna.
CUÁLES SON LAS LIMITACIONES QUE
EXISTEN PARA LA ADMINISTRACIÓN
DE LA SOCIEDAD CONYUGAL?
Las limitaciones impuestas en el código civil señalan que el marido necesita la autorización de la mujer para realizar ciertos actos:
.-Enajenar o gravar voluntariamente los bienes raíces sociales
.-Prometer enajenar o gravar voluntariamente los bienes raíces sociales
.-Dar en arriendo o ceder la tenencia de los bienes raíces sociales urbanos por más de cinco años o lo rústico por más de ocho
.-Garantizar o caucionar obligaciones contraídas por terceros
.-Enajenación o gravamen voluntario o promesa de enajenación o gravamen sobre derechos hereditarios de la mujer
.-Disponer gratuitamente entre vivos de los bienes sociales
CUÁL ES LA SANCIÓN AL ACTO
JURÍDICO EN QUE SE OMITE LA
AUTORIZACIÓN DE LA MUJER?
Los actos que requieran esta autorización, y que no cuenten con ella, la sanción es la nulidad relativa del mismo por falta de la formalidad habilitante que representa
EN QUÉ CONSISTE LA
ADMINISTRACIÓN EXTRAORDINARIA
DE LA SOCIEDAD CONYUGAL?
EN QUÉ CONSISTE LA
ADMINISTRACIÓN EXTRAORDINARIA
DE LA SOCIEDAD CONYUGAL?
EN QUÉ CASOS LA MUJER SERÁ
ADMINISTRADORA DE LA SOCIEDAD
CONYUGAL?
En los casos que el marido es declarado demente o es sordo o sordomudo que no puede darse a entender claramente
EN QUÉ CASOS LA ADMINISTRACIÓN
CORRESPONDERÁ A UN TERCERO QUE
ES NOMBRADO CURADOR?
Corresponde la administración a un curador en los casos en que la mujer sea incapaz, la mujer se excuse de ser ella la administradora o en el caso en que el marido es disipador
QUÉ OCURRE SI LA MUJER NO
QUIERE TENER LA ADMINISTRACIÓN
EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD
CONYUGAL?
La administración quedara en manos de un tercero curador, o tiene la opción de pedir la separación de bienes
CUÁLES SON LAS CAUSALES POR
LAS CUALES PUEDE DISOLVERSE LA
SOCIEDAD CONYUGAL?
Las causales se encuentran señaladas en el artículo 1764
del Código Civil, estas son:
1.Muerte natural de uno de los cónyuges.
2.Por muerte presunta
3.Sentencia de separación judicial
4.Sentencia de separación total de bienes
5.Sentencia que declara la nulidad del matrimonio
6.Sentencia de divorcio
7.Pacto de participación en los gananciales.
8.Pacto de separación total de bienes
CUÁLES SON LOS EFECTOS DE LA
DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD
CONYUGAL?
Se genera una comunidad entre los cónyuges y debe procederse a la liquidación de la sociedad conyugal.
EN QUÉ CONSISTE EL PATRIMONIO
RESERVADO DE LA MUJER?
Son los que la mujer adquiere con su trabajo separado del marido, los que adquiere con ellos y los frutos de unos y otros. Se rigen por el Art. 150, este señala en el inciso 2 que
“La mujer casada, que desempeñe algún empleo o que ejerza una profesión, oficio o industria, separados de los de su marido, se considerará separada de bienes respecto del ejercicio de ese empleo, oficio, profesión o industria y de lo que en ellos obtenga, no obstante cualquiera estipulación en contrario”.
CUÁLES SON LOS REQUISITOS DEL
PATRIMONIO RESERVADO?
1.Trabajo de la mujer.
2.Trabajo remunerado.
3.Trabajo desarrollado durante la vigencia de la sociedad conyugal
4.Trabajo separado de su marido
QUIÉN TIENE LA ADMINISTRACIÓN DE
LOS BIENES RESERVADOS?
La ejerce la mujer con amplias facultades; la ley la considera para este efecto como separado de bienes
EN QUÉ CONSISTE EL RÉGIMEN DE
PARTICIPACIÓN EN LOS GANANCIALES?
Es aquel régimen en el cual durante la vigencia del
matrimonio ambos cónyuges tiene su propio patrimonio y lo administra cada uno, sin embargo, una vez extinguido el matrimonio se forma una comunidad respecto de los bienes que cada cónyuge adquirió durante la vigencia del matrimonio a título oneroso, y se divide en partes iguales.?