Seguridad Social Flashcards
Principios de la seguridad social
Principio de universalidad: la subjetiva; debe proteger a todos. la objetiva; debe cubrir todas las contingencias.
Principio de integridad o suficiencia: consiste en que las prestaciones deben ser suficientes en calidad y cantidad para satisfacer las contingencias.
Principio de unidad: los servicios de seguridad social deben funcionar con criterios congruentes y prestaciones similares.
Características antiguo sistema de pensiones
- el trabajador se afiliaba a la caja que le correspondía por su trabajo; 2. la administración era estatal; 3. se basaba en el sistema de reparto
Características del nuevo sistema de pensiones
1- trabajador elige AFP y puede cambiarse. 2- la administración es privado. 3- genera ahorro e inversión. 4- basado en sistema financiero de capitalización individual. 5- se basa en el principio de subsidiaridad.
Fuentes del derecho de la seguridad social
1- la CPR: art. 19 nº18 garantiza derecho a la seguridad social, el estado debe garantizar el acceso a todos a la seguridad social y supervigilara el adecuado ejercicio.
2- la ley: solo leyes dispersas.
3- potestad reglamentaria
4- jurisprudencia
5- fuentes internacionales: hay normas y principios de la OIT y los TTII.
Afiliación social.
Es un acto jurídico por medio del cual una persona se incorpora a una institución de seguridad social, contrayendo obligaciones y derechos. En nuestro país es múltiple. Prestaciones familiares: el empleador libremente elige si afiliarse o no y a cual caja afiliarse.
Cotizaciones de seguridad social
Naturaleza jurídica: son un tributo especial afectado.
Quien paga: trabajador paga a AFP el 10%, el 7% a salud, el 0,6% a seguro de cesantía. Empleador paga la mutual, una cotización base del 0,9% de la remuneración del total de sus trabajadores y una adicional entre 0 a 3,4% dependiendo del riesgo de la empresa. 2,21 AFP y 2,4 AFC.
Sancion por el no pago de cotizaciones.
Reajustes: las sumas adeudas se reajustan entre el ultimo día del plazo hasta el día que efectivamente se pagaron.
Intereses legales: equivalente a la tasa de interes corriente para operaciones reajustables.
Multa: 0,75 UF por cada trabajador.
Arresto
Ley busto: si despide sin estar al día con cotizaciones, despido es nulo y debe pagar remuneración hasta que se pague la deuda. empleador se puede librar si la deuda es menos de 2 UTM . trabajador tiene 6 meses para la acción. la acción de las instituciones previsionales para cobrar al empleador prescribe en 5 años desde terminado el servicio.
Concepto de salud comun, laboral, de la OMS y las modalidades de salud.
la salud comun: trata las enfermedades y accidentes no relacionadas con el trabajo.
salud laboral: se refiere a los accidentes de trabajo cubiertos por la mutual que el empleador se haya afiliado.
Concepto OMS: salud es un estado completo de bienestar físico, mental y ambiental.
En nuestro pais hay 3 modalidades de salud: 1) modalidad de atención institucional en los servicios de atención del estado. 2) modalidad de libre elección publica. 3) modalidad de libre elección privada.
Las Isapres (concepto)
creadas con el DL 1 1981 con el propósito que el 20% con mas ingresos se uniera para descongestionar el servicio publico.
son personas jurídicas con objeto exclusivo de financiar las prestaciones de salud, con cargo de cotización del 7% o uno mas alto convenido y requiere registrarse en la superintendencia, quien las fiscaliza.
Como se afilia a una isapre
Para afiliarse a la Isapre hay que completar y firmar una declaración de salud del afiliado y su carga familiar, si hay enfermedad preexistente, la cubre a los 18 meses y si no se declaro no la cubre los primeros 5 años. se firma un contrato de salud que comienza al mes subsiguiente.
Clausulas contrato de ISAPRE
- En primer lugar se establece la modalidad del plan. libre elección: afiliado elige medico y clínica. plan cerrado; solo puede utilizar los prestadores de salud que indique la isapre. combinación: afiliado puede optar por atenderse con prestadores preferentes de la isapre por copago menor o se atiende con cualquiera por un copago mas alto.
- En el contrato se indica a los beneficiaros que son el afiliado y sus cargas; la cónyuge que no trabaja, hijos hasta los 18 o 24 si estudia o hasta que termine los estudios, hasta el 31 de dic. del año que los cumple. si todavía no termina o no tiene ingreso, puede seguir como carga. si fallece el afiliado su carga queda cubierta por el resto del año.
- Debe señalar los beneficios
- Se establece el precio del plan: ley autoriza a las isapres subir el precio anualmente.
- debe indicar cuanto sube si tiene hijos o rebaja si muere carga.
- indicar prestaciones excluidas
El pago de isapre a mujer embarazada y los Excedentes
La mujer embarazada, si se cambia de isapre, la antigua isapre cubrirá el parte de acuerdo al numero de meses de embarazo que estuvo afiliada y la nueva cubrirá en forma proporcional.
Excedente: consisten en montos de dinero que se paga a la isapre por el o los empleadores por una cantidad que supere el costo del plan. ese excedente es de propiedad del afiliado y puede utilizarlo en medicamentos, pagar diferencias o copago, etc. y si al año calendario no se utilizo todo, se devuelve al afiliado.
Termino del contrato de salud.
la isapre esta facultada para poner termino al contrato: afiliado entrego info falsa, no pago de cotizaciones en caso de cotizaciones voluntarias independientes, pero si el empleador no paga la isapre esta obligada a continuar la cobertura y demandará al empleador, el afiliado omitió carga familiar. si el afiliado queda sin trabajo la isapre sigue la vigencia hasta el mes siguiente del termino.
El afiliado también puede poner termino mediante el desahucio a través de una carta avisando el termino, el contrato terminara el primer día del mes subsiguiente
Modalidad Institucional y Modalidad libre elección publica
Institucional: consiste en atenderse en servicios de salud del estado en forma gratuita, es para indigentes, cesantes y para quienes se encuentren afiliados a fondas.
Libre elección publica: fondo nacional de salud, aporta el estado y los afiliados con el 7% de remuneración. El afiliado puede atenderse con médicos con convenio a fonasa, o pagar el 100%. en cuanto a hospitalizaciones en el sistema publico es gratuito y en privado se pagaría copago alto porque cubre poco.
Atención de urgencia
estado de urgencia es cuando la condición clínica de una persona implica riesgo de muerte o secuela funcional grave de no mediar atención medica inmediata e impostergable. el medico de urgencias debe emitir un certificado que indique la necesidad de atención de urgencia.
- Ninguna clinica u hospital puede condicionar la atención a la entrega de un cheque, dinero, etc.
La atención de urgencia es gratuita a los afiliados a fonasa en el sistema publico. los afiliados a isapre, esta institución paga el estado de urgencia y posteriormente le cobra y si no puede pagarlo la isapre da préstamo.
el estado de urgencia termina cuando el paciente esta estabilizado, no corre riesgo vital, y puede trasladarse a otra sección de la clínica o trasladarse a otra clínica u hospital o a su domicilio.
Plan auge o GES
constituye un conjunto de beneficios garantizados por ley para los afiliados a isapre y fonasa. se pueden exigir las siguientes garantías:
- garantia de acceso: por ley el que tenga una enfermedad cubierta tiene derecho a acceder al plan.
- Garantia de oportunidad: hay tiempos máximos de espera para el otorgamiento de las prestaciones según sea de urgencia.
- protección financiera: el afiliado a fonasa no paga y el de isapre paga con ciertos limites.
- garantia de calidad: las prestaciones se otorgan por instituciones y médicos acreditado ante la autoridad.
Para atenderse en este plano debe concurrir a la institución para que se le indique el medico y clínica u hospital donde le van a dar las prestaciones. el plan auge no tiene tope. para el afiliado a isapre hay un deducible que va a depender de lo que paga al mes pero no mas allá de 122 UF y todo el monto que supere lo paga la isapre
Seguro de enfermedades catastróficas
Es una enfermedad compleja y de alto costo.
para fonasa la atención es gratuita, para isapre tiene un costo que es el deducible que va a varias entre 60 y 126 UF según la cotización mensual.
Para acceder el afiliado tiene que estar dispuesto atenderse en una red cerrada de salud, puede elegir la clínica y el medico pero generalmente con un costo mayor.
- Cada plan tiene un tope anual de beneficio
- Fonasa es gratis y Isapre con seguro o plan.
- tiene una serie de exclusiones (tratamiento por patologías psiquiátricas, por infertilidad, obesidad mórbida, etc.)
Ley Ricarte Soto
Es una ley que cubre enfermedades de alto costo como las oncológicas y enfermedades raras o pocos frecuentes, determinadas en un decreto supremo del minsal.
Salud Laboral
relacionado con accidentes y enfermedades laborales. Ley 16.744 establece un seguro obligatorio que cubra accidentes y enfermedades labórales.
El accidente del trabajo es toda lesión que una persona sufre a causa o con ocacion del trabajo y que le produce una incapacidad temporal o permanente o la muerte.
Se considera que ha sucedido por causa del trabajo cuando tiene un origen inmediato y directo en el trabajo ejecutado, ocurrido en lugar del trabajo y jornada laboral. Un accidente con ocasión de trabajo es cuando existe una relación indirecta con el trabajo.
se asimila: 1) accidentes cuando los trabajadores salen de la empresa a cursos de capacitación. 2) ocurridos a dirigentes sindicales cuando esten cumpliendo dichas funciones. 3) accidente de trayecto, para esto debe ser un trayecto directo, se prueba con una constancia.
no se considera accidente de origen laboral: 1) si se origina por fuerza mayor o caso fortuito y que sea extraño al trabajo. 2) accidentes causados intencionalmente por la víctima.
Enfermedades profesionales
Son las causadas de una manera directa por el ejercicio del trabajo y que produzca en la víctima incapacidad o muerte.
existe un reglamento que señala las enfermedades profesionales.
Si un trabajador considera que su enfermedad es de origen laboral puede demostrarlo ante el organismo administrador del seguro.
Diferencia entre accidente y enfermedad: el accidentes es de forma repentina y violenta y la enfermedad es de forma lenta y paulatina.
Se otorgan las mismas prestaciones.