SEGUNDA PARTE Flashcards

1
Q

QUE ES LA ACTIVIDAD PROBATORIA

A

Conjunto de actos tanto procesales como extraprocesales, pero con fines procesales, encaminados a la obtención de la prueba a su incorporación al proceso y a convencer al juez. No aplica para las pruebas materiales y tampoco se aplica como regla general en las pruebas administrativas.

Conjunto de fases y etapas que buscan poner en claro si un determinado suceso o situación se ha producido o no en una forma determinada para lograr los efectos perseguidos.

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2
Q

CUALES SON LAS FASES DE LA ACTIVIDAD PROBATORIA

A
  1. PRODUCCION Y OBTENCION DE LA PRUEBA
    2.ASUNCION DE LA PRUEBA
    3.VALORACION O APRECIACION DE LA PRUEBA
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3
Q

QUE ES LA PRODUCCION Y OBTENCION DE LA PRUEBA

A
  • Averiguamiento o investigación: el objeto de esta fase es descubrir la fuente de las pruebas, bien sea la cosa o persona que las pueden suministrar.
  • Aseguramiento o defensa: impide que se desvirtué o se pierda la prueba o que su práctica se haga imposible por otras causas y conservar las cosas y circunstancias deben ser probadas. Tiene 3 subfases:
     Apoderamiento material preventivo.
     Recepción anticipada o prejudicial de la prueba.
     Coerción oficial para la práctica de pruebas.
  • Proposición y presentación: la presentación cuando la parte interesada aduce el medio y el juez se limita a admitirlo sin que deba adelantar actividad alguna de práctica. Solo hay proposición cuando la parte se limita a indicar un posible medio con el fin de que el juez la decrete y proceda a su práctica.
  • Admisión, ordenamiento y decreto: se admiten las pruebas que se aportan, se ordena las que se solicitan y han de practicarse. Tanto las que se admiten como las que se ordenan deben decretarse. Sin el cumplimiento de esta fase de la prueba presentada o practicada carece de valor.
  • Recepción o practica: la recepción es la simple agregación de la prueba cuando es presentada por la parte, practica es cuando esta está solicitada. Son los actos procesales necesarios para que los diversos medios concretos aducidos o solicitados se incorporen o ejecuten en el proceso.
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4
Q

QUE ES LA ASUNCION DE LA PRUEBA

A

Esta referida a la comunicación subjetiva del juez con el medio probatorio incorporado al proceso – la operación psicológica que realiza el juez para conocer y entender ese medio de prueba, saber en qué consiste y conocer su contenido

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5
Q

QUE ES LA VALORACION DE LA PRUEBA

A

Son los sistemas de convicción.

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6
Q

ETAPAS DE LA ACTIVIDAD PROBATORIA

A
  • Conformación del objeto concreto de la prueba. Está en la demanda, contestación, demanda de reconvención
  • Conformación del tema de la prueba. Tiene relación con la conformación, pero no son idénticos.
  • Petición de prueba. 82. 6 CGP. Contestación de la demanda, demanda de reconvención y excepciones.
    o Proposición simple
    o Proposición con presentación
  • Decreto de prueba. (el juez define que la prueba será tenida en cuenta) 372. 10. El juez debe hacer una previa labor para ver si decreta o no la prueba. Pertinencia, eficacia, utilidad, conducencia y licitud168 CGP. El juez puede rechazarla a través de un auto, debe ir motivada
    o Petición
    o De oficio: se puede extender hasta antes de la sentencia. El juez en el momento de fallar puede decir que falta una prueba y la decreta de oficio.
  • Práctica de prueba. Recepción de la prueba. Tras el decreto sigue la citación, a partir de esta, comienza la práctica. Pruebas materiales no se valoran. Asunción se relaciona con esta. 203
  • Valoración de la prueba. 176 CGP. Apreciar las pruebas a partir de la sana crítica. El juez no puede prejuzgar
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7
Q

SUJETOS Y ORGANOS DE LA ACTIVIDAD PROBATORIA

A
  • Sujetos: partes y juez
    o Partes: proposición y presentación de la prueba
    o Juez: ordenación y admisión de la prueba, recepción, práctica, destinatario, asunción, valoración y apreciación
  • Órganos: las personas que se limitan a colaborar con el juez en dicha actividad
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8
Q

QUE ES EL OBJETO DE LA PRUEBA

A
  • Objeto abstracto: todo lo que puede ser probado
  • Objeto concreto: un proceso en particular. 82. 5 CGP. Se encuentra en la demanda, contestación de la demanda, demanda de reconvención, etc. Está regulado

o Teoría individualización: Basta con que se relacione uno o varios hechos o juicios sobre hechos, los que no se mencionen, se entienden mencionados en la medida que tengan una relación con los hechos mencionados

o Teoría sustantación: solo se tendrá como objeto concreto todos los juicios que se relacionen en la demanda o en la contestación, etc.

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9
Q

¿Cuál es el acto más importante de las partes y en él se ejercita el derecho de acción frente al estado?

A

La demanda, persigue una sentencia justa y hacer valer la pretensión frente al demandado.
Esa pretensión tiene fundamentos de hecho y de derecho.

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10
Q

QUE ES EL FUNDAMENTO DE HECHO Y DE DERECHO

A

Fundamentos de hecho – constituyen la causa petendi de la demanda (hechos constitutivos de derecho)

Fundamentos de derecho – las normas que consagran el derecho que se reclama en el proceso

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11
Q

QUE ES EL SISTEMA DE CONVICCION

A

es una actividad de orden intelectual. Al tratarse de una prueba judicial tiene como objetivo exclusivo al juez

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12
Q

CUAL ES EL FIN DE LA PRUEBA

A

o Diferente al fin de su valoración
o La valoración mira el resultado de la prueba (positiva o negativa)
o Mientras que el fin de la prueba es producir convicción o certeza en el juez

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13
Q

A QUE SE REFIERE COMO LOS HECHOS COMO OBJETO DE LA PRUEBA

A
  • Conductas humanas
  • Hechos de la naturaleza
  • Cosas o los objetos materiales
  • Persona física humana, su existencia, característica, estado de salud
  • Estado y hechos psíquicos o internos del hombre (incluyendo su intención o voluntad)
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14
Q

QUE ES PROBAR

A

Es convencer al juez sobre la verdad de los hechos que han de servir de fundamento a la decisión que toma.

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15
Q

CUAL ES LA NECESIDAD DE LA PRUEBA

A

Se debe probar los hechos que constituyen el presupuesto de las normas jurídicas aplicables a las pretensiones y excepciones. Los requisitos para que un hecho sea parte de la prueba son dos:

  1. Que sea conducente y pertinente a los fines del proceso
  2. Que no esté exento de prueba – aquello sobre los cual las partes deben orientar su actividad probatoria.
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16
Q

QUE SON LOS JUICIOS EXENTOS DE PRUEBA

A
  1. Hechos admitidos o confesados por las partes
  2. Hechos presumidos legalmente: presumir significa dar una cosa por cierta “sin que este probada sin que nos conste.”
    Por medio de las presunciones ocurre una de dos posibilidades:
    i. Que quien alega la presunción para fundar su derecho desplace la carga de la prueba en cabeza de su adversario
    ii. Que quien alega la presunción le niega a su adversario por entero la facultad de acudir a prueba alguna que demuestre la no existencia del hecho decisivo
    La consecuencia de la presunción es que relevan de la carga probatoria a los sujetos a favor de quienes operan. Una vez demostrado aquello sobre lo cual se apoyan, ya no es preciso mostrar valiéndose de otros medios de prueba lo presumido por la ley. ¿Las presunciones son un medio de prueba?, las presunciones no son un medio prueba. Pero si tienen que ver con la verdad procesal y exime a quien la alega, de la actividad probatoria.
  3. Hechos notorios: aquel conocido directamente por cualquiera que se halle en capacidad de observarlo. Aquel conocido por persona de mediana cultura dentro de un determinado conglomerado social en el tiempo que se produce una decisión y que es conocido por el juez. Los requisitos del hecho notorio
    * No se requiere un conocimiento universal
    * Debe ser el conocimiento de una persona de mediana cultura
    * El hecho puede ser permanente o transitorio
    * No se requiere que todos lo hayan presenciado
    * Debe ser conocido por el juez para no ser probado – debe referirse a hechos, no a conceptos, opiniones, rumores
    * Debe ser alegado.
  4. Afirmaciones y negaciones indefinidas: son aquellas que ni indirectas o implícitamente conllevan ninguna afirmación o negación opuesta: que no solo son indeterminables en el tiempo y en el espacio, sino que, en la práctica, no son susceptibles de probar por medio alguno.
17
Q

QUE ES LA TARIFA DE LA PRUEBA

A

Se le predica la carga de la prueba. En la tarifa legal la carga de la prueba se aplica a plenitud, es decir quien debía probar y no probo tiene una decisión en contra. Mientras que en la sana critica esa regla de juicio se convierte en un sustituto.

18
Q

CUALES SON LAS REGLAS DEL JUICIO

A
  • Opera solo en caso que un hecho haya quedado incierto o donde haya existido insuficiencia de prueba. El juez deberá aplicar las reglas de juicio, si es que el legislador las ha contemplado.
  • Antes se creía que la carga de la afirmación iba unida a la tarifa legal. La regla de juicio se vuelve sucedánea.
19
Q

QUE ES LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA

A
  • Actividad meramente intelectual que realiza el juzgador para con base en la masa probatoria. Es la íntima convicción, tarifa legal y sana crítica
  • Íntima convicción: el juez falla de acuerdo a sus sentimientos.
  • Tarifa legal:
  • Sana crítica: sistema de valoración de la prueba por medio del cual el juzgador debidamente facultado por el legislador, determina su convencimiento con base en la masa de prueba, de acuerdo a su libre criterio, tan solo regulado por la sana razón, los aportes científicos, las máximas de la experiencia, el objeto de la prueba, las formas procesales y la motivación.
20
Q

CUALES SON LOS DEBERES PROCESALES

A

Son deberes procesales aquellos imperativos establecidos por la ley en orden a la adecuada realización del proceso y que miran, unas veces al Juez, otras a las partes y aun a los terceros y su incumplimiento se sanciona en forma diferente según quien sea la persona llamada a su observancia y la clase de deber omitido (Estatuto del Abogado) Se caracterizan porque emanan, precisamente, de las normas procesales, son de derecho público, y, por lo tanto, de imperativo cumplimiento en términos del artículo 6º del Código

21
Q

CUALES SON LAS OBLIGACIONES PROCESALES

A

Las obligaciones procesales son aquellas prestaciones de contenido patrimonial impuestas a las partes con ocasión al proceso. Costas.

22
Q

CUALES SON LAS CARGAS PROCESALES

A

Cargas procesales son aquellas situaciones instittuidas por la ley que demandan una conducta de realización facultativa. Se caracteriza porque el sujeto a quien se las impone la ley conserva la facultad de cumplirlas o no, sin que el juez o persona alguna pueda compelerlo coercitivamente a ello, todo lo contrario de lo que sucede con las obligaciones; de no, tal omisión le puede acarrear consecuencias desfavorablesprobar los supuestos de hecho para no recibir una sentencia adversa

  • La carga de la prueba es un elemento característico de los sistemas procesales de tendencia dispositiva. Se conoce como principio onus probandi, el cual indica que por regla general corresponde a cada parte acreditar los hechos que invoca, tanto los que sirven de base para la demanda como los que sustentan las excepciones, de tal manera que deben asumir las consecuencias negativas en caso de no hacerlo

o Importancia: supone la garantía de que en todo caso se va a dar una solución a las pretensiones oportunamente deducidas en el pleito y establece y da a conocer las reglas que seguirá el juzgador para ello. Las reglas de distribución de la carga de la prueba constituyen un autentico reflejo del derecho a la tutela judicial efectiva.

  • Aspectos de la carga de la prueba

o La carga de la prueba como regla de conducta para las partes. Relevancia del principio de aportación de parte pues establece que son las son las partes las que deben alegar los hechos objeto de sus pretensiones y que sobre ellas también recaerá la carga de probar la existencia de esos hechos.

o La carga dela prueba en sentido objetivo o regla de juicio, opera solo en caso que un hecho haya quedado incierto o donde haya existido insuficiencia de prueba

o Apelación en la sana crítica y en los demás sistemas de valoración probatoria. Se define habitualmente como la regla de dicision o de juicio que permite al juzgador resolver la controversia. Facilitan al juzgador un criterio que permite resolver la controversia sometida a su decisión

23
Q

CUAL ES LA IMPORTANCIA DE LA CARGA DE LA PRUEBA

A

Supone la garantía de que en todo caso se va a dar una solución a las pretensiones oportunamente deducidas en el pleito y establece y da a conocer las reglas que seguirá el juzgador para ello.

Las reglas de distribución de la carga de la prueba constituyen un auténtico reflejo del derecho a la tutela jurídica efectiva.

24
Q

CUALES SON LSO ASPECTOS DE LA CARGA DE LA PRUEBA

A
  1. La carga de la prueba como regla de conducta para las partes.
    Relevancia del principio de aportación de parte pues establece que son las partes las que deben alegar los hechos objeto de sus pretensiones, y que sobre ellas también recaerá la carga de probar la existencia de dichos hechos.

Ante la necesidad de actuar para prevenir un perjuicio procesal, deberán probar una serie de hechos que constituyen la prueba con base en la cual el juzgador decidirá el asunto, evitando así una sentencia desfavorable.
Por lo tanto, también representa una carga procesal, que podría definirse como un imperativo del propio interés de las partes en el proceso

  1. La carga de la prueba en sentido objetivo o regla de juicio opera solo en caso que un hecho haya quedado incierto o donde haya existido insuficiencia de prueba.
    En todos esos casos, el juez, obligado que esta de fallar deberá aplicar las reglas de juicio si es que el legislador las ha contemplado.
25
Q

QUE ES LA VALORACION PROBATORIA

A

Se define habitualmente como la regla de decisión o de juicio que permite al juzgador resolver la controversia. Facilitan al juzgador un criterio que permite resolver la controversia. Facilitan al juzgador un criterio que permite resolver la controversia sometida a su decisión (cuando existen hechos relevantes para el proceso que han quedado inciertos).

Esta regla de juicio no sustituye el enjuiciamiento del órgano judicial, sino que evita la parálisis y la inercia impuestas por la incerteza de determinados hechos que imposibilitan el enjuiciamiento y salvaguarda el principio de seguridad jurídica, pues ante un supuesto de incerteza probatoria evitan un pronunciamiento arbitrario del juzgador

26
Q

QUE SON LOS MEDIOS DE LA PRUEBA

A

Es la forma como ingresa la fuente de la prueba al proceso. En materia penal se habla de elemento material probatorio de

27
Q

CUAL ES LA TEORIA DE LOS MEDIOS DE LA PRUEBA

A
  1. Taxativa: deben estar estrictamente mencionados en la legislación legal.
  2. Libre: el legislador no tiene por qué no debe mencionar un medio de prueba.
  3. Intermedia: si bien el legislador da una lista taxativa sin embargo pueden darse otros medios que no están contemplados
28
Q

ART. 165 DE CGP

A
  • La declaración de parte: se cuenta cómo se dieron los hechos. Género
  • La confesión: se confiesa una traición, un incumplimiento. Especie
  • El juramento: declaración solemne que se hace ante un juez de decir la verdad en la declaración que rinde o en las manifestaciones que haga. 206 CGP
  • El testimonio de terceros: manifestación de terceros que se hace al juez sobre el conocimiento de los hechos que se requieren dentro del proceso con el fin de esclarecer de manera cronológica en cuanto a circunstancias de tiempo, modo y lugar, la situación que resulta relevante
  • Dictamen pericial: se nombra a un experto con conocimiento técnico sobre un tema que resulta de relevancia en el proceso
  • Inspección judicial: el juez de manera personal o directa hace el examen de personas, lugares, cosas o documentos con el fin de esclarecer los hechos que son materia del proceso
  • Indicios: operaciones mentales a través de los cuales un hecho probado, se infiere la existencia de otro. Razonamiento mental, guiado de sana crítica
  • Documentos: son escritos que constatan algo que debe ser valorado.
  • Informes
29
Q

CUALES SON LOS REQUISITOS DE LOS MEDIOS DE PRUEBA

A

Pueden ser intrínsecos o extrínsecos. Los intrínsecos son:
1. Conducencia
2. Pertinencia: esta referida a la relación que tiene directamente con el objeto
3. Utilidad:
4. Licitud: esta referido a que preserve los derechos fundamentales.

Los extrínsecos son:
1. Idioma
2. Oportunidad procesal o ausencia de preclusión:
3. Competencia
4. Las formalidades procesales
5. Capacidad de las partes
6. Legitimación

30
Q

CLASIFICACIÓN DE LAW PRUEBAS

A

Según su objeto pueden ser

  • Directas: el juez conoce directamente las pruebas, y que tenga relación directa o indirecta del objeto de la controversia como tal.
  • Indirectas: lo hace a través de otros medios de prueba

Según su forma
* Escrita
* Oral

Según su estructura o naturaleza
* Personales: el origen de la prueba es una persona.
* Reales o materiales: cuando recae sobre objetos o cosas inanimadas.

Según su función
* Histórica: hacer un recuento de los hechos, en circunstancias de tiempo modo y lugar
* Critica o lógica: busca acreditar o desacreditar un hecho.

Según su finalidad
* Prueba de cargo / prueba de descargo o contraprueba: se hacen en las cargas de la demanda, la contra prueba, desvirtúa lo que yo estoy haciendo. Se va a temas procesales.
* Formales / sustanciales: se hacen en la contestación, se va al fondo del derecho.

Según su resultado
* Prueba plena o completa: es aquella que logra demostrar completamente el hecho, logra generar completo convencimiento al juez.
* Prueba semiplena o incompleta: cuando se necesita de algo más.

Según el grado o categoría
* Pruebas primarias: resultan fundamentales para que quede probado completamente hecho y genera un convencimiento casi que absoluto al juez
* Pruebas supletorias: son secundarias o accesorias del proceso.

Según el interviniente
* Partes
* Juez
* Tercero

Según la oportunidad o momento en que se producen
* Extra proceso: son pruebas anticipadas.
* Dentro del proceso

Según su contradicción
* Prueba controvertida: es la que no ha sido sumaria, son las que han sido debatidas.
* Prueba sumaria es la que no ha sido controvertida, puede ser soporte de una ley judicial en los casos que la ley lo señala

31
Q

QUE ES LA SANA CRITICA

A

Un sistema de valoración de la prueba, por medio del cual el juzgador debidamente facultado por el legislador determina su convencimiento con base en la masa de pruebas de acuerdo a su libre criterio tan sólo regulado por: la sana razón, los aportes científicos, las máximas de la experiencia, respetando el objeto de la prueba, el tema de la prueba, las formas procesales y la motivación.

Las máximas de la experiencia se usan en los alegatos de conclusión o cuando el juez esta hablando.
Teoría de la Individualización: probar los hechos que sirven para individualizar la pretensión
Teoría de la Sustanciación. Todos los hechos que tengan importancia para la decisión y probar todos los hechos de la demanda

32
Q

CUALES SON SUS CARACTERISTICAS

A
  • No puede ser arbitraria. Debe ser razonado y regirse por las normas de la experiencia y la lógica
  • Fallo motivado. El juez debe exponer la apreciación que lo llevo a tomar esa decisión.
  • Las formalidades procesales, no constituye una limitación para este sistema. Referidas a la ritualidad como los medios de prueba deben entrar al proceso para ser tenidos en cuenta.
  • La libertad de los medios de prueba no es esencial para este sistema.
  • A falta de prueba el fallo va a ser desfavorable.
  • Tiene como fin la búsqueda de una verdad material
  • Se necesita la facultad oficiosa del juez en la producción de la prueba.
33
Q

QUE ES LA DECLARACION DE PARTE

A

Es ya cuando la parte esta dentro del proceso. Ya presentamos la demanda, hicimos carga de afirmación, determinación del objeto y tema de la prueba, se hicieron peticiones, luego audiencia inicial que el juez va a determinar varias cosas

34
Q

QUE ES UN JURAMENTO

A

El juramento es la afirmación solemne que una persona hace ante un juez de decir la verdad en la declaración que rinde o en las manifestaciones que haga.

ART. 206 CGP- articulo de juramento estimatorio.

35
Q

QUE ES EL TESTIMONIO

A

Esta referida a la manifestación de los terceros que se hace al juez sobre el conocimiento de los hechos que requieren dentro del proceso con el fin de esclarecer de manera cronológica en cuanto a circunstancias de modo, tiempo y lugar, la situación que resulta relevante dentro del proceso.

36
Q

QUE ES EL EXAMEN PERICIAL

A

Se nombra a un experto sobre un tema que resulta de relevancia dentro del proceso. Para que este haga una especie de informe, pàra que aporte sus aportes científicos y técnicos.

El juez de manera personal y directa realiza el examen de personas, lugares, cosas o documentos con el fin de esclarecer los hechos que son materia del proceso. Esto con el fin

37
Q

QUE SON LOS DOCUMENTOS

A

Escritos que constatan algo que debe ser valorado, las pruebas científicas para hablar de estos informes es aquel estudio que exige un conocimiento o una experiencia particular que permite arrojar resultados próximos a la verdad.

Sería la teoria intermedia. “Y cualquier otro medio que sea útil para la formación del consentimiento del juez” excepto la pruebas materiales sustancia natus porque la única prueba es la que establece el legislador para acreditarlo.