PRIMERA PARTE Flashcards
¿QUE ES EL DERECHO?
Derecho es el Ordenamiento de la vida social basado en la justicia y con miras al bien común. Sin sociedad no hay derecho.
QUE ES EL DERECHO PROBATORIO
El derecho probatorio es una rama especial del derecho, es una ciencia.El que habla de ciencia tiene que hablar de un método y de un procedimiento.
El derecho es una ciencia derivada, es decir, que no es una ciencia autónoma
En el derecho probatorio como en todas las ciencias reconstructivas lo que se da es la verificación.
Para la aplicación de las leyes: dame los hechos y te dare el derecho. Causa petendi y petitum.
Es una rama especializada del derecho cuya verificación es realizar con utilidad social y judicial la verificación científica, fáctica y reconstructiva de los juicios formulados sobre los hechos jurídicos o relativos a la existencia de las fuentes del derecho
ACTOS DE CONOCIMIENTO
- Concepto: No se prueba
- Juicio: se le aplica un adjetivo, es más que el concepto, lo complementa
- Raciocinio
RELACION JURIDICA
Relación social, se necesita trascendencia para la colectividad y por ende regulada por el derecho. Tiene sujeto, objeto y contenido.
- Sujeto: Dignidad Humana
- Objeto: Bien jurídico protegido. Teorías:
o Lo que no es sujeto, es objeto
o Son los bienes
o Conformado por bienes, bienes personales (conectado con la DH) y la prestación
- Relación jurídica patrimonial
- Relación jurídica extrapatrimonial
- Contenido: Serie de derechos y obligaciones de quienes intervienen en la RJ, surgen porque los impone la ley o por acuerdo de las partes
El motor de la relación jurídica está en el elemento dinámico
Si no se da el elemento dinámico, no tiene sentido
El elemento dinámico es el hecho jurídico
El acontecimiento se da en dos grandes parámetros: el tiempo y el espacio
Todo gira alrededor del espacio y el tiempo, soporte probatorio
Se mira como la relación de la vida social con transcendencia para la colectividad y por ende regulada por el derecho.
TIPOS DE PRUEBAS JURIDICAS
- Materiales: proceso histórico. Aquellas que se confunden con los requisitos de existencia, validez y eficacia de los actos y negocios jurídicos
o Fuentes:
Ley a través de las normas imperativas. - Administrativas: Procedimiento administrativo, no contencioso-administrativo.
o Carecen de una regulación específica - Judiciales: Tiene conexión con la noción de prueba
o Quien dice prueba judicial, dice proceso
o Quien dice prueba judicial, dice juez
PRUEBAS JURIDICAS MATERIALES
Es el acto o conjunto de actos cuyo artífice es el sujeto de derecho encaminados a la verificación científica, fáctica, o reconstructiva de la veracidad de los juicios sobre los hechos jurídicos, con una utilidad social y con el fin de generar seguridad a las relaciones que son materia de la ciencia del derecho. La fuente de las pruebas, son la ley a través de las normas imperativas.
- Pruebas Ad substantiam actus o ad solemnitatem: es el acto o conjunto de actos cuyo artífice es el sujeto de derecho realizados con el propósito de generar seguridad en las relaciones jurídicas.de carácter Imperativo
- Pruebas Ad Probationem: es el acto o conjunto de actos cuyo artífice es el sujeto de derecho realizados en cumplimiento de disposiciones constitucionales y legales, o en aplicación de la autonomía de la voluntad privada
PRUEBAS JURIDICAS ADMINISTRATIVAS
: procedimiento administrativo, no contencioso administrativo. Carecen de una regulación específica. Es el acto o conjunto de actos, más o menos formalistas cuyo artífice son las personas y/o el funcionario administrativo, con el fin de verificar con una utilidad social, los juicios que se formulen sobre los hechos jurídicos que hacen parte de la norma
CONFESIÓN EXTRAJUDICIAL
la que se hace por fuera del proceso y por fuera del juez. La que se le hace a un amigo o a la persona que se beneficia de la confesión. No es ante el proceso. Es sui generis. Art 191.6 CGP
PRUEBAS JURIDICAS JUDICIALES
quien dice prueba judicial dice proceso, quien dice prueba judicial dice juez. Es el acto o conjunto de actos (tanto procesales como extraprocesales) pero siempre con fines procesales, de tipo formalista, cuyos artífices son sujetos procesales vio el funcionario judicial, encaminados a la verificación de los juicios sobre hechos jurídicos, que, en cumplimiento de la carga de la afirmac
PERSUASIÓN
- Persuasión débil: la que se basa en augurios, sentimientos
- Persuasión fuerte: cuando se empieza a aplicar la sana crítica. Empezó con Sócrates. Siglo XII se acaba la íntima convicción y se empieza a aplicar la tarifa legal por el papa. 1789 en materia penal, se regresa a la íntima convicción con el libro de Beccaria persuasión débil debido a que la tarifa legal fue un desastre, luego Kant crea otro método y procedimiento. 1989 se suprimió el jurado de consciencia en Colombia, antes, se tenía la íntima convicción, pero ahí no nace la sana crítica. No se puede tener persuasión débil si se dice que el derecho es una ciencia
LA NORMATIVIDAD
Se encuentra en el derecho interno y en el internacional, el cual se puede dividir en público o privado, en el derecho nacional además de estas dos también se puede dividir en sustancial y procesal.
CARACTERISTICAS DERECHO PROBATORIO
- Derivada: requiere el apoyo de otras ciencias
- Crucial: Los aportes de las otras ciencias son asimiladas por el operador judicial
- Documentaria: su tarea no puede cumplirse sin que se den los elementos básicos que se acreditan los hechos.
QUE ESTAN EN LA RELACION JURIDICA PASIVA
- Los deberes jurídicos: necesidad de ajustar el libre albedrio a la regla jurídica
- Responsabilidad: es la sujeción a los efectos reactivos del ordenamiento jurídico provenientes del incumplimiento anterior
- Garantía: es la asunción de responsabilidad
- Carga: al igual que el deber este representa un agravio del sujeto, pero el cumplimiento es de interés del sujeto mismo.
DERECHO SUBJETIVO
Facultad que un sujeto de derecho tiene para hacer determinados actos de relevancia jurídica dentro de un ámbito de libertad, esto lo proporciona el derecho objetivo, “podemos hacer todo salvo lo que tenemos expresamente prohibido
ELEMENTOS DEL DERECHO SUBJETIVO
Elemento estático. Sujeto
Persona natural
Elemento estático – objeto
* Se trata del bien jurídico, el interés
o Especie
Personas
* Bienes personales
* Bienes económicos o patrimoniales
Corporales
o Inmuebles
o Muebles
Incorporales
o Oras literarias
o Invenciones
Elemento dinámico de la relación jurídica (espacio y tiempo)
o Hecho jurídico
o Concepto genérico. Acontecimiento, suceso del hombre o la naturaleza que se percibe mediante los sentidos.