Segunda Interrogación Flashcards
Características de las normas de competencia absoluta
- son de orden público
- irrenunciables
- no procede la prórroga de competencia
- la incompetencia absoluta puede y deber ser declarada de oficio por el juez
- la incompetencia absoluta no tiene plazo para ser declarada
Cuantía. ¿Qué es? ¿Cómo se clasifica? ¿Cuándo se determina? Determinación de la cuantía, ¿puede alterarse? todos los casos.
La cuantía es el valor del objeto del juicio.
500 UTM: mayor cuantía
10-500: menor
Menos de 10: mínima
Se determina al presentarse la demanda, pero si hay reconvención debe contemplarse la suma entre demanda y esta.
Una vez determinada con arreglo de ley no puede alterarse.
Casos:
- asuntos no susceptibles de apreciación pecuniaria: Mayor cuantía
- asuntos no susceptibles de apreciación pecuniaria: si acompaña documentos, lo que ahí se señala. Si no acompaña:
- acción personal: vale lo que aprecia el demandante
- acción real: acuerdo de las partes. Se presume de derecho que hay acuerdo. Si no hay acuerdo, el juez aprecia mediante pericia.
- reglas especiales:
- pluralidad de acciones: monto al que ascienden todas las acciones entabladas
- pluralidad de demandados: valor total de la cosa determina la cuantía, aún cuando por no ser solidaria la obligación cada uno pagará una suma.
- juicio de desahucio o restitución de cosa: cuantía es el valor de la rents designada para cada mes
- juicio de reconvención: cuantía las rentas insolutas
- saldos insolutos: restos insolutos
- pensiones futuras: valor de las pensiones en un año
- en asuntos pactados en moneda extranjera: se puede incluir documento del banco señalando la cuantía en peso chileno.
La materia. ¿Qué es? ¿En qué ocasiones se utiliza? Ejemplos de sustracción de competencia.
La materia es la naturaleza del asunto disputado controvertido. Se utiliza en los tribunales especiales y como elemento de la competencia absoluta, fuero real. En aquel caso, funciona sustrayendo la competencia de un tribunal y dejándola en un tribunal superior. Ejemplos de esto:
- juicio de hacienda, asuntos judiciales no contenciosos, delitos de jurisdicción.
Fuero. ¿Qué es? ¿Cómo se clasifica? Ejemplos de situaciones en las que no opera el fuero.
Aquel elemento de la competencia que modifica la determinación de la jerarquía de un tribunal mediante la cuantía y materia, debido a la intervención de una persona constituida en dignidad. Se clasifica en:
Fuero mayor: conoce ministro de la corte de apelaciones. No aplica en sede penal.
Fuero menor: conoce juez de letra de primera instancia
Fuero de los jueces: alteración establecida por la ley de la jerarquía del tribunal que conocerá de las causas civiles y criminales de un juez de la República, ministro de la corte o fiscal del pjud.
No opera el fuero en: juicio de minas, juicio posesorio, juicio de distribución de aguas, partición, juicio sumario.
Tiempo. ¿Qué es?
En materia penal se incluye el elemento tiempo en la competencia absoluta, entendido como la fecha de comisión del delito. Esto, porque los tribunales tienen competencia y los tribunales pueden investigar, únicamente los delitos llevados a cabo después de la reforma procesal penal en su región.
Determinación de la competencia relativa: asuntos civiles contenciosos y prórroga de competencia. ¿Qué es la prórroga? ¿Qué efecto tiene para las partes una vez otorgada? Requisitos. Capacidad de las partes para prorrogar. Clasificación de la prórroga de competencia. Efectos de la prórroga.
La prórroga de competencia es aquel acto en el cual las partes, voluntaria o tácitamente, en tribunales ordinarios, asuntos contenciosos civiles de primera instancia confieren competencia a un tribunal que no conoce naturalmente de el en virtud del elemento territorio.
En las partes, una vez entregada, produce que no pueden solicitar la incompetencia del tribunal.
Requisitos: naturaleza, sólo contenciosos civiles. A través del elemento territorio. Sólo en tribunales ordinarios de igual jerarquía y de primera instancia.
Las partes deben tener capacidad de ejercicio para prorrogar, en ese sentido, los incapaces relativos pueden actuar representados.
Clasificación:
Prórroga expresa: aquella en virtud de la cual las partes expresamente prorrogan las competencia de un tribunal. Pueden hacerlo mediante una cláusula en su convención o un acto posterior.
Prórroga tácita: aquella en que se deduce la prórroga a través de determinadas conductas:
Del demandante: que interponga la dda en un tribunal
Del demandado: que su primera diligencia en el proceso sea cualquier otra menos solicitar la incompetencia del tribunal. EXCEPCIÓN: juicio ejecutivo.
Efectos:
- un tribunal que no tenia competencia ahora la tiene
- las partes no pueden solicitar la incompetencia
-efectos relativos, es decir, sólo para las partes.
A falta de prórroga. Casos y sus soluciones
Varias obligaciones por cumplirse en distintos lugares: será competente el juez del lugar donde se reclame el cumplimiento de la obligación
Demandados con distintos domicilios: en cualquiera de ellos
Personas jurídicas: donde realizan sus operaciones su sede
Acciones posesorias: donde se encuentren los bienes
Juicios de aguas: donde tenga el predio el ddo
Avería común: donde designe el ccom
Juicio de alimentos: donde viva el alimentante o alimentario, a decisión de este último
Juicios hereditarios: donde se abrió sucesión, es decir, en el último domicilio del ddo
Asuntos concursales: en el domicilio del deudor
A falta de reglas especiales de prórroga ¿qué se debe hacer? ¿Cómo se clasifican las acciones y cuáles son sus soluciones?
A falta de reglas especiales se debe determinar la naturaleza de la acción deducida, que se clasifican así:
Inmueble: lo que convengan las partes en su convención. Si no se señaló nada, puede ser, según la decisión del ddte, ya sea en el lugar donde se contrajo la obligación como donde se encuentra el inmueble.
Mixta: donde se encuentren los inmuebles
Mueble: donde estipulen las partes o en el domicilio del ddo.
Finalmente, si no se puede aplicar ninguna de estas reglas, será en el domicilio del ddte o ddo
Asuntos civiles no contenciosos. ¿De qué tipo son sus reglas? Señala cada caso establecido por el legislador para definir la competencia.
De orden público e irrenunciables, por lo que no procede la prórroga de competencia.
Materia secesoria; será también competente el juez que abrió la sucesión para los asuntos no contenciosos como tasación y partición
Nombramiento de tutores y curadores: donde vive el pupilo
muerte presunta; donde desapareció la persona
Autorizaciones de gravar o enajenar: donde están situados los bienes
Censo: donde se inscribió el censo, donde se inscribió la redención del censo
En asuntos penales, tb son reglas de orden público, y se caracterizan por hacer competente sl juez cel lugar donde se cometió el delito.
Competencia en asuntos penales.
En asuntos penales, tb son reglas de orden público, y se caracterizan por hacer competente sl juez cel lugar donde se cometió el delito.
Delitos cometidos en el extranjero: excepción al principio de territorialidad de la ley y radica en juzgados de garantía y top de la jurisdicción de la ca de stgo.
Delitos nacionales: juez de donde se comete el delito. Se entiende que es el lugar donde comenzó la ejecución del delito.
Incompetencia del tribunal.
¿Hay causales específicas para designar la nulidad procesal?
¿De qué formas se puede hacer valer la incompetencia del tribunal? Explicar cada una.
No hay causales específicas, se decreta cuando se han omitido normas en relación al procedimiento o competencia.
Oficio: también puede proceder a casar la sentencia de oficio. En cuanto a competencia relativa esto no es posible.
Incidental: a través de la
- declinatoria de competencia: aquella que se interpone en el tribunal que se considera incompetente para conocer de un asunto, señalando que tribunal sería competente y solicitando que decline de conocer del asunto.
- inhibitoria de competencia: aquella que se interpone ante el tribunal que se considera competente para conocer del asunto, para que este se comunique con el tribunal que conoce actualmente y le pida inhibirse de conocer y remita los antecedentes. Si el tribunal acepta se remiten los antecedentes, si se niega, da lugar a una contienda positiva de competencia.
- incidente de nulidad procesal: no tiene plazo pero si dos requisitos; que haya juicio pendiente y que este conociendo un tribunal incompetente
- incidente de nulidad procesal de segunda instancia: excepciones de competencia y litis pendencia
Casación en la forma: es necesario que el recurso se hubiera preparado. Esto significa que se haya alegado en todas las instancias posibles el vicio. El de fondo nunca se puede interponer con estos efectos.
Medios indirectos: recurso de apelación y de queja
¿Qué hizo la ley 20.886? ¿A qué tribunales afectó?
Es la ley que crea la oficina judicial virtual, generando que demandas y escritos se ingresen de aquella manera. Afecta no sólo a tribunales de letras, sino que a tribunales de garantía, top, de letras laborales, familia, cobranza previsional
Concepto de cuestiones y contiendas de competencia
Cuestiones: tiene lugar cuando una parte reclama, a través de un incidente, la incompetencia de un tribunal para conocer de un asunto. (A través de la declinatoria e inhibitoria).
Contiendas: cuando hay conflicto entre tribunales para saber quién tiene competencia para conocer de un asunto. Puede ser positivo: un tribunal dicen tener la competencia con exclusión de los otros y negativo: ningún tribunal señala tener la competencia para conocer el asunto.
Paralelo entre inhibitoria y declinatoria de competencia
- ambas son incidentes especiales
- la inhibitoria ante tribunal COMPETENTE y la declinatoria en INCOMPETENTE
- la inhibitoria produce un incidente que no es de previo y especial conocimiento, la declinatoria si
- la inhibitoria puede dar lugar a una contienda de competencia positiva y la declinatoria no.
Nombra entre quienes pueden suscitarse las contiendas de competencia y explica cada una
Entre tribunales ordinarios:
- si tienen superior jerárquico común, resuelve este.
- si son de distintas jerarquía: el superior jerárquico del que tiene mayor jerarquía
- si los tribunales dependen de tribunales superiores de igual jerarquía: resuelve el superior jerárquico del que hubiere prevenido en el asunto.
- jueces árbitros: corte de apelaciones respectiva
Entre tribunales especiales o entre estos y tribunales ordinarios
- dependen de la misma ca, esa
- de distinta ca, el que prevenga en el asunto primero
- si no son aplicables estas reglas, corte suprema
Entre tribunales de justicia y autoridades administrativas o políticas:
Senado o tc
Concepto de tribunal. ¿Cuál es su particularidad? Nombra los tribunales ordinarios de justicia y los especiales.
Tribunal es un órgano público establecido por la ley para ejercer la función jurisdiccional a través de un debido proceso. Su particularidad es que la función jurisdiccional caracteriza al tribunal no viceversa, es por esto que los tribunales tb pueden ejecutar funciones administrativas.
Tribunales ordinarios: ca cs, ministros de cada una, juzgado de garantía, top, letras
Tribunales especiales: juzgados de familia, de letras del trabajo, de cobranza previsional y militares en tiempos de paz.
Nombra la clasificación de tribunales y explica la primera. ¿Qué tribunales no forman parte del pjud?
Según su competencia :
Ordinarios: a quienes les corresponde el conocimiento de la generalidad de los asuntos en el orden temporal y territorio nacional. Estos son: tribunales unipersonales de excepción, ca, cs, jueces de letras, juzgados de garantía y top.
Especiales: son aquellos a los que les corresponde el conocimiento de determinados asuntos establecidos por ley atendida la naturaleza del asunto o la calidad de las personas que intervienen en el. Estos son: tribunales de familia, de cobranza previsional, de letras del trabajo, militares en tiempo de paz.
No forman parte del pjud: juzgado de policía local, el director del sii, la contraloría.
Según su composición:
Unipersonales y colegiados
Según su preparación técnica: legos, jurados, escabinos y letrados
Según el tiempo en el que ejercen sus funciones: perpetuos y temporales
Según su nacimiento y duración: comunes y accidentales
En cuanto a la misión que cumplen en la tramitación o fallo: juez substanciador, sentenciador y mixto
Según el lugar donde ejerce sus funciones: sedentario y ambulante
Según su jerarquía: superiores e inferiores
Según la competencia: común o especial
Según la instancia en la que resuelven: única, primera y segunda instancia
Según la forma en que resuelven el conflicto: tribunal de derecho y equidad
Explica la clasificación de tribunales unipersonales y colegiados.
Unipersonales: compuestos por un solo juez, es la regla general de la competencia en única o primera instancia. El tribunal de garantía es colegiado en su composición y colegiado en su
Colegiados: compuestos por dos o más jueces. Conocen sala o pleno. Generalidad de los tribunales ordinarios de segunda instancia que conocen por ejemplo recurso de casación y nulidad. Top.
Explica la clasificación de tribunales según la formación técnica del juez
Lego: no tienen título de derecho, en chile no existen en los tribunales ordinarios.
- tribunales militares en tiempos de guerra, el juez es un comandante en jefe
- jueces de policía local cuando el alcalde cumple el rol el alcalde
- árbitros arbitradores
Jurados: grupo de personas escogidas por la ciudadanía que dictan una sentencia luego de un debido proceso, sentencia que es realizada con la cooperación de personas letradas que extraen un fallo.
- senado que conoce de las acusaciones de la cámara de diputados
Escabinos: intervención de jueces legos luego de un tribunal oral para dictar sentencia
Letrados: jueces con título de abogado. Regla general en chile en los tribunales ordinarios.
Explica la clasificación de tribunales perpetuos y temporales; comunes y accidentales
Tribunales perpetuos: los jueces ejercen sus funciones todo lo que dure su buen funcionamiento y hasta que cumplan 75 años. Totalidad de tribunales ordinarios y la mayoría de los especiales.
Temporales: tribunales establecidos por un tiempo determinado según el legislador
- jueces árbitros y ministros tc nueve años
Comunes: los que están disponibles de manera perpetua y permanente para la comunidad
Accidentales: no, se instalan para el conocimiento de situaciones especiales
- tribunales unipersonales de excepción y jueces árbitros.
Explica la clasificación de juez substanciador, sentenciador y mixto
Substanciador: se encarga de dictsr resoluciones que dan curso al proceso, sirven para su substanciación para que la sentencia la dicte otro tribunal
Sentenciador: dicta la sentencia para un proceso que fue llevado por otro tribunal
Mixto: tramitan el procedimiento y dictan la sentencia. En el nuevo proceso penal no existen mixtos, puesto que la investigación la lleva el min público.
Explica la clasificación de tribunal sedentario y ambulante; superiores e inferiores
Sedentario: tiene una sede fija para el ejercicio de la función jurisdiccional
Ambulante: no tiene sede fija, los top pueden serlo excepcionalmente
Superiores: ca, cs,
Inferiores: j letras, garantía, top, tribunales unipersonales
Explica la clasificación de tribunales de competencia común y especial; tribunales de derecho y equidad
Común: pueden conocer de la generalidad de los asuntos, como las ca y cs
Especial: pueden conocer sólo de pos asuntos que ls ley ha puesto dentro de su conocimiento.
De derecho: deben fallar aplicando la ley
De equidad: pueden usar argumentos de equidad en sus fallos, como los árbitros arbitradores.
Explica la clasificación de tribunales según la instancia
Unica: no procede recurso de apelación.
- jueces de letras en asuntos de menos de 10 utm
- ca en recurso de casación en la forma, queja y consultas
- cs mayoría de los asuntos como recurso de casación en el fondo y queja
- top y garantía por rg
Primera: procede el recurso de apelación
- jueces de letras casi en plenitud
-ca excepcionalmente
- cs no conoce en primera
- garantía pueden en ocasiones
Segunda: conocen del recurso de apelación
- ca
- cs en recurso protección, amparo y amparo económico.