Responsabilidades de los Servidores Públicos (Art 108 al 114 CPEUM) Flashcards
¿A quiénes se reputarán como servidores públicos para los efectos de las responsabilidades a que alude el Título Cuarto de las responsabilidades de los Servidores Públicos, particulares vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción y Patrimonial del Estado de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?
a) A los representantes de elección popular,
b) a los miembros del Poder Judicial de la Federación,
c) los funcionarios, empleados, y toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal,
d) a los servidores públicos de los organismos a los que la Constitución otorgue autonomía.
¿Por qué podría ser imputado y juzgado, el Presidente de la República durante el tiempo que dure su encargo acorde a lo previsto por el artículo 108 de nuestra constitución?
Por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana.
¿Quiénes podrán ser responsables por violaciones a nuestra Constitución y las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebida de fondos y recursos federales?
a) Los ejecutivos de las entidades federativas,
b) Los diputados a las Legislaturas Locales,
c) Los Magistrados a los Tribunales Superiores de Justicia Locales,
d) Los integrantes de los Ayuntamientos y Alcaldías,
e) Los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía,
f) Los demás servidores públicos locales.
¿Quiénes estarán obligados a presentar bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determina la ley?
Los servidores públicos a que se refiere el artículo 108.
¿Qué actos u omisiones generarán que se les apliquen sanciones administrativas a los servidores públicos conforme a lo establecido por la fracción III del artículo 109 de nuestra Constitución?
Los que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.
¿En qué consistirán dichas sanciones?
En amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas.
¿Quién investigará y substanciará las faltas administrativas graves de los servidores públicos y quién resolverá?
La Auditoría Superior de la Federación y los órganos internos de control, o sus homólogos en las entidades federativas, y serán resueltas por el Tribunal de Justicia Administrativa competente.
¿Quién investigará, substanciará y sancionará las responsabilidades administrativas de los miembros del Poder Judicial de la Federación?
Según lo previsto en el artículo 94 de la Constitución, sin perjuicio de las atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación en materia de fiscalización sobre el manejo, la custodia y aplicación de recursos públicos.
¿Qué deberán tener los entes públicos federales para sancionar aquéllas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones federales; así como para presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción a que se refiere esta Constitución?
Órganos internos de control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas.
¿Quiénes podrán ser sujetos a juicio político?
a) Las senadoras y senadores, y las diputadas y diputados del Congreso de la Unión,
b) Las ministras y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
c) Las Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial,
d) Las personas integrantes del Pleno del órgano de administración judicial,
e) Las personas titulares de las Secretarías de Despacho,
f) La o el Fiscal General de la República,
g) Las magistradas y los magistrados de Circuito y las juezas y los jueces de Distrito,
h) La consejera o consejero Presidente,
i) Las consejerías electorales y la o el Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral,
j) Las magistradas y magistrados del Tribunal Electoral,
k) Las y los integrantes de los órganos constitucionales autónomos,
l) Las y los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados,
m) Las empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas,
n) Fideicomisos públicos.
¿En qué consistirán las sanciones aplicables a los servidores públicos sujetos a juicio político?
En la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.
¿Qué se requiere para proceder penalmente contra los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo?
La Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si hay o no lugar a proceder contra la persona inculpada.
¿Qué se requiere para proceder penalmente contra el Presidente de la República?
Acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110, y la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.
Es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.
El Sistema Nacional Anticorrupción.
¿Cómo estará integrado el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción?
a) Por los titulares de la Auditoría Superior de la Federación;
b) De la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción;
c) De la Secretaría del Ejecutivo Federal responsable del control interno;
d) Por el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;
e) El presidente del organismo garante que establece el artículo 6° de la Constitución;
f) Un representante del Consejo de la Judicatura Federal y otro del Comité de Participación Ciudadana.