Responsabilidad Civil (Daño) Y Segunda parte del curso Flashcards
1) ¿Una PERSONA NATURAL puede constituir más de 1 E.IR.L? (POR EJM tener 4 E.I.R.L)
SÍ se permite que una PN pueda tener más de 1 E.I.R.L pues expresamente en la norma no se señala lo contrario.
2) ¿Tema E.I.R.L - En que supuestos (3) responderá el titular de forma personal e ilimitada? (Excepción a la responsabilidad limitada)
Cuando:
1) Primer supuesto →La empresa no esté debidamente representada (artículo 41º.a Ley de E.I.R.L). Cuando no se nombra al gerente o se despide.
2) Segundo supuesto → Se hubieren efectuado retiros que no responden a beneficios debidamente comprobados (artículo 41º.b Ley de E.I.R.L).
3) Tercer supueso →Habiéndose producido la pérdida del 50% o más del capital, el titular no compense el desmedro o la disminución del capital en el plazo de un ejercicio económico o reduzca el capital para que exista una identidad entre este y el patrimonio (artículo 41º.a, 60º y 80º Ley de E.I.R.L).
3) ¿Se puede fijar en el pacto social o el estatuto que la E.I.R.L tenga duración limitada?
No, no es posible pues la E.I.R.L. tiene duración ilimitada.
4) Tema: Disolución de la PJ
¿Cuáles son las causales que generan la disolución de la Persona Jurídica?
Pueden ser causales de Acto o de Hecho.
Acto (Acuerdo de la Junta General o Resolución Judicial)
Hecho ipso facto (Vencimiento del Plazo de Duración establecido en el Estatuto)
5) Tema: Disolución de la PJ
¿Cuáles son las causales legales de Disolución de la Persona Jurídica?
- Vencimiento del plazo de duración (Estatuto) salvo prorroga.
- Conclusión del objeto (fin por el cual se creo ) , no realización durante un periodo prolongado o imposibilidad manifiesta de realizarlo (venta de cannabis, actividad ilegal).
- Continuada inactividad de la Junta General →
- Pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a una cantidad inferior a 1/3 del capital pagado.
- Acuerdo de junta de acreedores (procedimientos concursales)
- Falta de pluralidad de socios, sin el término de seis meses dicha pluralidad no es reconstituida→
- Resolución Judicial - Corte Suprema (Art. 410°) Caso Discoteca Discriminadora →
- Acuerdo de junta general de accionistas, sin mediar causa legal o estatutaria:
6) Mencione los principales efectos de la disolución de la PJ
- Conserva su personalidad jurídica
- Abandona sus actividades ecónomicas establecidas en el Objeto Social
- Los órganos administrativos (Directorio y Gerencia) desaparecen. Sustituidos por los Liquidadores. La Junta General se mantiene.
7) TEMA (DISOLUCIÓN PJ)
¿En que consiste la liquidación de la PJ (Naturaleza Jurídica, definición?
8) TEMA (LIQUIDACIÓN)
¿Cuál es la definición del haber social?
Es el remanente del activo social que resulta después de pagar a los acreedores de la PJ.
Otros nombres → Patrimonio divisible
9) TEMA (EXTINCIÓN)
¿En que consiste la extinción de la PJ (describa)?
10) TEMA (EXTINCIÓN)
¿En la etapa de la extinción la PJ pierde su personalidad jurídica? Explicar
11) TEMA (REORGANIZACIÓN DE LAS PJ)
¿En el Código Civil se regula la transformación, fusión y escisión (no lucrativas) de las PJ no lucrativas?
El Código civil adolece de una regulación especial sobre la materia. Hay una laguna del derecho sobre este tema.
Recurrimos a otras normas - Se aplica analogía con la LGS y la ley E.I.R.L (incluyendo las PJ no lucrativas)
12) TEMA (REORGANIZACIÓN DE LAS PJ) Modalidades de reorganización.
¿En que consiste la Transformación de las Sociedades (Personas jurídicas)?
Debido a la insatisfacción con la figura societaria actual, los socios o accionistas deciden iniciar el Procedimiento de transformación.
Acuerdo en Junta General de accionistas o socios
13) TEMA (REORGANIZACIÓN DE LAS PJ- TRANSFORMACIÓN)
¿Cuáles son las precisiones o apuntes acerca de la Transformación?
- No involucra el cambio de la personalidad jurídica.
- Cambio de estructura de la Sociedad.
- Deja indemne los derechos y obligaciones de la jurídica. persona (Las deudas de la PJ no desaparecen con la transformación).
- Implica un cambio del del régimen legal aplicable. (Si una sociedad se transforma a una EIRL, será aplicable las normas sobre la EIRL siguiendo el criterio de especialiad)
14)VTEMA (REORGANIZACIÓN DE LAS PJ- TRANSFORMACIÓN)
Problema: ¿Puede transformarse una persona jurídica sin fines de lucro a otra con fines de lucro?
Tribunal Registral: Pueden transformarse, sin embargo, patrimonio de la persona jurídica sin fines de lucro debe destinarse a finalidad prevista como si se tratase de una disolución (art. 98 del CC). Según la doctrina los Asociados tienen que aportar un nuevo capital para la nueva sociedad. El patrimonio (haber neto resultante) restante se entrega a otras asociaciones con fines análogos.
18) TEMA (REORGANIZACIÓN DE LAS PJ- FUSIÓN)
¿Cuál es la definición de la FUSIÓN?
ES LA UNIÓN DE DOS O MÁS PERSONAS JURÍDICAS.
INVOLUCRAN EL AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL Y CONSECUENTEMENTE LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO.