Responsabilidad civil Flashcards
Definición de responsabilidad civil
- Es el nombre que toma la obligación generada por el hecho ilícito y se traduce como la necesidad de reparar los daños y perjuicios causados a otros
- Nombre que se da a la obligación de indemnizar los daños causados por un hecho ilícito o un riesgo creado
Responsabilidad civil contractual y extracontractual
- Se dice que hay responsabilidad extracontractual cuando se transgrede una norma de observancia general (solamente ésta puede ser subjetiva u objetiva)
- Se dice que hay responsabilidad contractual cuando hay un incumplimiento de una obligación nacida de un contrato
Clases de responsabilidad civil
- Responsabilidad subjetiva: Cuando éstos han sido causados por una conducta culpable, antijurídica y dañosa, que tiene por fuente el hecho ilícito
- Responsabilidad objetiva: Cuando los daños provienen de una conducta lícita, jurídica, inculpable consistente en aprovechar un objeto peligroso que crea riesgo de daños
Indemnización
Hacerse cargo de los daños producidos y restañar sus efectos, dejar sin daño
Formas de indemnizar (indemnización por su forma)
- Reparación en naturaleza: Consiste en borrar los efectos del acto dañoso restableciendo las cosas a la situación que tenían antes de él
- Reparación por un equivalente: Ocurre cuando no es posible indemnizar en naturaleza, por lo que se realiza una reparación (generalmente en dinero) equivalente a los derechos, intereses o bienes afectados, la cual no borra el perjuicio, pero sí lo compensa
Clases de indemnización (indemnización por su clase)
- Compensatoria: cuando la indemnización compensa la depreciación o ausencia de lo dañado
- Moratoria: Cuando la indemnización compensa el daño al creedor, derivado de un retardo o mora en el cumplimiento de una obligación
Cuantía de la indemnización (indemnización por su cuantía)
El monto y alcance de la indemnización dependen de la especie de daño que debe ser resarcido
- Daños económicos: Las pérdidas o menoscabos sufridos en el patrimonio, se indemnizan en su integridad, reparándolos totalmente
- Daños en la integridad física de las personas: La reparación se realiza mediante sumas de dinero basada en una “tabla de incapacidades” de la Ley Federal del Trabajo
- Daño moral: El juez determina el monto a partir de los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable y de la víctima
Responsabilidad con base en quien realiza el daño o la conducta ilícita
- Por hechos propios
- Por hechos ajenos
- Por obra de las cosas de nuestra propiedad
Responsabilidad por hechos propios
Ocurre cuando cada quien responde por su propia conducta ilícita
Responsabilidad por hechos ajenos
Ocurre cuando estamos obligados a reparar los daños que produce otra persona, y se puede presentar en los siguientes casos:
- Indemnización de daños causados por menores de edad y otros incapacitados, de los cuales responden:
- Aquellos que ejercen la patria potestad
- Directores de colegios y talleres
- Los tutores - Indemnización de daños producidos por la conducta de empleados o representantes, de los cuales responden:
- Por los actos de operarios: los maestros artesanos
- Por los obreros o dependientes: los patrones y dueños de los establecimientos mercantiles
- Por los sirvientes: los jefes de casa o los dueños de hoteles o casas de hospedaje donde trabajan
- Por los representantes de las sociedades: las personas morales
- Por los funcionarios públicos: el Estado
Responsabilidad por obra de las cosas de nuestra propiedad
La reparación del daño causado por obra de cosas de nuestra propiedad se dará cuando:
- Sea por obra de un animal
- Sea derivado de la ruina de un edificio
- Por objetos caídos de una casa
- Por otras cosas: explosión de máquinas, humo o gases, caída de árboles, emanaciones de cloacas, depósitos de agua que humedezcan la pared del vecino, por el peso o movimiento de las máquinas, por las aglomeraciones de materias o animales nocivos a la salud
Excluyentes de responsabilidad civil
La obligación de indemnizar no surge a cargo del autor del hecho perjudicial ante:
- Cláusula de no responsabilidad
- Culpa grave de la víctima
- Caso fortuito o de fuerza mayor
Cláusula de no responsabilidad
Es un acuerdo expreso o la declaración consentida en forma tácita que excluye la obligación de reparar los daños y perjuicios. El cocontratante en un acto quedará exonerado de indemnizar en caso de que la persona experimente daños en una situación dada
Cláusula penal
Es la cuantificación anticipada de la indemnización en el caso de incumplimiento total o parcial y solo se requiere comprobar el incumplimiento de la obligación para que el acreedor pueda exigir la indemnización
Culpa grave de la víctima
Cuando el daño o perjuicio se produce por culpa o falta grave o inexcusable de la víctima, ésta no podrá pretender su reparación. Esto pasa cuando la principal causa generadora del daño ha sido por el torpe proceder del perjudicado, cometiendo un acto que sólo las personas más desaprensivas y descuidadas suelen cometes