Hecho ilícito Flashcards
Diferencias entre delito y cuasidelito en el derecho justiniano
Delito: acción ilícita y dañosa identificable por la ley que imponía al autor la obligación de repararla
Cuasidelito: Acciones antijurídicas (dañosas) no provistas con anterioridad por el derecho
Diferencias entre delito y cuasidelito en el derecho español y francés
El delito es el acto intencional, deliberado (dolo) y el cuasidelito es el acto culposo o imprudencial (culpa).
*Esta clasificación desaparece en el derecho moderno y las obligaciones generadas por los hechos ilícitos aborda tanto a los delitos como cuasidelitos
Definición de hecho ilícito
- Todo hecho contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres
- Violación culpable de un deber jurídico que causa daño a otro y que responsabiliza civilmente
¿Por qué el hecho ilícito es una fuente generadora de obligaciones?
Porque todo aquel que obre ilícitamente o contra las buenas costumbres causando un daño a otro, está obligado a repararlo
Elementos característicos del hecho ilícito
- Antijuricidad
- Culpa
- Daño
¿Qué es la antijuricidad?
Toda conducta o hecho que viola lo establecido por las normas del derecho
Tipos de antijuricidad
- Por violación de norma expresa o principio jurídico
- Por vía de acción o por omisión
- Por quebrantamiento de una norma civil o penal
- Por transgresión de una norma jurídica general o de una disposición particular
- Formal y material
Por violación de norma expresa o principio jurídico
Tipo de antijuricidad que se produce ante el incumplimiento de una norma jurídica explícita o por la violación de una regla que no trascendió explícitamente a la ley, pero que es acorde con el orden jurídico
Por vía de acción o por omisión
- Cuando una norma manda hacer algo, es antijurídico su omisión
- Cuando una norma exige no hacer algo, es antijurídico su ejecución
Por quebrantamiento de la norma civil o penal
Tipo de antijuricidad que se genera según la naturaleza de la norma violada, ya sea civil o penal.
Diferencia entre hecho ilícito civil y hecho ilícito penal
- El derecho civil vigila el interés de los particulares y los protege de la acción de los demás, la inobservancia de estas normas es un hecho ilícito civil del cual tiene como consecuencia un resarcimiento de daño
- El derecho penal clasifica y reprime ciertos hechos, sobre todo los graves y destructivos de la convivencia humana, la inobservancia de estas normas se conoce como delito el cual tiene por consecuencia una pena. Cuando el ilícito penal produce daños materiales o espirituales, además de la pena también se demanda el resarcimiento de estos daños
Antijuricidad por transgresión de una norma jurídica general o de una disposición particular
Tipo de antijuricidad que se produce por un hecho ilícito extracontracual (violación de una ley) o por un hecho ilícito contractual (violación de un contrato)
Antijuricidad formal y material
Tipo de antijuricidad cuya conducta desvirtúa el fin de la norma o que frustra los principios o intereses que la norma de derecho aspira a proteger (antijuricidad material) o es contrario a la exigencia formal de la norma jurídica (antijuricidad formal)
Culpa en sentido amplio / concepto general de culpa civil
Conducta derivada de un proceder erróneo, derivado de negligencia o falta de cuidado (culpa) o consecuencia de una actitud malévola o intencional (dolo)
Culpa en sentido estricto y dolo
- Culpa en sentido estricto es una conducta que se ha generado por la falta de cuidado , imprudencia, negligencia o torpeza y puede ser objeto de renuncia de responsabilidad por medio de una cláusula
- El dolo es cuando el error de conducta se comete de propósito y siempre será sancionada
Clasificación de la culpa según el derecho romano
- Levísima: Sólo evitan las personas más diligentes y cuidadosas, error muy común y evitable
- Leve: Falta de comportamiento que puede omitir quien procede con el cuidado y la diligencia medias de una persona normal
- Grave: Error imperdonable en el que incurren sólo las personas más torpes se asimila al dolo y al acto intencional
Grado de cuidado/diligencia que el derecho mexicano exige
Salvo que un supuesto en una norma exprese el grado de diligencia, la previsión y cuidado que se deberá observar será los de una persona normal y atenta
Función del daño como elemento del hecho ilícito civil
Establece un vínculo de derecho entre el autor del hecho ilícito y la víctima del mismo, el daño crea al acreedor
Daño
Pérdida o menoscabo que sufre una persona en su patrimonio, integridad física, sentimientos o afecciones, por la comisión de un hehco ilícito o por un riesgo creado
Diferencia entre daño y perjuicio
- Daño es la pérdida o menoscabo de bienes que posee la víctima
- Perjuicio es la privación de bienes que habría de tener y que deja de percibir por efecto del acto dañoso
Daño moral
Es la lesión que una persona sufre en sus sentimientos, afecciones, creencias, honor o reputación, o el menoscabo en su autoestima
Partes del patrimonio moral
- Parte social: Comprende el honor, reputación, consideración de la persona y heridas que causan lesiones estéticas
- Parte afectiva: Constituida por los principios morales o las creencias religiosas y los sentimientos
¿Qué toma en cuenta el juez para determinar el monto de la indemnización en el daño moral?
Los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable y de la víctima
Requisitos para la indemnización del daño
Tiene que ser consecuencia inmediata y directa del hecho perjudicial y cierto. Aunque en la ley de responsabilidad ambiental identifica también al daño indirecto y funciona como norma supletoria