Prueba Flashcards
Distinción entre declaraciones dispositivas y enunciativas
Son dispositivas las declaraciones que expresan el consentimiento y
especifican el objeto sobre el que éste recae. Configuran el acto jurídico y se refieren
a los elementos del mismo, tanto esenciales como de la naturaleza o accidentales.
Son enunciativas aquellas declaraciones que no constituyen el objeto del
acto jurídico, en que las partes relatan en forma simplemente enunciativa hechos o
actos jurídicos anteriores
Impugnación instrumentos públicos
Por vía de nulidad
-funcionario autorizante
-instrumentro ,ismo
Falta de autenticidad
Contraescrituras
Se desprende del artículo 1707 que las contraescrituras pueden ser
instrumentos públicos o privados. Una escritura pública puede ser modificada por
otra del mismo género o por un instrumento privado (aunque en este último caso,
distintas son las consecuencias frente a terceros). A su vez, la escritura privada
puede alterarse por otra privada o por una escritura pública
Actos que no pueden probarse por testigos
Actos que deben consignarse por escrito
Adición o alteración de lo expresado en un acto o contrato