Procedimiento Sacionador Flashcards

1
Q

Tipos de procedimientos sancionadores?

A

1 )procedimiento ordinario ( faltas muy graves y graves ) art 241 siguientes
2) procedimiento abreviado ( faltas leves )art 251

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2
Q

Quien inicia el procedimiento sancionador ?

A

Cuando aprecie indicios de conductas que puedan dar lugar a responsabilidad disciplinaria, el DIRECTOR del Establecimiento acordará de oficio y motivadamente la iniciación del procedimiento sancionador

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3
Q

Formas de iniciación del procedimiento disciplinario:

A

a) Por PROPIA INICIATIVA , cuando tenga conocimiento de la existencia de conductas o hechos susceptibles de constituir infracción disciplinaria a través de parte de funcionario informado por el Jefe de Servicios o por cualquier otro medio.
b) Por PETICION RAZONADA realizada por otro órgano administrativo que no sea superior jerárquico.
c) Por DENUNCIA escrita de persona identificada que exprese el relato de los hechos que pudieran constituir infracción, fecha de su comisión y todo cuanto sea posible para la identificación de los presuntos responsables.
2. El Director también acordará de oficio la iniciación del procedimiento como consecuencia de ORDEN emitida por un órgano administrativo superior jerárquico.

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4
Q

Cuantas formas de iniciar el procedimiento se establecen el el art 241.1 ?

A

Tres

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5
Q

Cuantas formas de iniciar el procedimiento se establecen el el art 241 ?

A

4

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6
Q
  1. Para el debido esclarecimiento de los hechos que pudieran ser determinantes de responsabilidad disciplinaria se acordara ?
A

el Director podrá acordar la apertura de una INFORMACION PREVIA , que se practicará por un funcionario del Establecimiento designado por el Director, quien elevará a aquél un informe con el resultado y valoración de las diligencias practicadas. Dicha información previa se acordará sSIEMPRE que un interno formule denuncia de hechos susceptibles de sanción disciplinaria, salvo cuando ésta carezca manifiestamente de fundamento.

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7
Q

Quien acuerda la información previa ?

A

El director PODRA acordar la apertura de información previa para el debido esclarecimiento de los hechos que pudieran ser determinantes de responsabilidad disciplinaria

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8
Q

Quien practica la información previa ?

A

Un funcionario del establecimiento designado por el director

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9
Q

Cuando se acuerda siempre la información previa ?

A

Dicha información previa se acordará siempre que un interno formule denuncia de hechos susceptibles de sanción disciplinaria, salvo cuando ésta carezca manifiestamente de fundamento.

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10
Q

Quien nombra al instructor del procedimiento sancionador ?

A

Director nombrará Instructor al funcionario que estime conveniente, excluyendo al que haya practicado la información previa y a los que puedan estar implicados en los hechos.

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11
Q

Quien formulará pliego de cargos dirigido al interno cuya conducta sea presuntamente constitutiva de falta disciplinaria?

A

El Instructor del expediente disciplinario

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12
Q

Contenido del pliego cargos :

A

a) Identificación de la persona imputada.
b) Forma de iniciación del procedimiento.
c) Número de identificación del Instructor y puesto de trabajo que ocupa.
d) Organo competente para la resolución del expediente y norma que le atribuye tal competencia.
e) Relación circunstanciada de los hechos imputados.
f) Calificación jurídica de tales hechos, indicando el apartado concreto del artículo del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, en el que puedan estar comprendidos, así como las sanciones que, en su caso, se podrían imponer con la misma indicación del precepto aplicable de dicho Reglamento.
g) Medidas cautelares que se hayan acordado, sin perjuicio de las que puedan adoptarse durante el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243.
h) Indicación de que el interno dispone de tres días hábiles desde el momento de su recepción para presentar pliego de descargos por escrito o para comparecer ante el Instructor y alegar verbalmente, sin perjuicio del derecho que le asiste a presentar alegaciones y aportar documentos y otros elementos de juicio en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia. El interno podrá alegar todo aquello que considere oportuno sobre los cargos formulados, proponiendo las pruebas que estime conveniente para su defensa.
i) Indicación de que el interno puede asesorarse por letrado, funcionario o por cualquier persona que designe durante la tramitación del expediente y para la redacción del pliego de descargos.
j) Posibilidad de asistirse de un funcionario o interno como intérprete si se trata de un interno extranjero que desconozca el castellano.
k) Fecha y firma del Instructor del expediente.

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13
Q

Quien acuerda las medidas cautelares ?cuando?cuales ?como ?

A

1) Quien : El Director, en el ámbito de las facultades que le atribuye este Reglamento, POR SÍ O PROPUESTA DEL INSTRUCTOR del expediente disciplinario, PODRÁ acordar
2) cuando: en cualquier momento del procedimiento,
3) como : mediante acuerdo motivado,
4) cuales: las medidas cautelares que resulten necesarias para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer y el buen fin del procedimiento, así como para evitar la persistencia de los efectos de la infracción.

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14
Q

Donde se reflejan las medidas cautelares art 243 ?

A

Estas medidas quedarán reflejadas en el expediente del interno y deberán ajustarse a la intensidad, proporcionalidad y necesidades de los objetivos que se pretendan garantizar en cada supuesto concreto,

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15
Q

La adopción de medidas cautelares serán ?

A

su adopción será NOTIFICADA al interno y puesta en CONOCIMIENTO del Juez de Vigilancia Penitenciaria.

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16
Q

Se adoptarán medidas de protección?

A

También se adoptarán, en su caso, las medidas de protección exigidas por el aseguramiento de la persona del imputado o de los otros internos.

17
Q

Cuando la sanción que recayese, en su caso, coincida en naturaleza con la medida cautelar impuesta, ésta se:

A

ésta se abonará para el cumplimiento de la sanción.art 243.4

18
Q

En la tramitación del procedimiento sancionador cuando ?el Instructor realizará de oficio cuantas actuaciones resulten necesarias para el examen de los hechos y recabará los datos e informes que considere necesarios

A

Cursada la notificación del pliego de cargos al que se refiere el artículo 242,

19
Q

Quien realiza en la tramitación las actuaciones necesarias de cuantas actuaciones resulten necesarias para el examen de los hechos y recabará los datos e informes que considere necesario?

A

El instructor de oficio

20
Q

En la tramitación del expediente sancionador cuando se realiza las pruebas pertinentes propuestas por el interno y las que considere el instructor ?

A

Dentro de los diez días siguientes a la presentación del pliego de descargos o a la formalización verbal de alegaciones, o transcurrido el plazo previsto en el artículo 242.2, h), si el interno no hubiese ejercitado su derecho

21
Q

Que sucede si alguna prueba propuesta del interno fuese estimada improcedente o innecesaria ?

A

se hará constar así expresamente por el Instructor, en acuerdo motivado. Sólo podrán declararse improcedentes aquellas pruebas que no puedan alterar la resolución final del procedimiento o que sean de imposible realización.

22
Q

Que plazo tiene el interno para alegar o presentar documentos y justificantes que estime pertinentes ?

A

Instruido el procedimiento, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto al interesado para que, en un PLAZO de diez días, alegue o presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes. Se tendrá por realizado el trámite de audiencia si antes del vencimiento del plazo el interno manifiesta su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones.

23
Q

Concluida la tramitación del expediente el instructor :

A

el Instructor:

1) formulará propuesta de resolución y la elevará, + junto con aquél (expediente ), a la Comisión Disciplinaria para que ésta acuerde lo que proceda,
2) notificando la propuesta al interno con indicación de su derecho a alegar verbalmente ante la Comisión en la primera sesión que ésta celebre.

24
Q

La comisión disciplinaria cuando escuchara las alegaciones verbales que pueda formular el interno ?

A

La Comisión Disciplinaria, en la primera sesión ordinaria que celebre o en sesión extraordinaria convocada ( OJO! Alegaciones verbales no escritas )
Y acto seguido, declarará la no existencia de infracción o responsabilidad o impondrá motivadamente la sanción correspondiente a los hechos declarados probados

25
Q

El acuerdo de resolución de un procedimiento debe dictarse ?

A

acuerdo deberá dictarse en el PLAZO MAXIMO de 3 MESES desde la iniciación del procedimiento disciplinario. Se entenderá CADUCADO el procedimiento disciplinario y se procederá al ARCHIVO de las actuaciones, de oficio o a solicitud del interesado, cuando, una vez vencido el plazo señalado en este apartado para dictar resolución o, en el supuesto del procedimiento abreviado, el señalado en el artículo 251.1, ésta no se adoptase en el plazo de los treinta días siguientes, siempre que la demora no fuera imputable al interesado, así como cuando durante la tramitación se produzca la excarcelación por la libertad definitiva o provisional del presunto infractor

26
Q

Quien no puede participar en las deliberaciones de la comisión disciplinaria ni tomar parte en las votaciones ?

A

El INSTRUCTOR del expediente no podrá participar en las deliberaciones de la Comisión Disciplinaria ni podrá tomar parte en las votaciones sobre los expedientes que haya instruido. También quedan excluidos de éstas aquellos MIEMBROS del citado órgano que, en su caso, hubieran tenido participación en los hechos o hubieran practicado actuaciones determinantes para la iniciación del expediente disciplinario.

27
Q

Puede la comisión disciplinaria decidir la realización de actuaciones y pruebas ?

A

Si,Antes de dictar la resolución, la Comisión Disciplinaria podrá decidir la realización por el Instructor de las actuaciones y pruebas complementarias indispensables para resolver el procedimiento. En este caso, antes de elevar nuevamente el expediente a la Comisión Disciplinaria, el Instructor pondrá de manifiesto al interno lo actuado y le entregará copia de la nueva propuesta, con indicación del derecho a alegar a que se refiere el artículo 245.

28
Q

Acuerdo sancionador art y contenido ?

A

Artículo 247.El acuerdo sancionador deberá contener:

a) El lugar y la fecha del acuerdo.
b) Organo que lo adopta.
c) El número del expediente disciplinario y un breve resumen de los actos procedimentales básicos que lo hayan precedido. En el supuesto de haberse desestimado la práctica de alguna prueba deberá expresarse la motivación formulada por el Instructor en su momento.
d) Relación circunstanciada de los hechos imputados al interno, que no podrán ser distintos de los consignados en el pliego de cargos formulado por el Instructor, con independencia de que pueda variar su calificación jurídica. Si la Comisión Disciplinaria constatare que se ha calificado erróneamente la conducta del presunto infractor y ello implicase la imposición de una sanción por falta más grave que la que se le hubiese imputado en el pliego de cargos, ordenará al Instructor la formulación de un nuevo pliego de cargos con la calificación determinada por la Comisión Disciplinaria, concediéndose al interno el trámite previsto en el artículo 244.4. Excepcionalmente, podrá acordar el Instructor la práctica de nuevas pruebas cuando resultase imprescindible para la defensa del interno ante la nueva calificación efectuada.
e) Artículo y apartado del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, en el que se estima comprendida la falta cometida.
f) Sanción impuesta y artículo del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, que la contempla y si la misma es de ejecución inmediata según lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 124 de dicho Reglamento.
g) Indicación de si la ejecución de la sanción de aislamiento ha sido aplazada por motivos médicos o se ha suspendido su efectividad.
h) Indicación de si el acuerdo sancionador se ha adoptado por unanimidad o por mayoría, indicando en este último caso si ha habido o no votos particulares.
i) Mención del recurso que puede interponerse en la forma expresada en la letra b) del artículo siguiente.
j) La firma del Secretario de la Comisión Disciplinaria con el visto bueno del Director.

29
Q

Cuando se notifica el acuerdo sancionador ?

A

La notificación del acuerdo sancionador deberá cursarse en el MISMO DÍA O AL SIGUIENTE DE SER ADOPTADO , dando lectura íntegra de aquél y entregando copia al interno sancionado

30
Q

Contenido de la notificación de un acuerdo sancionador ?

A

entregando copia al interno sancionado en la que se contendrán los siguientes extremos:
a) Texto íntegro del acuerdo.
b) Indicación de que contra el mismo puede interponerse recurso ante el Juez de Vigilancia, verbalmente en el mismo acto de la notificación o por escrito dentro de los 5 DIAS hábiles siguientes a la misma, reproduciendo
, en su caso, el recurrente la proposición de aquellas pruebas cuya práctica le hubiese sido denegada.
c) Fecha de la notificación y de su entrega al interno.

31
Q

Cuando se puede interponer el recurso contra un acuerdo sancionador ?

A

puede interponerse recurso ante el Juez de Vigilancia, verbalmente en el mismo acto de la notificación o por escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes a la misma

32
Q

Cuando se remite el expediente disciplinario en caso de recurso ?

A

1) En el MISMO DÍA , bien de la notificación del acuerdo sancionador si se hubiese interpuesto el recurso en ese momento procedimental,
2) o bien de la entrega del escrito de recurso a funcionario del Establecimiento si fuese dentro del horario de oficina,
3) o al día siguiente si se hubiese efectuado fuera de dicho horario, el Director del Establecimiento remitirá el expediente disciplinario al Juez de Vigilancia, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo siguiente.
4) Si el recurso hubiese sido interpuesto directamente ante el Juzgado de Vigilancia, el Director cumplimentará lo anterior en el mismo día en que sea requerido para ello por el titular de dicho órgano jurisdiccional.

33
Q

Que se anota en el expediente personal de los internos sancionados ?

A
  1. La iniciación del procedimiento y la sanción impuesta se anotarán en el expediente personal de los internos sancionados.2. También se anotará la reducción o revocación de la sanción, así como la suspensión de la efectividad o el aplazamiento de la ejecución de las sanciones de aislamiento. En el índice visicitudes penitenciarias
34
Q

El procedimiento abreviado deberá resolverse en un plazo?

A

deberá resolverse en el plazo máximo de un mes desde que se inició

35
Q

En el procedimiento abreviado el parte del funcionario ?

A

El parte del funcionario, que operará como pliego de cargos, se comunicará al Jefe de Servicios y, simultáneamente, se notificará al presunto infractor

36
Q

Tras la notificación del pliego de cargos :

A

En el plazo de diez días, a partir de la comunicación y notificación del pliego de cargos, el Jefe de Servicios y el interno expedientado efectuarán, respectivamente, la aportación de cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, la proposición y práctica de la prueba.

37
Q

Transcurrido el plazo de alegaciones en el procedimiento abreviado quien resuelve ?

A

el Director dictará resolución, con el contenido expresado en el artículo 247 acuerdo sancionador )imponiendo, en su caso, la sanción que proceda

38
Q

Cuando se en un procedimiento sancionador Abreviado se aprecie q la infracción es grave o muy grave que sucede ?

A

Cuando el Jefe de Servicios aprecie que los hechos pueden ser constitutivos de infracción muy grave o grave, acordará que el expediente continúe tramitándose por el procedimiento general, promoviendo el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 a 245.3.

El acuerdo a que se refiere el apartado anterior se notificará a los interesados para que, en el plazo de cinco días hábiles, aleguen y propongan pruebas adicionales si lo estiman conveniente.