Preguntas primer parcial pt 2 Flashcards
¿Cuales son las fuentes del Derecho administrativo?
- constitución
- ley
- decreto
- reglamento
- disposiciones administrativas de carácter general (OCAs)
- Jurisprudencia, doctrina (aunque no todos la consideran)
- TTII.
Una constitución contemporánea debe de contar con 5 características:
- Establecer la forma de estado y gobierno
–Forma de estado: La manera en que se implican recíprocamente los elementos del estado. Población, gobierno y territorio.
–Forma de gobierno: modelo de organización que adopta un Estado. - Cree la estructura de los organos primeros del estado: en nuestro derecho serían el ejecutivo, legislativo y judicial.
- Que se indiquen los primcipios politicos y economicos: estado laico.
- Que controle el poder que ejerce el estado en relación con sus gobernados.
- Que establezca las funciones propias de cada órgano de gobierno
–En razón de su eficencia se denominan:
a. Formales: la venezolana, tiene procedimiento que no se aplica.
b. Normativas o materiales: la inglesia tienen la aplicación y se siguen sus criterios.
–En razón de su flexibilidad al cambio o reforma
a. Pétreas: no se pueden cambiar.
b. Rígidas.
c. Flexibles
¿Cuáles han sido las Constituciones que han existido en México?
- Constitución política de la monarquía española (o de Cadiz) de 1812.
- Constitución federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824.
- Leyes constitucionales de la República mexicana de 1836.
- Bases de Organización política de la República mexicana 1843.
- Constitución federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.
Constitución Política de la Monarquía Española (o de Cádiz) de 1812
a. Era confesional en la que se establecía que la única religión era la católica.
b. Es importante porque rige a México tanto en la nueva España como en los 3 primeros años del México independiente
c. Reconoce como españoles a los no nacidos en España (Europa).
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824
Se establecen características como la forma de gobierno (república federal y popular), pero las personas que no estaban de acuerdo con la forma de gobierno hicieron revueltas y ganan el poder en 1835 por lo que expiden una nueva ley de carácter centralista.
Leyes Constitucionales de la República Mexicana de 1836
a. Los estados se hacen departamentos.
b. Centralista.
c. En el DF se tomaban las grandes decisiones.
d. Se crea el Supremo Poder Conservador, un 4to poder que se encargaba de controlar a los 3 restantes.
e. No convence y hay revueltas.
Bases de Organización Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1857
a. mejora de la de 1824, mas estructurada.
b. Federalista.
c. Se desamortizan los bienes de la iglesia, no se da al 100 la secularización. Libertad de culto, no somos un estado confesional.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
a. federalista.
b. Va a ser o dar vida a los derechos sociales.
c. Se dice que es la constitución que reforma la del 57, se da en razón de ella.
¿Por qué se dice que la CPEUM es una constitución nueva?
Se formó un constituyente originario. No fueron los legisladores ordinarios los encargados de hacer la reforma, si no que nombraron a personas en específico.
¿Por qué se dice que la CPEUM es una reforma?
- querían preservar el federalismo. Al poner que reformaba la anterior había temas torales que se habían conquistado en el 57 que no se iban a tocar, varios, pero el principal era el federalismo. La finalidad de conservarla era quedarse con esos puntos.
- No sigue el procedimiento de reforma constitucional.
¿Cómo se divide la Constitución?
Dogmática, orgánica, programática, derechos sociales, prevenciones generales y transitorios.
¿Qué tipos de leyes hay?
a. Orgánicas: regulan un órgano estatal, facultades y atribuciones.
b. Federales: abarcan a la federación.
c. Locales: propias de cada entidad federativa que tiene sus propios ordenamientos.
d. Generales: se tratan de materias concurrentes (que le compete tanto a la federación como al orden estatal, como el tema de salud).
e. Reglamentarias: son aquellas que regulan un artículo constitucional en específico (como la ley de amparo o la LFT).
f. Marco: Son aquellas leyes que tienen aplicación restringida y apoyan entidades para que hagan sus actividades.
¿Quién es el encargado de hacer leyes?
Congreso de la Unión. Tiene 2 maneras de emitir resoluciones legislativas: ley y decreto (la comparte con el poder ejecutivo). Todas nuestras leyes se promulgan mediante decreto, Artículo 70 CPEUM. La CPEUM es una ley, pero la vimos aparte.
¿Cuales son las características de una ley?
- General: no va dirigido a una persona, están dirigidas a todos los que caen en el supuesto.
- Abstracta: son presupuestos generales, a diferencia del sistema americano que es casuístico.
- Imperativa: son coercibles (no confundir con la cuestión de la sanción porque hay normas imperfectas; la sanción es el acto y la imperatividad es la potencia) – presupuesto de que si no cumples el Estado te puede obligar
- Formal: creadas por el proceso legislativo.
- Permanente: van a tratar de que se mantenga en el tiempo.
- Expedidas por el congreso: que proceda o surja del poder legislativo.
¿Cuales son las etapas del procedimiento legislativo?
Art. 72 CPEUM
Iniciativa, discusion, aprobacion, sancion, refrendo, promulgacion, publicacion.
Explica la parte de iniciativa
Auien tiene la facultad de presentar una iniciativa de ley son:
• Legisladores: legislaturas de las entidades federativas.
• Presidente
• Iniciativa popular con el 0.13% de la población inscrita en la lista Nominal.
La iniciativa puede llegar a la Cámara de Diputados:
a. Porque el ejecutivo la puede o la quiere mandar a esa cámara.
b. Que sea materia de contribuciones (Ley del ISR, ley del IVA, Reformas del CFF).
c. Empréstitos
d. Reclutamiento de Tropas
e. Materia electoral.
La Ley Orgánica del Congreso dice que preferentemente las iniciativas de los integrantes de esa cámara (si es iniciativa de diputados, la presenta en la cámara de diputados; si es iniciativa de senadores, la presenta en la cámara de senadores).
.
La cámara de origen puede ser una de las dos cámaras, excepto en los casos en los que la Cámara de origen DEBA ser la de diputados (los de arriba).
Explica la parte de discusión y aprobación
La mesa directiva turna a las comisiones, que hay más de 30. Mínimo la turnan a 2 comisiones; las comisiones son grupos de legisladores que estudian la materia de la iniciativa. Se unen las comisiones que ven esa iniciativa y van a discutir la ley mediante votación.
Una vez que ya se tiene un acuerdo en las comisiones, hay una etapa de discusión interna en la que se discute la iniciativa y se elabora un dictamen de INICIATIVA: se ponen en la orden del día, se dan las primeras y segundas lecturas y después se pasa como tal a la discusión, pero NO en comisión, sino dentro del pleno (el pleno son, en teoría los 500 legisladores o 128 senadores; puede ser completa o no, pero hay quorum para que sesionen, que es la mitad + 1: la reunión de los legisladores en sesión se conoce como pleno: los legisladores dirán por qué están a favor o en contra). La discusión se lleva a cabo:
- En lo general: se aprueba toda la ley, todo el dictamen. Cuando llega al pleno, YA no llega la iniciativa; se vota el dictamen que hicieron los legisladores que forman parte de las comisiones.
- En lo particular: se reservan ciertos artículos o temas.
Una vez que se aprueba, pasa a la Cámara Revisora y se considera MINUTA: es un dictamen que fue aprobado por la Cámara de Origen y llega a la Cámara Revisora como una MINUTA la recibe la mesa directiva y la turna a comisiones para que se discuta. Una vez que llega, se modifica, se aprueba en comisiones, y PASA AL PLENO COMO DICTAMEN DE MINUTA. Pueden pasar varias cosas:
• La rechaza: se puede volver a presentar en unos meses
• Se modifica: si se quiere modificar, cualquier modificación, se tiene que pasar de nuevo a la Cámara de Origen para que estudien nada más la modificación
• Se aprueba de manera lisa y llana
Explica la parte de sanción
es el NO ejercicio del VETO presidencial: el presidente tiene la opción de sancionar o vetar; cuando sanciona, quiere decir que está de acuerdo y, si veta, se devuelve a la cámara de origen y a la cámara revisora. El veto se supera con mayoría calificada, es decir, una votación de 2/3 partes. Para ejercer este derecho, el presidente tiene 30 días. Si en ese tiempo NO se hace uso de su derecho al veto, se entiende la norma como sancionada.
Explica la parte de refrendo
el Refrendo de leyes lo realiza algún Secretario (NO es el Refrendo del Art. 92 CPEUM). No es sobre la ley, sino sobre lo que le toca al presidente, que es la sanción y la promulgación.
Explica la parte de promulgación
Es la FIRMA del presidente. En teoría, primero debe ser la promulgación y en la práctica, se da antes del refrendo. Primero firma el presidente y luego el Secretario de Estado en la práctica.
El presidente tiene 10 días para que se promulgue (firme) y mande a publicar al DOF. Si pasan 10 días después de los 30 para vetar, se va a entender que fue sancionada y promulgada y, por lo tanto, se manda a publicar por el presidente de la cámara de origen de la iniciativa.
Explica la parte de publicación
En el DOF. Se acaba el procedimiento legislativo. Hay 2 figuras más que forman parte del tiempo necesario para que salga a la vida una norma jurídica:
a. Vacatio legis: es el periodo entre la publicación y la entrada en vigor. Hay leyes con años de vacatio legis.
b. Inicio de vigencia: es obligatoria para todos.
¿Cuáles son las partes de una ley?
a. Nombre: breve, concreto, que abarque la materia del ordenamiento jurídico.
b. Disposiciones generales:
i. Deben de tener el objeto y la finalidad de la ley: “el objeto de esta ley es de interés público” es la justificación del legislador para su actuar.
ii. Ámbito de aplicación:
- Temporal: normalmente no es necesario por su característica de permanencia
- Espacial: federal, general, concurrente.
- Personal: servidores, ciudadanía, personas en alguna situación jurídica
- Material: tema
iii. Definiciones legales: no todas lo requieren.
iv. Normas supletorias
c. Parte sustantiva
i. Disposiciones directivas.
ii. parte sustantiva en ss
iii. sanciones
iv. medios de impugnación
d. Parte final
i. Disposiciones derogatorias
ii. Articulos transitorios,
¿Cuantos tipos de articulos transitorios hay?
- De entrada en vigor
- Abrigatorias y derogatorias
- Establecen la contiuacion de situaciones jurídicas
- Declaran la aplicación retroactiva
- Regulan de modo autónomo y provisional situaciones jurídicas
- Declaren la pervivencia de las disposiciones de una ley dentro de la vacatio legis.
- Establecen una condición para el inicio de la vigencia.
- Determinan modificaciones textuales genéricas.
¿Cuáles son las características de los reglamentos?
- Generales
- Abstractas
- Impersonales
- Obligatorios
- Provenientes del PE: caracteristica que la diferencia de la ley ya que esta ciene del PL
- Constitucionalmente subordinada a las disposiciones legales que reglamentan: subordinada a que exista una ley y a que no la contravengan.
Ratificación de las secretarias
SE RATIFICA SIEMPRE
a. Hacienda
- Sin gobierno de coalicion: la ratifica la Camara de Diputados
- Con gobierno de coalicion: la ratifica la Camara de Senadores
b. Secretaría de Relaciones Exteriores
c. Secretaría de Control Interno del Ejecutivo Federal (Secretaría de la Función Pública)
SE RATIFICA CON GOBIERNO DE COALICIÓN:
a. Todas las secretarias de estado por el Senado,
NUNCA SE RATIFICA:
a. Secretaria de Defensa Nacional
b. Secretaria de Marina
¿Hasta por cuanto podra ausentarse el Presidente de la Rep de la Rep?
Hasta por 7 días informando previamente los motivos de ausencia a la Camara de Senadores o a la Comision Permanente en su caso.
En caso de ausencia mayor de estos días se requiere de la autoeizacion de la Camara de Senadores o a la Comision Permanente.
¿Cuales son las facultades y obligaciones del Presidente?
- Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión.
- Nombrar y remover libremente a los Secretarios de Estado.
- Nombrar a embajadores, consules generales y empleados superiores de Hacienda.
- Nombrar con aprobacion del Senado a personas del Ejercito.
- Disponer de la Guardia Nacional
- Preservar de la seguridad nacional y disponer de la Fuerza armada.
- Declarar la guerra
8, intervenir en la designacion del Fiscal General
¿Cuando será renunciable el puesto de Presidente?
Sólo es renunciable por causa grave, que calificará el Congreso de la Unión, ante el que se presentará la renuncia.
Tratado internacional
Es un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, ya sea que conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular.
Documentos jurídico-administrativo del Ejecutivo Federal
reglamentos, decretos, disposiciones generales, acuerdos, convenios, circulares, oficios-circulares, programas, manuales, instructivos, reglas, planes, NOMs, normas mexicanas, normas internacionales, estatutos, contratos administrativos, etc.
Doctrina
No es formal, se considera real, cuando se trata de documentos la realidad es que es muy importante porque lo toman en consideración los jueces para la jurisprudencia. Se basa en la auctoritas (saber socialmente reconocido, diferente al poder socialmente aceptado que es la potestas), por ello es fuente formal. Tiene 2ble misión: estudiar la
realidad y dar las pautas para el deber ser.
Jurisprudencia
interpretación reiterada de la ley en un mismo sentido, de observancia obligatoria, que emana de las ejecutorias que pronuncia la SCJN funcionando en pleno o salas y los TCC. También existe la jurisprudencia por contradicción que implica que el órgano superior (pleno), resuelve entre inconsistencias de criterios de tribunales inferiores.
Tipos de jurisprudencias
- Confirmatoria de la ley
- Supletoria de la ley
- Interpretativa
Finalidad de las jurisprudencias
unificar su interpretación y mantener la observancia de la ley.
Decretos
No solo son competencia del ejecutivo. Es toda resolución o disposición de un órgano del estado (ejecutivo, legislativo, judicial, oca) sobre un asunto o negocio de su competencia, que establece situaciones jurídicas concretas que se refieren a un caso particular en un determinado tiempo, lugar, circunstancia e individuos.
Para ser oponible requiere cumplir con la publicidad en el DOF, de otra forma no es válido.
Caracteristicas de los decretos
- Desde el ambito ejecutivo, Máximo lugar en la jerarquía normativa interina de las disposiciones administrativas.
- Son excepcionales al ser particulares
- Existencia de necesidad justificable
- Deben publicarse en el DOF.
- Fundamento art. 89 fraccion I CPEUM relacionado con el art, 92
Acto formalmente legislativo materialmente ejecutivo
CNDH, ratificación de nombramientos.
Acto formalmente legislativo materialmente judicial
Juicio político.
Acto formalmente ejecutivo materialmente legislativo
Nombramiento, emitir reglamento.
Acto formalmente judicial materialmente legislativo
Jurisprudencia
Acto formalmente judicial materialmente ejecutivo
Acuerdo, circulares del consejo de la judicatura.