Parte 6: Capitulo IV del Titulo Preliminar (III) Flashcards
1
Q
Artículo 11.2
A
- Si la ley reguladora del contenido de los actos y contratos exigiere para su validez una determinada forma o solemnidad, será siempre aplicada, incluso en el caso de otorgarse aquéllos en el extranjero.
2
Q
Artículo 11.3
A
- Será de aplicación la ley española a los contratos, testamentos y demás actos jurídicos autorizados por funcionarios diplomáticos o consulares de España en el extranjero.
3
Q
Artículo 12.1
A
- La calificación para determinar la norma de conflicto aplicable se hará siempre con arreglo a la ley española.
4
Q
Artículo 12.2
A
- La remisión al derecho extranjero se entenderá hecha a su ley material, sin tener en cuenta el reenvío que sus normas de conflicto puedan hacer a otra ley que no sea la española.
5
Q
Artículo 12.3
A
- En ningún caso tendrá aplicación la ley extranjera cuando resulte contraria aI orden público.
6
Q
Artículo 12.4
A
- Se considerará como fraude de ley la utilización de una norma de conflicto con el fin de eludir una ley imperativa española.
7
Q
Artículo 12.5
A
- Cuando una norma de conflicto remita a la legislación de un Estado en el que coexistan diferentes sistemas legislativos, la determinación del que sea aplicable entre ellos se hará conforme a la legislación de dicho Estado.
8
Q
Artículo 12.6
A
- Los Tribunales y autoridades aplicarán de oficio las normas de conflicto del derecho español.