Parcial 3-Filiación Flashcards

1
Q

¿Qué son biologicamente la filiación y la paternidad?

A

F: Vinculo procreativo de hijos a padres
P: Vinculo procreativo de padres a hijos

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2
Q

¿Qué es la filiación desde el punto de vista jurídico?

A

Vinculo juridico que existe entre dos personas a las cuales la ley les atribuye el carácter de padres e hijos

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3
Q

a) ¿Puede haber hijos sin padres? b) Señala las diferencias entre los efectos de la filiación matrimonial y extramatrimonial

A

a) Biologicamente no, juridicamente sí

b) No hay diferencia alguna como en tiempos anteriores

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4
Q

¿Cuáles son los beneficios de la filiación?

A
  1. Nombre
  2. Nacionalidad
  3. Alimentos
  4. Derechos Sucesorios
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5
Q

¿Cómo es el establecimiento de la paternidad/filiación?

A

Se es hijo de madre si se prueba el parte y la persona que alega la filiación es producto de aquel parto. En cambio, la paternidad es socialmente incierta por su misma naturaleza.

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6
Q

¿Cómo se clasifican los hijos?

A
  1. LEGITIMOS: Nacidos de matrimonio
  2. ILEGITIMOS: Nacidos fuera del matrimonio
    a) Naturales: Nacen de personas que no se casan pero no tienen impedimentos para casarse
    b) Espureos: Nacidos de personas que tienen impedimentos para casarse
    - Adulteros: Hay un matrimonio subsistente
    - Incestuosos:
    - Sacrilegos: Por votos religiosos
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7
Q

¿Qué señala la presunción Pater is est?

A

Señala que se tendrán por hijos del padre todos aquellos que nazcan durante el matrimonio (Desde los 180 días posteriores a la celebración hasta los 300 días posteriores a su fin), solo cesa por prueba en contrario

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8
Q

En qué supuestos se consideraran hijos del padre los nacidos en los primeros 180 días del matrimonio

A
  1. Si antes de casarse supo del embarazo
  2. Si concurre al levantamiento del acta y la firmo
  3. Si reconoce expresamente al hijo como suyo
  4. Si el hijo no nace viable
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9
Q

¿En qué supuestos puede el padre desconocer al hijo?

A
  1. Cuando durante los primeros cuatro meses de los 10 del embarazo le fue imposible tener relaciones sexuales con la esposa
  2. Si se le oculta el nacimiento del hijo

Tiene para ejercer la acción 90 días, contados desde que nace el niño, desde que llega o después de enterarse del engaño

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10
Q

¿En qué casos el marido NO puede desconocer al hijo?

A
  1. Si antes de casarse conoció del embarazo de su esposa
  2. Fue al levantamiento del acta de nacimiento del hijo
  3. Reconocimiento expreso del hijo
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11
Q

¿En qué casos los herederos del hijo podrán reclamar el estado de hijo de matrimonio?

A
  1. Si el hijo muere antes de los 25 años

2. Si el hijo fue declarado incapaz antes de los 25 años y murió sin recobrar la razón

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12
Q

¿Quiénes pueden reclamar la contradicción de la paternidad? ¿En qué casos podrán hacerlo?

A
  1. Los herederos
  2. Cualquier otra persona a quien perjudique la filiación

CASOS:

  • El hijo que nace y se le pretende atribuir al esposo que declarado incapaz no recobra la razón
  • Continuar el juicio del padre que demanda la contradicción
  • En los lapsos que opera la presunción, pero solo en los mismos casos que hubiera podido haberlo hecho el padre
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13
Q

Señala las 5 reglas respecto a la contradicción de la paternidad

A
  1. Deben ser oídos MADRE e HIJO (si es menor, debe tener un tutor especial)
  2. No puede entablarse demanda si el hijo no nace viable (desprendido del seno materno y que de señales de vida, con certificado de nacimiento o presentado ante el Ministerio Publico/PPNNA)
  3. La cuestión solo puede ser resuelta por un juez
  4. Los derechos pecuniarios si pueden ser sometidos a arbitraje/transacción
  5. No basta el dicho de la madre para excluir de la paternidad al marido
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14
Q

¿Cómo se prueba la filiación de los hijos nacidos de matrimonio?

A

Con la partida de su nacimiento y acta de matrimonio de sus padres. Si no las hubiera, estuvieren incompletas o fueren falsas:

  1. Con la posesión de estado de hijo de matrimonio (nombre, trato y fama)
    - Reconocido como hijo de matrimonio por la familia del marido y la sociedad
    - Apellido del Padre
    - Que el padre lo haya tratado como hijo suyo (subsistencia, educación y establecimento)
    - 18 años de edad + la edad del hijo
  2. Todos los medios de prueba admitidos (si es testimonial, junto a otras
  3. Duplicado del registro, no admite prueba en contrario
  4. Si fallecen dos personas que vivieron como marido y mujer pero no encuentran el acta de matrimonio, no puede disputarse la filiación
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15
Q

¿Qué es la legitimación?

A

Situación jurídica de un hijo que nace antes del matrimonio de los padres, que se obtiene por el matrimonio subsecuente de ellos, con el efecto de considerarlo como hijo de matrimonio.

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16
Q

¿Cómo se regula la legitimación jurídicamente?

A
  1. Los padres deben reconocerlo expresamente antes de la celebración del matrimonio, en el acto o durante él. Deben hacerlo ambos, conjunta o separadamente
  2. También puede hacerse posteriormente y se retrotraen los efectos
  3. También los descendientes de los hijos si estos hubieran fallecido antes del matrimonio de los padres
  4. Los hijos no nacidos también, si el hombre reconoce al hijo de la mujer encinta o que reconoce que esta embarazada
17
Q

¿Cómo se establece la filiación en casos donde no hubo matrimonio?

A
  1. Por el reconocimiento voluntario de los progenitores, o

2. Por una sentencia que así lo declare

18
Q

¿Cuáles son las CARACTERISTICAS del reconocimiento voluntario?

A
  1. Solemne: 5 formas legalmente establecidas
  2. Unilateral: basta la manifestación de la voluntad del progenitor
  3. Irrevocable: Si el acto fue perfecto, no puede revocar el acto, si no, puede demandar nulidad
  4. Personalísimo: Debe hacerlo el progenitor directamente o mediante un mandatario especial
  5. Libre
19
Q

Señala los ELEMENTOS del acto jurídico de reconocimiento

A

ESENCIALES

  1. Manifestación de la voluntad: Consentimiento libre y consciente, si el hijo es mayor de edad se requiere pero no es indispensable
  2. Objeto Fisica y Juridicamente Posible: El objeto debe ser reconocer como hijo a un ser humano, que nació vivo y viable
  3. Solemnidad: Partida de nacimiento (ORC), Acta especial (ORC), escritura pública, testamento o confesión judicial directa y expresa

DE VALIDEZ

  1. Capacidad Legal: Capacidad de ejercicio. Los menores pueden reconocer, pero debe ser ratificado por la PPNNA, dentro de los 60 días posteriores a la notificación
  2. Ausencia de vicios de la voluntad: Reservado al menor que sufrió engaño al hacerlo (hasta 4 años después de haber cumplido la mayoría de edad)
  3. Licitud en el motivo o fin determinante de la voluntad: El fin debe ser establecer una relación paternofilial entre el que reconoce y el reconocido
  4. Forma Legal: Testigos, documentos, etc.
20
Q

¿Quiénes están facultados para contradecir el reconocimiento voluntario?

A
  1. La mujer que cuida a un niño como suyo (el niño tiene la posesión de estado de hijo de la mujer), tiene un año (contado desde que tiene conocimiento del acto) para contradecirlo si un hombre lo intenta
  2. El hijo. Tiene dos años desde que cumple 18, si se entero con anterioridad, si no, dos años desde que conoció.
  3. El progenitor que ha reconocido a su hijo vs un tercero. Es delito de suposición y supresión del estado civil.
21
Q

¿Qué es el reconocimiento forzoso?

A

Si el reconocimiento no se hace de manera voluntaria, se puede demandar judicialmente

  1. Demostrar maternidad
  2. Demostrar paternidad
22
Q

¿Cómo se puede intentar la investigación de la MATERNIDAD?

A
  1. Amplia libertad de investigación y prueba si la madre es soltera (hijo o sus descendientes)
  2. NO se podrá si es mujer casada, solo si se deduce de una sentencia civil o penal o si el marido desconoce al hijo (el hijo)
23
Q

¿En qué casos se permite la investigación de la paternidad?

A

Una vez investigada la maternidad:
1. RAPTO, ESTRUPO O VIOLACIÓN, cuando el delito se cometió en la misma época de la concepción (primeros 120 días de los 300 anteriores al nacimiento)

  1. Cuando el hijo se halle en POSESIÓN DE ESTADO DE HIJO del presunto padre
  2. Cuando el hijo haya sido concebido durante el tiempo en que la madre habitaba en el mismo techo que el padre, viviendo maritalmente
  3. El hijo tiene PRINCIPIO DE PRUEBA ESCRITA a su favor contra el supuesto padre
  4. Cuando el hijo tiene principio de prueba escrita O CIENTIFICA, PERO con otros medios de prueba
24
Q

¿En qué tiempo se pueden investigar la maternidad y la paternidad?

A
  1. En vida de los padres

2. Si fallecen siendo menor de edad el hijo, puede intentar hasta 4 años después de la mayoría de edad

25
Q

Señala los efectos del reconocimiento forzoso

A
  1. Derecho al nombre y la nacionalidad
  2. Alimentos latu sensu
  3. Porción hereditaria legitima o pensión alimenticia (si fue excluido de la herencia)