PARCIAL 2 Flashcards
¿Cuál era la noción romana del Derecho Natural?
Lo veían como el criterio que el sentido común impone a las soluciones que día con día hay que ir encontrando a los problemas jurídicos.
Explica la concepción cristiana del Derecho Natural
La concepción partia de una base racional, no religiosa, que le otorgaba al hombre una dignidad como hijo de Dios, proclamando una igualdad entre todos los humanos.
Señala al Estado como medio, y no fin, del hombre.
¿Cuál es el origen de las nociones racionalistas del Derecho?
Surgen con la aparición de la ciencia moderna en el 1400, el método científico, y el antropocentrismo característico del Renacimiento.
Supone un problema, pues se analiza parcialmente y no se ve el conjunto como un TODO.
¿Cuáles son los dos tipos de ciencia?
GENERAL: Estudia la realidad por las causas últimas (filosofía)
PARTICULAR: Estudian la realidad por las causas próximas, pero requieren de la filosofía.
¿Qué son la DEDUCCIÓN e INDUCCIÓN?
DEDUCCIÓN: Partir de una ley general para llegar a un conocimiento particular
INDUCCIÓN: Partir de una premisa de un caso particular y aplicarla en general.
¿Qué es el Racionalismo?
La Doctrine que exagera el uso de la razón y la deducción, negando el empirismo de la inducción.
Aplicaba el método de Descartes y su problema era que excluía la importancia de la ciencia histórica.
Enuncia las características de las legislaciones morales y jurídicas, explicando el error de estas características.
LEGISLACIÓN JURIDICA: Heteronoma, Externa, Coercible y Bilateral
LEGISLACIÓN MORAL: Autonoma, Interna, Incoercible y Unilateral
Esto supone un error, pues la legislación moral no puede ser AUTONOMA: “solo hay una moral, impuesta por la ley natural e impregnada en la conciencia humana por medio de la razón”, habría una sociedad compuesta por muchas autonomías que entrarían en conflicto. Nadie puede darse sus propias leyes morales.
Además, no puede ser INTERNA, pues supone un actuar frente a los demás, una exteriorización de la moral.
¿Cuál es el problema de la separación entre legislación moral y jurídica?
El camino de estas debe ser uno solo, partiendo desde el mismo punto, la moral, formando un mismo sistema jurídico. Cuando deja de regular la moral, el orden jurídico continua.
¿Qué señalaba Kant respecto al Derecho?
Lo veia como un conjunto de condiciones bajo las cuales se podían armonizar arbitrios en base a una ley de libertad.
En resumen, argumenta que EL ESTADO NO VE POR EL BIEN COMÚN, SOLO ARBITRA EGOISMOS.
Explica la teoria de Kelsen respecto al derecho
Llevo al Kantismo al extremo, considerando solamente al Derecho Positivo. Para él, solo importaba qué era y cómo se formaba el Derecho.
El fin del Derecho es producir una conducta humana deseable y tiene dos aspectos:
- Estático: El sistema de normas
- Dinámico: Su creación y aplicación
¿Cómo se critica a Kelsen?
POSITIVAMENTE: Lleva a pensar en la causa formal de las normas
NEGATIVAMENTE: Excluye la moral como fundamento filosófico del derecho y olvida la importancia de las relaciones sociales.
El Derecho es más que una visión racionalista.
Explica la teoria de los tres círculos concéntricos de Garcia Maynez
Señala que hay tres tipos de Derecho que unidos producirán el Derecho IDEAL:
- Derecho Formalmente Válido: el Reconocido por la Autoridad. (Estado)
- Derecho Intrínsecamente Válido: Justo o natural. (Filósofo)
- Derecho Positivo: El que se aplica y se cumple realmente en la sociedad. (Sociólogo)
¿Cuál es la diferencia entre Derecho y Sistema de Normas?
El concepto de Derecho es mucho más amplio pues es un concepto análogo, el Sistema de Normas es simplemente uno de sus analogados: El Derecho Objetivo.
¿Qué es una norma según Rafael de Pina Vaara?
Una regla dictada por un legitimo poder para determinar la conducta humana.
¿Cuáles son los ámbitos de validez de una norma jurídica?
Para Kelsen son cuatro:
- Personal
- Espacial
- Temporal
- Material