NO PREDICCIONES Flashcards
¿Con qué se inicia la acción penal?
Con la determinación de causa probable para arresto o citación del imputado.
¿Por qué razones es importante el inicio de la acción penal?
(1) Activa el derecho de ASISTENCIA DE ABOGADO bajo la 6ta Enmienda;
(2) INTERRUMPE el término prescriptivo de los delitos;
(3) Se activa el derecho a JUICIO RÁPIDO desde el arresto o determinación de causa probable;
(4) El debido proceso de ley protege contra DILACIÓN IRRAZONABLE para iniciar la acción con perjurio sustancial del imputado.
¿Cuándo las partes pueden solicitar la inhibición de un juez?
- Fue fiscal o abogado en el caso;
- Es testigo esencial en el caso;
- Ha presidido el juicio del mismo caso en un tribunal inferior;
- Tiene interés en el resultado del caso;
- Tiene relaciones de parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del 4to grado con la acusada, con la víctima, o con la abogada o la fiscal;
- Tiene opinión formada o prejuicio a favor o en contra de cualquiera de las partes, o haya prejuzgado el caso;
- Ha actuado como magistrado a los fines de expedir la orden de arresto o de citación o a los fines de determinar causa probable en la VP.
¿Con cuántos días de anticipación al juicio se debe presentar la moción de inhibición del juez?
20 DÍAS
¿La vista de determinación de causa para el arresto se puede celebrar en ausencia del imputado?
SÍ, siempre que se haya previamente citado al imputado de conformidad con la ley.
[+2 pts]
Por excepción, ¿cuándo se justifica NO citar al imputado a la vista de determinación de causa para el arresto?
(1) a pesar del esfuerzo realizado, la persona no pudo ser localizada;
(2) se pretenden realizar arrestos en serie;
(3) un operativo haya dado lugar a denuncias múltiples que hagan muy oneroso para el Estado citar previamente a todos los imputados;
(4) la seguridad de las víctimas o los testigos aconsejan que se celebre el proceso en ausencia del imputado;
(5) es necesario para evitar que se malogre una investigación en curso.
[Máx. +3 pts]
¿A quién le corresponde pasar juicio y determinar la suficiencia de las justificaciones ofrecidas por el Ministerio Público para no haber citado al imputado a la vista correspondiente?
al magistrado
[+1 pt]