monopolios y disposición de activos Flashcards
introducción de los monopolios
Monopolios como arbitrios rentísticos
Maximización del beneficio de monopolio
Pérdida irrecuperable por la arbitrariedad de precios → que una sola persona suministre
cuales son los tipos de monopolio
- Natural: la condición de los beneficios que una sola persona preste el servicio → acueducto
- Jurídico: que existen en virtud de la ley → servicios públicos → administración de justicia, en un principio solo eran los jueces
- Estatales: sólo el estado puede ejercer
Pueden concurrir los tres, e incluso un particular puede ejercerlo.
Características monopolios estatales
1.En virtud de la ley,
- tiene que ser rentable (excedente que quede con el estado),
- Arbitrio rentístico: indemnización(fábrica de cervezas y hay muchas artesanales. está ya ejerciendo ese negocio TENDRÍAN QUE INDEMNIZAR.
monopolios constitucionales de arbitrio rentístico → licores y suerte al azar - finalidad de interés público
(Monopolios constitucionales); Licores y suerte y azar: el refajo estaba supervisado por el estado. Veo muchos casinos y loterías eso pasa porque el municipio cede el ejercicio de esa actividad, percibiendo el ingreso
que son las disposiciones de activos
El estado como vendedor y agente de mercado de rentas que percibe en la disposiciones de activos
que son clasificaciones de bienes
Públicos
Uso público: monetizar el estado, explotarlo económica → PLAZA DE BOLÍVAR monetizar para conciertos
Concesión: solo lo hace un privado
APP: asociación público privada → un particular o el estado se pidenq ue se desarrolle la explotación de un bien público
Bienes fiscales: Bienes que el estado puede enajenar
Sociedades: venta de acciones, Ecopetrol se las vende a Antonio y Antonio entrega la plata.
otros
SOCIEDADES – Ley 226 de 1995 → oferta de venta del bien fiscal
Grupos con preferencia y pensionados:
Entidades con participación
Sindicatos
Fondos de cesantías
Programa de enajenación
Público
Precio accionario fijo equivalente al precio resultando de valoración
Derecho de preferencia por la totalidad