LEY 41/2002 - AUTONOMÍA DEL PACIENTE Flashcards
El objeto de la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, según se establece en sus disposiciones es:
a) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica.
b) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios públicos, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica.
c) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica.
d) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica.
a) La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica.
113.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la documentación clínica es:
a) La información contenida en la historia clínica.
b) El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial y la documentación relativa a las voluntades anticipadas.
c) El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial y de investigación biomédica.
d) El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial.
d) El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial.
114.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, una intervención en el ámbito de la sanidad es:
a) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores, de salud pública o de investigación.
b) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores o de investigación.
c) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos o rehabilitadores.
d) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos o terapéuticos.
b) Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores o de investigación.
115.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, es usuario:
a) La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el mantenimiento o recuperación de su salud.
b) La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el mantenimiento o recuperación de su salud en el sistema público de salud.
c) La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria.
d) La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria en el sistema público de salud.
c) La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria.
116.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la información asistencial:
a) Como regla general se proporcionará verbalmente.
b) Como regla general se proporcionará por escrito.
c) Como regla general se proporcionará verbalmente y por escrito.
d) Como regla general se proporcionará por escrito cuando se trate de pacientes menores de edad.
a) Como regla general se proporcionará verbalmente.
117.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la información asistencial contiene, como mínimo:
a) La finalidad y la naturaleza de cada intervención.
b) La finalidad y la naturaleza de cada intervención y sus riesgos.
c) La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias.
d) La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos, sus consecuencias y los derechos de los pacientes.
c) La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias.
118.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, garantiza el cumplimiento del derecho a la información asistencial:
a) El médico responsable del paciente.
b) El médico responsable del paciente y los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto.
c) El médico responsable del paciente y el personal de enfermería.
d) El centro sanitario.
b) El médico responsable del paciente y los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto.
119.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el titular del derecho a la información asistencial es:
a) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita.
b) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa.
c) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita por escrito.
d) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho.
a) El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita.
120.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico:
a) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho si así lo dispone la autoridad judicial.
b) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho, después de haber consultado al Comité de Ética Asistencial de Centro.
c) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho después de haber consultado con la dirección del centro.
d) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.
d) La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.
121.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el estado de necesidad terapéutica:
a) Excluye el derecho a la información sanitaria de los pacientes.
b) Es la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente, cuando por su edad la información puede perjudicar su salud de manera grave.
c) Se regulará en la normativa autonómica.
d) No está contemplado en la legislación.
b) Es la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente, cuando por su edad la información puede perjudicar su salud de manera grave.
122.-Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el consentimiento:
a) Será verbal por regla general, salvo en el caso de pacientes menores de edad.
b) Será verbal por regla general.
c) Será escrito por regla general.
d) Será expreso y escrito por regla general.
b) Será verbal por regla general.
123.-Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la renuncia del paciente a recibir información:
a) Está limitada únicamente por el interés de la colectividad.
b) Está limitada únicamente por las exigencias terapéuticas del caso.
c) No está contemplada.
d) Todas las respuestas anteriores son falsas.
d) Todas las respuestas anteriores son falsas.
124.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización:
a) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, con el consentimiento de los familiares.
b) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, con el consentimiento del representante legal.
c) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, con autorización judicial.
d) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento.
d) Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento.
125.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, se otorgará el consentimiento por representación:
a) Como regla general, cuando el paciente sea menor de edad, salvo que no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención.
b) Como regla general, cuando el paciente sea menor de dieseis años, salvo que no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención.
c) Como regla general, cuando el paciente sea menor de edad.
d) Como regla general, cuando el paciente sea menor de dieciséis años.
d) Como regla general, cuando el paciente sea menor de dieciséis años.
126.- Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en relación con menores de edad, el consentimiento para la práctica de ensayos clínicos:
a) Se rige por lo establecido en esta norma.
b) Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad.
c) Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por lo dispuesto en esta norma.
d) Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por las disposiciones especiales de aplicación.
d) Se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por las disposiciones especiales de aplicación.