Ley 21.325 Flashcards
Principios fundamentales de protección: Promoción respeto y garantía de Derechos
- Protección de D° humanos de personas extranjeras.
- Libre circulación en el país.
- Estado decide quien entra en el territorio, y se garantiza un proceso racional y justo para quienes soliciten ingreso al país, o un permiso de residencia.
- E° promoverá D° consagrados en las leyes y tratados.
- Igualdad ante la ley de los extranjeros.
Principio de interés superior del niño
El Estado adoptará todas las medidas administrativas, legislativas y judiciales necesarias para asegurar el pleno ejercicio y goce de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, consagrados en la CPR y las leyes.
Los niños, niñas y adolescentes extranjeros que incurrieren en alguna infracción migratoria no estarán sujetos a las sanciones previstas en esta ley.
Deberes del E°
Es deber del Estado proporcionar al extranjero información íntegra, oportuna y eficaz sobre sus Derechos y Obligaciones, acerca de los requisitos de ingreso, estadía y egreso del país, y cualquier otra información relevante.
El Estado debe mantener mecanismos accesibles de reclamo por falta de información íntegra,oportuna y eficaz
Principio de integración e inclusión
El E° propenderá a la integración e inclusión de los extranjeros dentro de la sociedad chilena, con el debido respeto a la CPR y las leyes
Principio de migración ordenada, segura y regular
Ordenada: El Estado promoverá que los extranjeros cuenten con los permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país, y para el desarrollo de sus actividades y ejercicio de sus derechos en el marco de la legislación vigente.
Segura: El Estado promoverá la migración segura, persiguiendo activamente a quines cometan los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.
Regular: El Estado proporcionará los medios necesarios a quienes hayan sido víctimas de trata de personas, para que puedan regular su situación en el país.
Principio de No criminalización
La migración irregular no es constitutiva de delito
Principio de Protección complementaria
A los extranjeros solicitantes de refugio que no les fuere reconocida tal calidad, se les podrá otorgar protección complementaria de oficio o a petición de parte por la autoridad dispuesta en la ley Nº 20.430.
Ningún extranjero titular de protección complementaria podrá ser expulsado o devuelto al país donde su derecho a la vida, integridad física o la libertad personal corran riesgo de ser vulneradas en razón de su raza o etnia, nacionalidad, religión o creencia, condición social, ideología u opinión política, orientación sexual o identidad de género.
Principio Pro homine
Los derechos reconocidos en esta ley serán interpretados según la norma más amplia o extensiva. A su vez, cuando se trate de restringir o suspender derechos se interpretará de acuerdo a la norma más restrictiva.
Igualdad de Derechos y obligaciones de los extranjeros
Igualdad en el ejercicio de los D°
Protección contra la discriminación y cumplimiento de la legislación.
Procedimiento racional y justo.
D° a interponer acciones.
Derechos laborales
Tienen mismos derechos en materia laboral que los chilenos.
Todo empleador deberá cumplir con sus obligaciones legales en materia laboral, sin perjuicio de la condición migratoria irregular del extranjero contratado.
Derecho a la salud
En igual condiciones que los nacionales
Acceso a la seguridad social
Pueden acceder en iguales condiciones que los nacionales, siempre y cuando cumplamn con los requisitos legales.
*Período mínimo de permanencia en el país de 24 meses para acceder a ciertos beneficios sociales (no aplica para menores de edad).
Acceso a la educación
En las mismas condiciones que los chilenos.
Derecho de acceso a la vivienda
Tienen los mismos derechos que los nacionales, mientras cumplan con los requisitos legales.
Reunificación familiar
Residente pueden pedir al E° reunificación con familiares:
- Cónyuge
- Padres
- Hijos menores de edad
- Hijos con discapacidad
- Hijos solteros menores de 24 años que se encuentren estudiando.
- Menores de edad que se encuentren bajo su tutela o curaduría.
Envío y recepción de remesas
Extranjeros tienen derecho a transferir sus ingresos y ahorros obtenidos en Chile a cualquier otro país, así como a recibir dinero o bienes desde el extranjero, cumpliendo la legislación.
Garantía de Debido proceso en la ley
E° garantizará igual protección de los D° de los extranjeros en la ley, CPR y tratados internacionales.
Art. 37 Prórrogasde permisos y alcances temporales de tramitación
Prórroga deberá ser solicitada al Servicio con no más de noventa y no menos de diez días de anticipación a la expiración
Las solicitudes de residencia temporal o definitiva deberán ser tramitadas en el más breve plazo.
La vigencia de la residencia en trámite será prorrogada de forma automática en tanto no se resuelva la solicitud respectiva.