Lección 3 Flashcards

Clasificación de las normas jurídicas

1
Q

DESTINATARIO

A
  • Público (órgano al servicio del estado)
  • Privado (ciudadanía)
    —————
  • Individual (órgano unipersonal)
    -> PARTICULARES
  • Colectivo (pluralidad indefinida de sujetos)
    -> GENERALES
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2
Q

OBJETO

(acción o conducta prescrita por la norma)

A
  • Abstracto (lo que se prescribe es una clase de actos) [cuando se habla de estas normas se hace referencia a la posibilidad de que la acción sea duradera o recurrente en el tiempo y no se agote con el cumplimiento de una acción determinada]
  • Concreto (lo que se prescribe es una acción determinada)
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3
Q

EFECTO PERSEGUIDO

A
  • Positiva (lo que prescribe es algo que se debe hacer)
  • Negativa (lo que se prescribe es una omisión)
    —————
    Ambas son imperativas
    Norma permisiva (neutraliza las imperativas)
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4
Q

SI CONDICIONAN O NO A LA VOLUNTAD DEL DESTINATARIO

A
  • Categóricas: prescriben un comportamiento incondicionadamente (crean obligaciones) (“debes A”).
  • Hipotéticas: prescriben un comportamiento condicionado a la voluntad del destinatario de la prescripción (“si quieres B debes A”).
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5
Q

DISTINCIÓN ENTRE
TAXATIVAS Y DISPOSITIVAS

A

Taxativas:
* Derecho necesario
* Se aplican siempre
* “Si es A debe ser B
* Predominan en el Dº público

Dispositivas:
* Normas renunciables
* Se aplican solo si no hay una voluntad en contra (de las partes)
* “Si es A debe ser B a no ser que las partes dispongan que debe ser C
* Más frecuentes en el Dº privado
- Interpretativas (aclaran la voluntad de las partes)
- Supletorias (presuponen falta de declaración de voluntad de las partes)

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6
Q

GRADO DE DETERMINACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE LA NORMA

A
  • Rígidas (mayoría): contienen un precepto taxativo, no deja margen para apreciar las circunstancias ni para graduar las consecuencias.
  • Elásticas: los requisitos del supuesto o la consecuencia aparecen indeterminados dejando un margen para configurar la normas de un modo más preciso.
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7
Q

DISTINCIÓN ENTRE COMPLETAS E INCOMPLETAS

A
  • Completas: Integran una proposición jurídica por sí solas
  • Incompletas: Por sí solas no tienen sentido (solo lo tienen en combinación con otras)
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8
Q

EFICACIA TEMPORAL

A
  • Temporales: Ya al nacer tienen prefijada de antemano su vida por un plazo limitado.
    * Transitorias: regulan conflictos originados por el tránsito de una legislación a otra.
  • Permanentes (mayoría): Nacen con una vocación de permanencia en el tiempo (no tienen vigencia limitada en el tiempo).
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9
Q

EFICACIA ESPACIAL

A
  • Universales: Su ámbito de aplicación en el espacio trasciende los límites de un país.
  • Generales o comunes: Ámbito limitado a un país, pero rigen en todo ese territorio.
  • Particulares o locales: Solo se aplican en parte del territorio de un país.
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10
Q

DISTINCIÓN ENTRE NORMAS DE Dº PÚBLICO Y Dº PRIVADO

Desde la perspectiva de la relación jurídica

A

Sujeto:
* De Dº público: regula relaciones jurídicas mín. un sujeto es un ente público.
* Conjunto de normas que regulan la organización y actividad del Estado y demás entes públicos y sus relaciones (entre sí o con particulares).
* De Dº privado: regula relaciones jurídicas ambos sujetos son particulares.
* Conjunto de normas que regulan lo relativo a los particulares y sus relaciones.

Objeto:
* Dº público: regulan y protegen los intereses generales.
* Dº privado: miran más hacia los intereses particulares.

Antonio Cicu:
* Dº público: predomina polo pasivo (deber jurídico y idea de subordinación)
* Dº privado: polo activo (poder jurídico y idea de coordinación)

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11
Q

DISTINCIÓN ENTRE NORMAS DE Dº PÚBLICO Y Dº PRIVADO

Desde la perspectiva de la norma jurídica

A
  • Dº público: taxativas (en su mayoría) (no pueden modificarse en pactos privados)
  • Dº privado: dispositivas (en su mayoría)

Otras diferencias de autores:
* Dº público: Derecho de organización y funcionamiento
* Dº privado: Derecho de coordinación de intereses contrapuestos

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