Las Cosas Flashcards
¿Cómo se dice “Cosa” en Latín y qué se entiende por ella?
Cosa = Res; Se define como Toda porción material del mundo externo susceptible de aprovechamiento por un sujeto de derecho.
(Objeto material con cuerpo tangible)
¿Clasificación jurídica de las cosas?
Se basa en el “Ius commercium”; el derecho exclusivo de los ciudadanos romanos que les permite ser titulares del dominio sobre algo y transferir la propiedad u otro derecho a un tercero.
Definición de “Extra commercium” e “In Commercium”
Extra commercium: Cosas incomerciables, excepciones a la regla. Los particulares no pueden ejercer derechos sobre ellas, quedan fuera del mundo de los negocios por especial prohibición del ordenamiento jurídico.
In commercium: Son la regla general, pueden ser objeto de relaciones patrimoniales privadas, entran lícitamente al mundo de los negocios y se puede tener sobre ellas derechos reales.
Razones humanas (humanis iuris o derecho humano) por las cuales las cosas pueden ser Extra Commercium.
- Públicas: Se les denomina “Res Publicae”, no se tienen a caudal del populus, sino que para uso público. Le pertenecen en principio a Roma (estado) y está, mediante una ceremonia especial llamada publicatio las destina al uso público.
- Comunes: se les denomina “res comunes omnium”, son aquellas cosas ofrecidas por la naturaleza para el disfrute de todos y, por lo mismo, sustraídas de todo trafico patrimonial o uso exclusivo. Nadie puede ejercer un dominio particular sobre estas.
Razones divinas por las cuales las cosas pueden ser Extra Commercium
- Sagradas o Sacrae: Consagradas a los dioses superiores.
- Santas o Santae: Aquellas protegidas por los dioses que existen con el fin de proteger a la ciudad.
- Religiosas: Terrenos con uno o más sepulcros.
¿Qué son las cosas Mancipi y Nec-mancipi?
Cosas In commercium, las mancipi son aquellas que tienen particular importancia en la antigua economía rural romana (actividades agrícolas y ganaderas). Son adquiribles por Mancipatio o In Iure cessio. Las cosas mancipi por excelencia son: 1. Predios o fundos, 2. Esclavos de privados, 3. Animales de tiro y carga, 4. Servidumbres prediales.
Nec-mancipi: Todo el resto de las cosas