IT (T. 4) Flashcards
CC: Base reguladora, porcentajes según días
0-3 días 0%
4-20 días 60%
21-…. días 75%
CC: Responsables del pago
0-3 días: nadie (salvo mejora voluntaria)
4-15 días: empresa
16-…: pago delegado o EG
CP: Base reguladora, porcentajes según días
Como en CC + HHEE
Día 0 (día del accidente) 100%
Días 1-… 75%
CP: responsables del pago
Día 0 (día del accidente) Empresa
Días 1-… Pago delegado o EG
Quién emite los partes médicos en las CP y en las CC
CP: el médico del INSS o la mutua hasta el día 365 (según con quién se haya concertado)
CC: el INSS (la mutua sólo puede hacer propuesta de alta)
El parte médico de baja y de confirmación en las CP
Parte de baja: pueden emitirlo los médicos de la MATEP; se expide el 7º día.
Parte de confirmación: hay que acompañarlo mensualmente de informes médicos complementarios, y trimestralmente de informes de control de la incapacidad.
Los partes médicos en las CC
Partes de baja y de confirmación: presentarlos a los tres días en la empresa
Parte de alta: presentarlo en las 24 horas
Quién determina el tipo de contingencia
El INSS (art. 66.1.a TRLGSS)
Supuestos de hecho protegidos por la IT
1) Alteración de la salud que precisa asistencia sanitaria e impide la prestación del trabajo.
2) Periodo de observación por EP que requiere que el trabajador esté de baja (duración máxima: 6 meses + 6 meses)
Requisitos de la prestación de IT
1) Estar de alta o en situación asimilada al alta
2) Si EC, haber cotizado 180 días en 5 años anteriores (no es necesario para EP ni para accidentes)
Nacimiento del derecho de la prestación: dies a quo y situación
Día siguiente a emitir el parte médico de baja, una vez presentadas el parte de baja y el de confirmación (no es necesaria previa solicitud del beneficiario)
Causas de extinción de la IT
Art. 174 TRLGSS (siete):
1- Transcurso de 545 días desde la baja
2- Alta médica que permita trabajo habitual
3- Alta del trabajador, con/sin declaración de IP
4- Reconocimiento de la pensión de jubilación
5- Incomparecencia justificada a convocatorias para exámenes o reconocimientos
6- Fallecimiento
7- Alta médica con propuesta de IP
Alta médica con propuesta de IP
Si se inicia expediente:
a) antes de 365 días de IT: se extingue la situación de IT;
b) tras 365 días de IT:
i) si no acordó prórroga, fin el día 365º
ii) si acordó prórroga, fin el día de la resolución que indique inicio del expediente
Recaída
Requisitos: no medie separación mayor a 180 días entre alta y baja (1), y que se trate de la misma o similar patología (2).
¿Computa la recaída para el plazo de 545 días de IT?
Sí