Integración de Hispania en el Mundo Romano Flashcards
Bajo Augusto, cuáles son los agentes de Administración en Roma?
Prefectos
Curadores: viarum, aedium, aquarum
Prefecto de pretorio: cargo principal, competencia militar y judicial
Cancillería imperial: escribanía para canalizar su correspondencia
Consilium Principis: pasaban las propuestas de ley antes de pasar al Senado
Tres niveles de Administración del imperio romano
Administración Central: imperio
Administración Territorial: provincia
Administración local: ciudades
Administración central en bajo imperio
Con Constantino surgió el concepto de Officium
- Sacrum Consistorium: sustituye consejo del príncipe (Diocleciano)
- Agentes in rebus: escuela encargada de supervisar la administración y espionaje político
- Quaestor sacri palatii: un jurista, da la ley en su forma
- Cancillería imperial. El magister officiuorum sustituye al prefecto de pretorio. Memoria, ab epistulis y a libellis
- Domus Sacra
- Comitiva imperial
División provincial
Hispania Citerior y Ulterior
Augusto: Tarraconense, Bética, Lusitania
Caracalla una nueva provincia: Hispania nova Citerior antoniniana
Diocleciano: Galicia, tarraconense, Cartaginense, Lusitania, Bética y Mauritania-Tingitana
Teodosio: Baleárica. Totalmente siete
Quien tiene la autoridad máxima en la provincia
Gobernador provincial
Después también hubo asamblea provincia
Diferencia entre provincias senatoriales y imperiales
Introducido por Augusto
Senatorial más pacífica, imperial con fuerza
Con Diocleciano se desaparecen
Quienes crearon diócesis y prefecturas?
Diocleciano creó las diócesis: más grande, varias provincias, vicario
Constantino creó prefecturas: superior a diócesis
Constantino tubo cinco prefecturas, dos orientales (Galia e Italia) y tres occidentales, cuatro cuando murió
Prefectura de Galia incluye diócesis de la Galia, Vienense, Britania e Hispania
Foedus y deditio
Foedus: la forma de incorporación pacífica al mundo romano. Foedus aequum y foedus iniquum
Deditio: con resistencia armada
Tres clases de ciudades indígenas
Ciudades estipendiarías (deditio) Ciudades libres (iniquum, habitantes peregrinos) Ciudades federadas (aequum, habitantes latinos)
Organización ciudadana
Magistrados: elegidos por asamblea general Dos Dunviros (judicial), dos ediles, dos cuestores(tareas financieras) Senado: cien miembros
Régimen ciudadano
Dentro de la ciudad, hay tres niveles
Coloni, incolae, hospites
El Derecho de los propios ciudadanos
- Inmediatamente después de la conquista obtienen peregrinos
- 73-74 d. C. Vespasiano concedió latinidad a españoles. (Latii minus por cargo, latíi maius por 5 años cien familias)
- 212 d. C. Constitución antoniniana da ciudadanía a todos.
Fuentes de Derecho
Leyes provinciales: no tenemos información
Leyes para ciudades: leges datae por un magistrado
Leyes de colonias: ley de Urso
Leyes de municipios:
Conservamos tres: Salpensa, Malaca, Irni.
Irni más importante: elección de Dunviros, nombramiento de tutores, sanciones
Leyes de distritos mineros: lex metalis dicta
Normas singulares
Constituciones imperiales
Senadoconsultos
Edictos de magistrados