Fuentes del contrato de trabajo Flashcards

1
Q

Clasificación de las fuentes del derecho de trabajo

A

las fuentes del contrato de trabajo se clasifican en:
1. Fuentes de origen estatal
2. Fuentes profesionales

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Q

Cuales son las fuentes de origen estatal del derecho del trabajo

A

Las fuentes de origen estatal son:
1. Legislativa: corresponde a las normas del Código Penal y del Código del Trabajo.

  1. Jurisprudencial: fuente importante del derecho del trabajo porque marca una linea asentada, ese criterio suele repetirse.
    Dentro de la fuente jurisprudencial está:
    - Jurisprudencial Administrativa: correspondiente a los dictámenes de órganos públicos como la Dirección del trabajo que interpreta la normativa a través de dictámenes.
    • Jurisprudencial Judicial: es decir las resoluciones o sentencias de los jueces en tribunales laborales.
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3
Q

cuales son las fuentes de origen profesional del derecho del trabajo

A

las fuentes de origen profesional son:
1. El reglamento interno: de las empresas, tiene un contenido mínimo establecido en el art 153 CT. dentro de este contenido mínimo lo mas importante son aquellas materias relacionadas con la salud y seguridad laboral. Están:
a) Medidas de control: por ejemplo, si van a haber cámaras de seguridad en la empresa, esto debe estar reglamentado. control debe ser hecho a todos los trabajadores. estas medidas de control tienen como limite el respeto a los DDFF
b)Medidas disciplinarias: el reglamento interno debe contenerlas, ejemplo: amonestación verbal o escrita, multa que puede ser hasta el 20% de la remuneración.
c)empleador tambien debe regular los procedimientos de investigación del acoso sexual y laboral
d) empelador debe tener registro de cargs y funciones.

  1. Instrumentos colectivos:
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4
Q

Señale las vías en las que s epuede hacer una modificación en el contrato de trabajo

A

el empleador cuando quiere hacer una modificación al contrato de trabajo lo puede hacer por 2 vías:

  1. Mutuo acuerdo: regla general.
  2. Modificación unilateral: las hace el empleador sin el acuerdo del trabajador.
    Ius variandi: el art 12 le da un margen al empelador para ahcer estas modificaciones unilaterales. Corresponde a las funciones del trabajador. el empelador puede modificar sus funciones unilateralmente pero en la medida que sean similares y que no genere caos.
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