EL PROCESO JUDICIAL Flashcards
Explique la etapa de verificación o probatoria
La etapa de verificación o probatoria es aquella donde se realiza la contestación de los hechos y se practican pruebas.
Un ejemplo de esta etapa es cuando se escucha el testimonio en una audiencia, o se presenta un interrogatorio de parte en donde se interrogan a las partes.
¿De qué depende el trámite de los procedimientos?
El trámite de los procedimientos depende de cada situación problemática. Estos trámites se encuentran en el código general del proceso o en algunas leyes. Aquel trámite que no este señalado tiene que ser realizado por el esquema general del procedimiento declarativo.
Explique el esquema de un proceso ejecutivo
El esquema del proceso ejecutivo se compone de 3 etapas, las cuales son:
- Etapa introductoria: los sujetos presentan sus hipótesis y sus pretensiones o excepciones.
- Fase de verificación: esta se divide en dos secciones. Primera sección es donde la hipótesis del deudor es verdadera, aquí la decisión irá en contra del acreedor. La segunda sección es cuando la hipótesis del deudor resulta ser falsa.
- Fase ejecutiva: se aprehende los bienes con la finalidad de que se venda el bien y se cumpla con la obligación. Si el deudor no contesta la demanda y guarda silencio se omite la fase de verificación y se va directamente a la fase ejecutiva.
¿Cuál es el esquema del proceso declarativo?
El esquema del proceso declarativo se compone de 3 etapas:
1. La etapa introductoria.
2. La etapa de verificación o probatoria.
3. La etapa conclusiva.
Este esquema es de primera instancia o de única instancia.
¿En qué consiste la etapa conclusiva?
La etapa conclusiva consiste en la valoración de todo el material obtenido en las etapas anteriores del proceso y como resultado de ello, se dará la provisión de la solución correspondiente, la consecuencias jurídica que será aplicada se determina a través del análisis de las pretensiones.
¿Qué es la etapa introductoria?
La etapa introductoria es cuando los sujetos presentan sus hipótesis y sus pretensiones o excepciones. Los sujetos deben solicitar o aportar las pruebas necesarias para poder tener conocimiento sobre que versa la discusión.
¿Cuál es la estructura del proceso?
La estructura del proceso esta compuesta por 3 etapas, las cuales son:
- La etapa introductoria.
- La etapa de verificación o probatoria.
- La etapa conclusiva.
¿De qué se compone el proceso?
El proceso se compone de actos y de una secuencia.
¿Qué son los procesos declarativos?
Los procesos declarativos son aquellos que incumplen las cláusulas de un contrato.
¿Qué es un litigio?
Un litigio se refiere a situaciones problemáticas entre un conflicto de intereses.
¿Cuáles son las características del proceso?
Las características del proceso son:
- El proceso tiene una relación jurídico-procesal entre las partes. Es una especie de relación jurídica entre el juez y las partes.
- El proceso judicial en abstracto es el ejercicio de la función jurisdiccional.
- El proceso se regula a través de los procedimientos que establece cada ordenamiento.
- El proceso es la forma con miras jurisdiccionales para solucionar un litigio.
¿Qué no se permite en un proceso judicial?
En un proceso judicial no se permiten las pruebas ilícitas porque perturban el debido proceso.
¿Qué es el proceso judicial?
El proceso judicial es claramente la manifestación del principio de legalidad, se busca que todas las actuaciones del Estado democrático de derecho estén expresadas en las leyes, este principio tiene como fin evitar la arbitrariedad. A través del proceso judicial se busca regular la función jurisdiccional, el derecho de acción y de contradicción.
¿Qué es el principio de legalidad?
El principio de legalidad se traduce en una serie de garantías que el que comete un acto debe estar regulado en las leyes preexistentes.
¿Qué son las normas procesales?
Las normas procesales son aquellas que le dicen cómo el juez debe resolver. Las normas procesales buscan evitar la arbitrariedad, que el juez tome la decisión a su parecer. Ninguna autoridad de un estado social democrático de derecho no puede actuar a su propio capricho, debe tener unos límites. Esto lo regula el artículo 6° de la Constitución Política Colombiana.