DRET TEMA 4 y 5 Flashcards
Requisitos Prestación (conducta de vida del Deudor):
- posible- lícita- determinada- dinero
Obligaciones del deudor, trata con bienes del presente y _____ ?
del futuro
Problemas de las Obligaciones Pecuniarias? Soluções ?
Prob: Defración de la moneda.
Solución:
- Intereses
- Ajuste a índices (?)
Las fuentes de las obligaciones: (no es una enumeración cerrada)
- Ley2. Contractos (acuerdo de voluntades entre 2 sujetos)3. Actos ilicitos (culpa/negligencia o daño)Otros ejemplos de fuente de obligación:voluntad unilateral (recompensa por reloj perdido)
3 tipos de Obligaciones:
- Dar ($ ou coisa distinta del $: específica ou genérica)- Hacer (actividad/resultado e personalísimas/fungibles)- No Hacer (Mancomunadas/Solidarias)
Obligaciones de Dar son de $ o cosa distinta del $. Finalidades de cada una (3 de cada):
Dar cosa distinta del $ - Finalidades:Transmición de una propriedad: ej - contracto de compraventaTransmición de la poseción: ej - contratcto alquiler pisoRestituición/Devolución: ej - devolver objeto prestado
Dar $ - Finalidades:
Contraprestación: ej (?)
Devolucion: ej - préstamo o hipoteca (problema com banco)
Indenizatorias: ej - indenizar daño causado
Obligación DAR Distinta $ : Específicas o Genéricas. Cual es la diferencia?
Específica: determinada. ej: aquele quadroGenérica: determinada por Gênero (características comunes y homogeneas)
Cuando Especifiación (oblig. pasó de genérica a específica), nasce una:
Obligación Acesoria! ex: custódia (conservar el quadro durante el tiempo de la especificación del cuadro) hasta el momento del cumplimento/entrega (oblig. principal).
Jerarquia para la Especificación de una Obligación (dar cosa distinta del $):
1o: Pacto deudor y acredor2o: Deudor3o: Un tercero (antes pactado)
Especificación ocurre cuando (en que momento) ?
En el momento del cumplimento!*Pero si acredor/deudor pactan espec. antes del cumplimento, la persona que tuvo esta facultad de realizar la especificacion (recordar orden: pacto deudor/acredor, deudor, 3o antes pactado) tiene que comunicar otra persona.
Imposibilidad sobrevenida sobre el deudor ?
No culpa del deudor. NO tiene mas la obligacion.ej: cuadro destruye sin que hubiera culpa o negligencia de deudorej2: se lo robaron (sin culpa del deudor)Resultado: deudor NO tiene más la obligación*ojo que esto solo ocurre en caso de que TODOS os quadros foram quemados o robados
Oblig. HACER (actividad/resultado e personalísima/fungibles)
Actividad: abogado se compromete apenas en defender el cliente. No se compromete a ganar la sesión.Resultado: escritor se compromet a escrever y ADEMÁS a entregar el libro a la editora.Personalísima: ej - escritor determinado (y nadie más) puede realizar la conducta de vida (del deudor=prestación). No pasa a los herderos y en caso de desistencia del escritor y ejecución forzosa, el deudor (escritor) solo responde con el valor pecuniario establecido anteriormente.*curiosidad: el ej del escritor y editora hay una obligacion principal (entregar el libro) y acesoria (escrever el libro).Fungible: cualquiera puede realizar conducta del deudor. ej - instalación eletrica. Aqui la ejecucion forzosa si se puede produzir a cargo del patrimonio del deudor.
Concepto de Macomunidad/Solidariedad (estan dentro de las Oblig. de NO hacer):
MANCOMUNIDAD:Activa/crédito mancomunado: las obligaciones se dividen en cuanto acredores distintos hayanPasiva/deuda mancomunada: la deuda se divide entre deudas distintas entre cuantos deudores hayanConsecuencias Mancomunidad Activa y Pasiva:Activa: Acredores pueden exigir del deudor solamente la parte que le corresponda. (si reclamaren más, el deudor puede negarse a cumplir este más).Pasiva: Deudores solo está obligado pagar la parte que le corresponda. La insolvencia de uno de los deudores no afecta a los demás. Son obligaciones distintas.SOLIDARIEDAD (se ha de establecer previamente, si no se eetablece nada es Mancomunidad).activa: concurren acredorespasiva: concurren deudoresactiva y pasiva: Consecuencias Solidarierad:Activa: Acredores tiene el derecho reclamar la deuda integral. Y si el deudor le paga, la prestación del deudor si estingue! Luego, nasce una nueva obligación interna entre los acredores que pueden reclamar su parte al acredor que recibió la parte integral.Passiva: El deudor que pagó puede reclamar a los otros deudores su parte correspondiente.
Relación que nasce en la Solidariedad (tanto cuando haya pluralidad de acredores cuanto cuando haya pluralidad de deudores) ?
Nascen las Relaciones Internas! Since in Solidariedad las obligaciones son inseparables (NO se dividen).*La solidariedad ha de ser pactada anteriormente. Si no se pacta es Mancomunidad.
Obligaciones Recíprocas. Definição com gatilho (# da compensación 6b) y con ej. típico:
Oblig. distintas, contrapuestas y que DEPENDEN una de la otra.ej típico: contracto compraventa*En la compensacióna las obligaciones son independentes…nao é como na compra venta que una depende de la otra… compensacao é em dinheiro, 2 pessoas, 2 oblig. contrapuestas y se resuelve: 1. extincion de las 2 si son de la misma cuantia, extincion de la menor cuantia cuando estas son diferentes
Compensación (extinción de las oblig. por causas distinta del cumplimento). Definición, requisitos y gatilho:
Normalmente se trata de obligaciones dinerarias. Obligaciones distintas en que acredor y deudor ocupen posiciones distintas, contrapuestas pero INDEPENDENTES (para que ocurra una o otra) —> esta es la diferencia de las obligaciones reciprocas (que se dan en contractos de c/v por ej. tipico).REQUISITOS:- caracter principal de los sujetos (fiador no es principal, es subsidiario)- que se trate de oblig. dineraria- cuantia determinada (oblig. liquida)- vencidas y exigibles (que haya pasado el momento del cumplimento) —> Y aqui hay otra diferencia entre las oblig reciprocaa y la Compensacion (causa de extincion de las obligaciones por causa distinta del cumplimiento).
3 diferencias entre oblig. reciprocas y compensación (extincion de oblig. por causa distinta del cumplimiento)
En los 2 casos las obligaciones existentes son Distintas, Contrapuestas pero en las:.- oblig. reciprocas: DEPENDENTES- compensación: INDEPENDENTES y con oblig. VENCIDAS (y exigibles).- compensación: dinerarias
Obligaciones Acesorias. Definicion y Ejemplo:
Dependen de la oblig. a la cual complementan (Obligacion Principal).ej. custódia do quadro.Obilg. acesoria: conservarOblig. principal: entregaej2. fiador de un deudoroblig principal: del deudoroblig acesoria: del fiador (subsidiaria)ej3. obra. plazo 31/12 + 1000euros por dia atrasooblig principal: terminar no prazooblig. acesoria: pagar 1000 euros por dia de atrasoSi la acesoria se extingue no quiere decir que la principal se extingue. al revés si…
Cuando un 3o NO puede ser sujeto activo del pago?
En las Obligaciones Personalisimas (deudor ha de ser el proprio el que realiza la conducta de vida).
Sujeto activo del pago?
Deudor o un 3o (no puede en oblig. personalisimas)
Sujeto Activo del Pago (deudor o 3o). Pago válido = consecuencia extintivas. Que pasa cuando 3o paga en los casos en que:- deudor ignora- deudor se opone- deudor aproba pago
- deudor ignora: el 3o puede reclamar totalidad (salvou ben salvado o cara que simplismente tinha dado a mínima/–> 3o ganha direito da totalidad. Se tivesse oblig. acesorias -> se extinguiriam- deudor se opone: 3o paga mismo así y salva o casa de piores consecuencias. 3o ganha o direito de reclamar aquilo que resultou ser beneficioso para o deudor. Se tivesse oblig. acesorias -> se extinguiriam- deudor aprueba pago por el 3o: subrogación (sustituición) de deudor por el 3o. Si hubiera obligaciones acesorias -> se mantienen.
Requisitos para que el pago se considere válido (Indentidad, indivisibilidad/integridad, lugar de cumplimiento, momento del pago).
Identidad: la conducta debe ser igual a la que se pactóIndivisibilidad: no se admite pagamento parcial (aunque se pueda establecer)Integridad: para que la obligacion se entienda cumplida, debe ser realizada por enterolugar de cumplimento: si no se pacta y es es una obligacion de dar, donde se encontraba la cosa o sino en el domicilio del deudor.momento del pago: en caso de que no se haya pactado, al llegar el vencimento de la obligación el pago debe ser inmediato (excepcion: cumplimento simultaneo: obligaciones reciprocas)
Al llegar el momento del cumplimento y deudor no cumpre con su conducta de vida ocurre el?
Vencimiento de la obligacion. Que determina la EXIGIBILIDAD, es decir, acredor reclama al deudor la conducta debida y si este no cumple pasa a actuar en MORA (deuror moroso) y nace una nueva oblig. en favor del acredor en función de los prejuicios que este retraso pueda ocasionar.
Imputación de pago. Hay AByC (todas obligaciones dinerarias entre los mismos sujetos). Criterios de imputacion?
Voluntad del deudor en decidir en que oblig. ABoC el quiere que se aplique/se impute (pero ojo! Acredor ha de estar de acuerdo!).Si no se pacta: Criterio Legal! Se aplica a la deuda más prejudicial (soberosa) al deudor. Si todas son iguales de prejudicial: se aplica a todas ellas PRORRATA (prolongación).. El criterio para decidir cual deuda es la mas prejudicial (honerosidad de la deuda) no es decidida por la cuantia ya que puede haver casos que haya intereses en juego y etc.