Dogmatica penal/estructura/causalidad Flashcards
Comportamiento voluntario:
Acción y omisión = comportamiento voluntario hay una significación social de valores y bienes tutelados
- El pensamiento NO delinque, necesitamos un COMPORTAMIENTO con trascendencia social.
ACCIÓN FINAL:
Todo comportamiento es un fin, el cual sí es relevante será de un tipo penal que deberá acudir al dolo o a lo que diga el juez
ANTIJURIDICIDAD
transgresión del ordenamiento por parte de comportamiento típico
CAUSALIDAD
Es el juicio de reproche que se hace al autor por no haber actuado conforme a derecho
La causalidad es el nexo entre el hecho y daño o razón de una situación.
- Puede ser exterior o aportada por el ser humano (Creada)
- En los delitos de resultado hay que constatar la causalidad si o si.
TIPICIDAD:
Es un comportamiento en concreto en un tipo penal. Juicio de adecuación
-sujeto activo
-sujeto pasivo
-verbo rector
-circunstancias de modo, tiempo y lugar
-objeto material: es el bien jurídico que se quiere proteger
Acción/omisión→ función negativa de la acción
- Fuerza absoluta: acto controlable por la voluntad. si no se desprende de ahí no hay acción
- movimientos reflejos: estímulos exteriores que generan una reacción automática pero no hay conciencia ni voluntad
3.inconsciente: no hay movimiento controlado por la voluntad
CLASES DE TIPO PENAL
- COMUNES: Puede realizarlos cualquier persona
- ESPECIALES: Si el sujeto cumple con cierta conducta, cometerá el tipo
- DELITOS DE RESULTADO: Acción + resultado = homicidio
- DE MERA CONDUCTA: Realización de la acción sin esperar un resultado EJ: porte ilegal de armas
- EJECUCIÓN PERMANENTE: Aquellos cuya ejecución dura un determinado tiempo
- DE LESIÓN: Aquellos que atentan contra el bien jurídico = homicidio
- DE PELIGRO: Pueden ser abstractos o concreto
- ABSTRACTO: Se pone en peligro el interés jurídico
- CONCRETO: se acerca a la destrucción del interés jurídico EJ: contaminación - EN BLANCO: Remiten a otras normas
- DE PROPIA MANO: Las ejecuta personal e individualmente el sujeto activo
- ABIERTOS: El legislador describe las maneras del comportamiento → Homicidio
- CERRADOS: Redacción más detallada del tipo; tiempo, modo, lugar etc..
- COMPUESTOS: Se componen de varios verbos rectores → lavado de activos
- SIMPLES: un solo verbo rector
ELEMENTOS DEL TIPO PENAL
→ Sujeto activo y pasivo
→ Verbo rector del tipo
→ Objeto material
→ Circunstancias modales
→ Elementos descriptivos y normativos
→ Causalidad en los delitos del resultado
→ Nexo causalidad entre acción y resultado
→ Resultado material normativo infracción de la norma
→ Ingredientes subjetivos
→ Sujeto activo y pasivo
Activo: el que realiza el acto
cualificado: condición especial necesaria para que la conducta sea típica
Ej Peculado por apropiación- Sólo puede hacerlo el servidor público
- Indeterminado: no se determinan cualidades o condiciones específicas
Pasivo: el titular del bien jurídico tutelado
→ Verbo rector del tipo
Acción típica puede tener varios verbos rectores o tipos penales de conductas alternativas / Describe la acción. Puede haber varios verbos rectores, y si ocurre uno se configura la conducta.
→ Objeto material:
es el bien jurídico que protege el tipo penal / Sobre lo que recae la acción.
→ Circunstancias modales
especificar circunstancias de modo tiempo y lugar en las que se deben realizar el comportamiento.
→ Elementos descriptivos y normativos
- descriptivos→ describen situaciones que se pueden percibir por los sentidos
- normativos→ cuya interpretación requiere una valoración jurídica moral cultural
se percibe por los sentidos y el normativo es que todos los elementos de los tipos son normativos al estar en una norma
→ Causalidad en los delitos del resultado
verificar o confirmar que el resultado fue hecho por una acción
→ Nexo causalidad entre acción y resultado
contraposición→ delitos de mera conducta se tipifican según el resultado que den