Derechos Humanos y Salud - Módulo 1 Flashcards
Concepto, fundamentación y reforma constitucional en materia de Derechos Humanos. Objetivo: Distinguir a los derechos humanos de otro tipo de derechos y comprender su desarrollo conceptual a través de distintos enfoques teóricos.
¿Cuál es la finalidad de los derechos humanos?
Evitar el abuso de poder por parte de las autoridades en contra de los gobernados.
¿Cómo se definen los derechos humanos según Antonio E. Pérez Luño?
Un conjunto de facultades e instituciones que concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, las cuáles deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional.
¿Qué son los derechos subjetivos?
Facultades que tienen los individuos para ejercer ciertas prerrogativas otorgadas por el poder público.
¿Cuál es la diferencia principal entre derechos humanos y derechos fundamentales?
No todos los derechos humanos han sido reconocidos como derechos fundamentales.
¿Qué son las garantías individuales?
Son los medios que tiene el individuo para hacer valer sus derechos.
El capítulo I del título primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos llevaba la denominación “De las garantías individuales” y fue modificado el 10 de junio del 2011 a “Derechos Humanos y sus garantías”. Los 29 artículos a los que hace referencia este capítulo constitucional plasman diversos derechos. Sin embargo, dichos derechos no son garantías; sino derechos fundamentales.
¿Cómo se define una garantía según Luigi Ferrajoli?
Cualquier técnica normativa de tutela de un derecho subjetivo.
¿Qué derechos sociales fueron reconocidos por primera vez en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917?
Derechos sociales como el derecho a la educación, derechos agrarios, derechos laborales, entre otros.
¿Qué establece el Artículo 1° de la Constitución después de la Reforma en materia de Derechos Humanos de 2011?
Que el Estado tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
¿Qué implica la obligación de respetar en el contexto de los derechos humanos?
Limitar el ejercicio del poder estatal para evitar actos que vulneren la dignidad humana.
¿Qué significa la Obligación de Garantizar en relación con los derechos humanos?
El deber de los Estados de tomar medidas necesarias para el goce pleno y efectivo de los derechos humanos.
¿Qué papel juega el Estado en la protección de los derechos humanos según la Corte Interamericana de Derechos Humanos?
El Estado debe asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos.
¿Qué son los derechos humanos de segunda generación?
Derechos sociales (políticos y civiles).
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 fue la primera en reconocer los derechos sociales en su texto, por lo que a nuestro país se le considera vanguardista de los derechos humanos de segunda generación.
Complete: La expresión ‘derechos humanos’ tiene un contenido más _______ que el de derechos fundamentales.
Amplio
La diferencia entre derechos humanos y derechos fundamentales resulta importante, ya que no todos los derechos humanos han sido reconocidos como derechos fundamentales. De ahí que podemos afirmar que no todos los derechos humanos son derechos fundamentales.
¿Qué son las garantías sociales?
Disposiciones que protegen al hombre como integrante de un grupo social.
¿Qué significa que un derecho subjetivo dependa del derecho positivo?
Que su existencia está vinculada a la vigencia de normas creadas formalmente por el Estado.
¿Quiénes fueron algunos de los autores que definieron los derechos humanos en el texto?
- Antonio E. Pérez Luño
- J. Jesús Orozco Henríquez
- Juan Carlos Silva Adaya
- Mario I. Álvarez Ledesma
- José Castán Tobeñas
¿Qué se necesita para que un derecho humano sea considerado fundamental?
Que esté plasmado en la Constitución o en tratados internacionales.
Generalmente los derechos fundamentales son derechos humanos reconocidos por el Estado o los Estados en cuestión, es decir, son derechos humanos positivados.
¿Qué implicaciones tiene el solo hecho de reconocer en un ordenamiento jurídico los derechos individuales y/o sociales?
Que el reconocimiento de los derechos no garantiza su efectividad o defensa en caso de ser violentados.
¿Qué es el Estado en relación con los derechos humanos?
El Estado es el garante de los derechos humanos internacionalmente reconocidos y está obligado a satisfacer y asegurar el goce real de los derechos humanos.
De acuerdo a la obligación de garantía ¿Cuáles son las obligaciones del Estado estipuladas según la reforma constitucional al Artículo 1°?
- La obligación de prevenir
- La obligación de investigar
- La obligación de sancionar
- La obligación de reparar los daños producidos en perjuicio de las personas.
¿Qué implica la obligación de protección del Estado de los derechos humanos?
Implica que todos los seres humanos tienen derechos frente al Estado, lo que conlleva deberes para garantizar acceso efectivo a órganos estatales competentes para resolver reclamaciones y litigios relacionados a sus derechos humanos.
¿Qué tipos de órganos deben acatar los pronunciamientos relacionados con derechos humanos?
- Órganos de supervisión convencionales
- Órganos de supervisión extra-convencionales
- Órganos jurídico-políticos (como comités de la ONU)
- Órganos judiciales (como la Corte Interamericana de Derechos Humanos).
¿Qué se ha adoptado en mayor número gracias al Derecho internacional en relación con los derechos humanos en las últimas décadas?
La adopción de tratados y declaraciones internacionales.
¿Qué tipos de personas están protegidas por mecanismos específicos en derechos humanos?
- Mujeres
- Niños
- Trabajadores
- Refugiados
- Personas con discapacidad.