DERECHO DE LAS OBLIGACIONES Flashcards
EXÁMEN INTER
¿QUÉ SON LAS PERSONAS FÍSICAS?
Es el individuo
¿CUÁL ES LA CAPACIDAD DE LAS PERSONAS FÍSICAS?
De goce y de ejercicio
¿QUÉ ES LA CAPACIDAD DE GOCE?
La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte, pero desde el momento que un individuo es concebido, de manera natural o por medio de las técnicas de reproducción asistida, queda bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.
¿QUÉ ES LA CAPACIDAD DE EJERCICIO?
Es la que se adquiere en la mayoría de edad (en plenitud de facultades físicas y mentales) para hacer valer los derechos y estar en posibilidades de obligarse por sí mismo.
¿QUÉ SON LAS PERSONAS MORALES?
Articulo 25. Son personas morales:
I. La nación, los estados y los municipios;
II.Las demás entendidas de carácter público reconocidas por la ley;
III.Las sociedades civiles t mercantiles;
IV.Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refieren el Apartado A de la fracción XVI del art 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
V.Las sociedad cooperativas y mutualistas;
VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas, que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro fin ilícito, siempre que no fueran desconocidas por la ley;
VII.Las personas morales extranjeras de naturaleza privada;
VIII. Los condominios, en términos del Código Urbano del Estado de Querétaro; y
IX.Todas las demás a las que las leyes les conceda tal carácter
¿CUÁL ES LA CAPACIDAD DE LAS PERSONAS MORALES?
Ninguna, solo tenemos PERSONALIDAD
¿QUÉ ES PERSONALIDAD?
El carácter con el cual se ostentan o comparecen para ejercer ese derecho
ejemplo:representante, asesor
¿QUÉ ES EL DERECHO SUBJETIVO?
Es la facultad de obtener algo (derecho a…) es la facultad o el poder de ejercer u obrar para obtener el resultado.
Por ejemplo : casarse, concubinato, juntarse con alguien.
¿QUÉ ES EL DERECHO OBJETIVO?
Hace referencia a las normas jurídicas, las cuales regulan la cuales regulan la convivencia en sociedad.
- Estos derechos se objetivizan en las NORMAS JURÍDICAS, las cuales tienen que estar plasmadas dentro de la ley, sin embargo hay unas normas que no estan POSITIVIZADAS como lo es el DERECHO A LA VIDA.
¿CUÁL ES LA RELACIÓN ENTRE DERECHO SUBJETIVO Y DERECHO OBJETIVO?
Los derechos subjetivos tienen por causa el derecho objetivo
- Si tu toemes el derecho de poseer un bien (derecho subjetivo) es porque la ley te faculta y garantiza ese derecho (derecho objetivo).
Por tanto la relación entre ambos es indispensable, íntima, necesaria.
EL DERECHO OBJETIVO ES ATERRIZAR TAL CUAL LA NORMA COMO ESTA LA LEY O NORMA
SI podemos tener objetivo sin derecho subjetivo.
SUBJETIVO: DEL SUJETO
OBJETIVO: DE LA NORMA
¿QUÉ ES OBLIGACIÓN?
ES LA RELACIÓN JURÍDICA entre dos personas, en virtud de la cual una de ellas, llamada DEUDOR ,queda sujeta a otra llamada ACREEDOR, a una prestación o una abstención de carácter patrimonial, que el acreedor puede exigir del deudor
¿QUÉ ES DERECHOS REALES (RES-COSA?
Facultad de aprovechar una cosa.
¿QUÉ ES DERECHOS PERSONALES?
Es la facultad de obtener de otra persona una determinada conducta que puede ser de una cosa, de hacer algo o de no hacerlo.
-Hay más derechos personales que reales.
¿QUÉ ES DERECHO PERSONAL O DE CRÉDITO?
- Con independencia de si el “acreedor” tiene el derecho de exigir al “deudor” el cumplimiento de una prestación.
- O bien el “deudor tiene la necesidad (obligación) de cumplir con el acreedor su prestación
En ambos casos hablamos de una forma pasiva de cumplir con esa “obligación” por parte del “deudor”.
¿QUÉ ES COMODATO?
Tiene que ver con bienes inmuebles y Derechos Reales
¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES?
- Sujeto
- Objeto
- Relación jurídica
¿QUÉ ES “SUJETO”?
Las personas que intervienen en la conformación de derechos y obligaciones, sin importar que sean personas físicas o morales.
Sujeto Pasivo:
Es el “deudor” la persona que tiene la deuda “Obligación”.
Sujeto Activo:
Es el que tiene la facultad de exigir la deuda “obligación”.
Sujeto Indeterminado:
En ambos casos de “acreedor” y “deudor” pueden ser indeterminados o inciertos hasta que el acontecimiento se realice.
Ejemplo: en rifas o sorteos no se sabe quien es el acreedor,
¿QUÉ ES EL “OBJETO”?
Es el contenido de la conducta del “deudor” lo que debe “dar” “hacer” o “no hacer”
Ahora bien es pertinente establecer que el objeto como elemento de la obligación debe ser “ilícito” y “posible”.
¿QUÉ ES “LICITO”?
El objeto de la obligación debe estar en el marco de las leyes, es decir, el comportamiento del deudor para el cumplimiento de su obligación NO DEBE SER CONTRARIA A LA LEY.
ejemplo:
- Hacer una construcción en lugar aejno, dar un animal protegido por peligro de extinción,etc)
¿QUÉ ES “SER POSIBLE”?
El objeto de la obligación debe ser posible,
ejemplo:
- Entregar una cosa que no esté en el comercio o que por su naturaleza no sea cuntiflicable o identificable, te vendo la luna o la tierra de estrellas
¿QUÉ ES LA RELACIÓN JURIDICA?
Es el vínculo que existe entre los sujetos y el objeto de esa obligación,dicho vínculo (derecho subjetivo) está regulada por una norma (derecho objetivo) y desde luego tiene coerción para garantizar que se cumpla con la misma.
¿QUÉ ES CONVENIO?
Acuerdo de voluntades entre dos o más personas para CREAR,TRANSFERIR,MODIFICAR O EXTINGUIR derechos u obligaciones.
- El convenio puede extinguir o modificar un contrato.
¿QUÉ ES CONTRATO?
Acuerdo de voluntades entre dos o más personas para PRODUCIR O TRANSFERIR DERECHOS U OBLIGACIONES.
¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS DE LA EXISTENCIA DE UN CONTRATO?
- Consentimiento
- Objeto
- Solemnidad
¿QUÉ ES UN HECHO JURÍDICO?
Es aquel acontecimiento fuera de la naturaleza del ser humano que causa cualquier acto con consecuencia legal.
¿QUÉ ES UN ACTO JURÍDICO?
Es la manfiestación de la voluntad para CREAR, MODIFICAR, TRANSFERIR O EXTINGUIR un derecho.
¿QUÉ ES EL CONSENTIMIENTO? (ELEMENTO DE LA EXISTENCIA DE UN CONTRATO)
- Es la manifestación exterior de la voluntad, la cual puede ser expresa o tácita.
Expreso: cuando se manifesta verbalmente o por escrito o por signos inequívocos.
Tácito: es el resultado de hechos o actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo (excepto los que la ley requiera sean expresos).
¿QUÉ ES EXPRESO?
Cuando se manifesta verbalmente o por escrito o por signos inequívocos.
¿QUÉ ES TÁCITO?
Es el resultado de hechos o actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo (excepto los que la ley requiera sean expresos).
¿QUÉ ES EL OBJETO? (ELEMENTO DE LA EXISTENCIA DE UN CONTRATO?
El objeto puede ser divido de tres formas:
1. El objeto directo, que es el de crear o transferir derechos u obligaciones.
2. El objeto indirecto, el cual versa en las obligaciones plasmadas en el contrato ya sean de hacer o no hacer,
3. La cosa misma que se da en el propio contrato
¿QUE ES SOLEMNIDAD? (ELEMENTO DE LA EXISTENCIA DEL CONTRATO)
La solemnidad son los ritos de su realización
- Este requisito de existencia es contemplado de forma teórica,recuerda que el código civil solo establece los dos primeros elementos
-NOTA:
Distinguir que el ACTO SOLEMNE es distinto al ACTO FORMA ya que el PRIMERO SON LOS RITOS que completa al acto para su existencia y el SEGUNDO son la FORMA de probar que el acto sucedió (acta de matrimonio).
¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS DE LOS CONTRATOS REQUERIDOS PARA SU VÁLIDEZ?
El contrato puede ser invalido:
- Por INCAPACIDAD LEGAL de las partes o de una de ellas;
- Por VICIOS del consentimiento;
- Porque su objeto, o su motivo o fin SEA ILÍCITO;
- Porque el consentimiento NO SE HAYA MANIFESTADO EN LA FORMA que la ley establece.
¿QUÉ ES POR INCAPACIDAD LEGAL DE LAS PARTES O DE UNA DE ELLAS? (ELEMENTO DE VÁLIDEZ DE UN CONTRATO?
Es la ausencia de la capacidad en cuanto a la voluntad de determinada persona por ser menor,o no siéndolo que tenga períodos de lucidez o bien padezca alguna enfermedad mental que le impidan su libre voluntad y toma de decisiones.
¿QUÉ ES LA FALTA DE LEGIMITACIÓN?
Es la facultad de disponer de los derechos teniendo esa legitima posesión de los mismos.
¿QUÉ ES POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO? (ELEMENTO DE VÁLIDEZ DEL CONTRATO?
- Es decir por AUSENCIA DE VICIOS EN LA VOLUNTAD (ERROR,DOLO,VIOLENCIA,LESIÓN)
> Recordemos que la volutnad debe ser cierta y libre.
- Por tanto si la voluntad (decisión) de obligarse ha estado equivocada (error),influenciada (dolo),con intención de que siga en error (mala fe),desproporcional en cuanta a obligaciones (lesión) o bien realizada derivada de amenazas (violencia) entendemos que la voluntad esta viciada y por tanto debe declararse su nulidad.
¿QUÉ ES EL ERROR DE HECHO Y CUÁLES SON SUS CONSECUENCIAS? (POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO?
Son equivocaciones de circunstancias fácticas o bien de hecho (apreciaciones erróneas).
CONSECUENCIAS DEL ERROR ❌
El Código Civil establece que el consentimiento no es válido si ha sido dado por error,arrancando por violencia o sorprendido por dolo.
¿QUÉ ES EL ERROR DE DERECHOS? (POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO?
Invalida el contrato cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquiera de los que contratan, si en el acto de celebración se declara ese motivo o si se prueba por las circunstancias del mismo contrato que se celebró éste en el falso supuesto que lo motivó y no por otra causa.
¿QUÉ ES EL ERROR DE CÁLCULO? (POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO?
Sólo da lugar a que se rectifique
¿CUÁNTOS ERRORES EXISTEN Y CUÁLES SON?
Hay 3 errores basicamente:
-ERROR DE HECHO
-ERROR DE DERECHO
-ERROR DE CÁLCULO
¿QUÉ ES DOLO Y MALA FE Y CUÁLES SON SUS CONSECUENCIAS? (ELEMENTO DE VÁLIDEZ DE UN CONTRATO?
DOLO:
Se entiende por DOLO en los contratos, cualquiera sugestión o artificio que se emplee para inducir a error o mantener en él a alguno de los contratantes (acción activa).
Ejemplo: Engañar a alguien
MALA FE:
La disimulación del error de uno de los contratantes, una vez conocido (acción positiva).
Ejemplo: Alguien llega a quererte a comprar algo
- Es peor el dolo
❌DOLO Y MALA FE CONSECUENCIAS ❌
- El DOLO O MALA FE de una de las partes y el dolo que proviene de un tercero, sabiéndolo aquella anulan el contrato si ha sido la causa determinante de este acto jurídico.
Si ambas partes proceden con DOLO
, ninguna de ellas puede alegar la nulidad del acto o reclamarse indemnizaciones.
¿QUÉ ES VIOLENCIA O TEMOR?
Hay violencia cuando se emplea fuerza física o amenazas que importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud, o una parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge ,de sus ascendientes ,de sus descendientes o de sus parientes colaterales dentro de segundo grado.
¿QUÉ ES EL TEMOR REVERENCIAL? (POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO?
El temor reverencial ,esto es, el solo temor de desagradar a las personas a quienes se debe sumisión y respeto, no basta para viciar el consentimiento.